Mediante la Resolución de 22 de diciembre de 2022 se convocó el proceso selectivo extraordinario de estabilización derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en el grupo III de personal laboral de la Xunta de Galicia, operador/a de ordenador (personal Cixtec) (DOG número 245, de 27 de diciembre de 2022). Esta resolución fue modificada por la Resolución de 20 de enero de 2023 (DOG número 15, de 23 de enero) y por la Resolución de 6 de febrero de 2023 (DOG número 26, de 7 de febrero).
La base IV.3 de la Resolución de 22 de diciembre de 2022 dispone que los méritos enumerados en su base IV.1 y IV.2 deberán referirse a la fecha de publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia, que fue el 27 de diciembre de 2022. Estos méritos deberán acreditarse de conformidad con el procedimiento que se establezca mediante resolución de la persona titular de la consellería competente en materia de función pública, que será publicada en el DOG.
En el DOG número 57, de 20 de marzo de 2024, se publicó la Resolución de 13 de marzo de 2024 por la que se hace público el procedimiento para la acreditación de los méritos del proceso selectivo extraordinario de estabilización derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en el grupo III de personal laboral de la Xunta de Galicia, operador/a de ordenador (personal Cixtec). El plazo para la acreditación de los méritos se estableció en diez (10) días, finalizando el 5 de abril de 2024.
La base IV.5 de la Resolución de 22 de diciembre de 2022 establece que, finalizado el plazo de acreditación de méritos, el tribunal efectuará la baremación del concurso con la colaboración técnica que precise del personal de la dirección general competente en materia de función pública, así como que, después de finalizada la fase de baremación, el tribunal publicará el baremo provisional, con indicación de las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes que fueron evaluadas de acuerdo con las previsiones contenidas en la propia base.
De conformidad con lo expuesto, en la sesión que tuvo lugar el 2 de diciembre de 2024, el tribunal nombrado por la Resolución de 14 de septiembre de 2023 (DOG número 178, de 19 de septiembre) para calificar el proceso selectivo extraordinario de estabilización derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en el grupo III de personal laboral de la Xunta de Galicia, operador/a de ordenador (personal Cixtec),
RESUELVE:
Primero. Hacer pública la baremación provisional de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida por las personas aspirantes que fueron baremadas de acuerdo con las reglas contenidas en la base IV.3 de la convocatoria.
La puntuación provisional obtenida por las personas baremadas figura reflejada en el portal web corporativo de la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal: https://www.xunta.gal/funcion-publica/procesos-selectivos/consulta
Segundo. De conformidad con lo establecido en la base IV.5 de la convocatoria y de acuerdo con el Informe de 9 de octubre de 2024, de la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal, sobre la aplicación de la tramitación de urgencia a los procesos selectivos de estabilización de la Ley 20/2021, conforme al artículo 33.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG, para formular reclamación contra las puntuaciones provisionales ante el tribunal.
Las reclamaciones se presentarán a través de Fides en la epígrafe de inscripción en procesos selectivos. Para ello, la persona aspirante accederá al proceso de estabilización a que se refiere esta resolución en el que desee formular reclamación, en el epígrafe «¿Qué puedo hacer?», «Presentación alegaciones baremo».
Tercero. Sin perjuicio del cumplimiento de lo dispuesto en el apartado sexto de la Resolución de 13 de marzo de 2024 (DOG número 57, de 20 de marzo), las personas aspirantes baremadas deberán tener en cuenta que la forma documental de acreditar los méritos en este proceso es la que figura en el anexo III de la Resolución de 5 de diciembre de 2023 (DOG número 237, de 15 de diciembre).
A efectos informativos, en el portal web corporativo de la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal https://www.xunta.gal/funcion-publica/procesos-selectivos/consulta se publica un modelo de certificación de servicios prestados que se ajusta al contenido del apartado c) del anexo III de dicha Resolución de 5 de diciembre de 2023.
Santiago de Compostela, 2 de diciembre de 2024
Alfonso Pereira Martínez
Presidente del tribunal
