DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 235 Jueves, 5 de diciembre de 2024 Pág. 64147

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 27 de noviembre de 2024 por la que se convoca la conferencia Bases para la regulación de la inteligencia artificial en el sector público.

Aprobado por el Consejo Rector el programa de actividades formativas de la Escuela Gallega de Administración Pública (EGAP) para el año 2024, de conformidad con el artículo 6.2 de la Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la Escuela Gallega de Administración Pública, modificada por la Ley 10/1989, de 10 de julio,

RESUELVO:

Convocar, en el marco del Ciclo de conferencias sobre novedades legislativas en el ámbito autonómico, la conferencia Bases para la regulación de la inteligencia artificial en el sector público, de acuerdo con las bases que se indican a continuación:

Primera. Objetivos

La implementación de la inteligencia artificial (IA), que representa una revolución para la sociedad, tiene una especial incidencia en la forma en que se gestionan los servicios públicos y se toman decisiones. Es crucial entonces garantizar un diseño responsable y equitativo de estas tecnologías que evite sesgos y exclusiones, alineándose con los principios democráticos, de forma que la IA no solo sea una herramienta técnica, sino también un medio para fortalecer la gobernanza, la participación ciudadana y la consecución del interés general. Por ello, es fundamental prestar atención a los principios que deben regir su diseño, adquisición y empleo.

Segunda. Personas destinatarias

Esta actividad está dirigida al personal empleado público, en situación de servicio activo o asimilada, de la Administración autonómica gallega, de sus entidades públicas instrumentales y de la Administración institucional; de la Administración local; de la Administración de justicia y de las universidades del Sistema universitario de Galicia.

Tercera. Desarrollo

Modalidad de impartición: presencial.

Lugar: Escuela Gallega de Administración Pública (EGAP), calle de Madrid, 2-4, Santiago de Compostela.

Fecha: jueves 12 de diciembre de 2024.

Horario: por la tarde, de 17.00 a 18.00 horas.

Duración: una (1) hora lectiva.

Cuarta. Número de plazas

Aforo del local.

Quinta. Inscripción

1. La inscripción en esta actividad formativa solo podrá realizarse por vía telemática accediendo a la dirección https://egap.xunta.gal/matricula. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

2. Antes de formalizar su inscripción en esta actividad todas las personas deberán introducir o actualizar los datos de su área de matrícula, de acuerdo con las personas destinatarias y requisitos de selección establecidos en las bases segunda y séptima, respectivamente.

3. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de la actividad solicitada y pasarán al final de los listados de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

4. Las personas interesadas deberán seleccionar primero el área en la que está integrada esta actividad (Régimen jurídico y actividad financiera de las administraciones públicas) y después seleccionar en nombre del curso «Conferencia Bases para la regulación de la inteligencia artificial en el sector público».

5. El plazo para la inscripción en esta actividad estará habilitado desde las 9.00 horas del primer día hábil siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta las 23.59 horas del día 9 de diciembre de 2024.

Podrá obtenerse cualquier otra información desde las 8.30 horas hasta las 14.30 horas en los teléfonos 981 54 62 39 y 981 54 62 41.

Sexta. Comprobación de datos

1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para tramitar el procedimiento de selección se consultarán automáticamente los datos de las personas solicitantes de esta acción formativa necesarios para realizar el proceso de selección, salvo que la persona interesada se oponga a ello.

2. En caso de que la persona interesada se oponga a esta consulta, deberá indicarlo expresamente incluyendo los motivos de oposición relacionados con su situación particular y enviar, además, los documentos a cuya consulta se opone que indiquen su situación administrativa, el tipo de personal y la antigüedad en la Administración a través del siguiente correo: novas.egap@xunta.gal

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas que presenten los documentos correspondientes.

4. La EGAP podrá pedir las certificaciones necesarias para realizar la selección de acuerdo con los criterios recogidos en esta convocatoria.

Séptima. Criterios de selección

La admisión se llevará a cabo de acuerdo con lo indicado en la base segunda de esta convocatoria respecto a las personas destinatarias de esta actividad. El orden de selección vendrá determinado por la fecha y hora de presentación de las solicitudes hasta completar el aforo del local.

Octava. Publicación de los listados de personas seleccionadas, en reserva y excluidas

La EGAP publicará en la dirección web https://egap.xunta.gal los listados de personas seleccionadas para participar en esta actividad; en reserva, en caso de que el número de solicitudes recibidas sea superior al número de plazas, y, en su caso, de las personas excluidas en esta actividad, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

Novena. Cambios o sustituciones en la selección, renuncia y asistencia

1. En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. Renuncia:

a) Las personas seleccionadas podrán renunciar a la actividad formativa. La renuncia deberá ser comunicada lo antes posible y, en todo caso y como máximo, antes de las 11.00 horas del día 11 de diciembre de 2024, enviando un correo electrónico a novas.egap@xunta.gal, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE número 236, de 2 de octubre). En la pagina web de la Escuela estará disponible un modelo de renuncia.

b) Las personas que incumplan el plazo previsto pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad, excepto que la renuncia tenga alguna de las siguientes causas:

– Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

– Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de los/las responsables de los centros directivos.

– Por razones de conciliación familiar.

– Por otras causas justificadas documentalmente.

3. La asistencia y la puntualidad:

a) Serán obligatorias la asistencia y la puntualidad.

b) Durante la actividad formativa se realizarán controles de asistencia y puntualidad.

c) Las faltas de asistencia:

1. No pueden superar en ningún caso el 10 % de las horas lectivas de la actividad. En todo caso, las faltas de asistencia deberán justificarse documentalmente ante las personas responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días, contados a partir del día de la finalización de esta actividad. Las personas que incumplan lo especificado anteriormente perderán el derecho al certificado de asistencia de esta actividad formativa.

2. Aquellas personas cuyas faltas de asistencia superen el 50 % de las horas lectivas pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

Décima. Certificado de asistencia oficial

Al final de esta actividad se emitirá un certificado electrónico de asistencia, descargable desde el área de matrícula (https://egap.xunta.gal/matricula/), a aquellas personas inscritas que hubiesen completado la asistencia mínima requerida, que es igual o superior al 90 % de las horas lectivas programadas. Este documento estará firmado electrónicamente por la EGAP e incluirá, de forma expresa, el contenido, la carga lectiva, la modalidad de impartición, la fecha y el lugar de realización de esta actividad, así como un código de verificación electrónica (CVE) para contrastar su autenticidad.

Decimoprimera. Facultades de la EGAP

1. La EGAP se reserva la facultad de interpretar y de resolver las incidencias que puedan surgir en el desarrollo de esta actividad, así como la facultad de cancelarla si el escaso número de solicitudes no justifica su realización, en cuyo caso se emplearán los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.

2. La EGAP garantizará en la acción derivada de esta convocatoria la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

Santiago de Compostela, 27 de noviembre de 2024

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública