En la sesión que tuvo lugar el día 4 de diciembre de 2024, el tribunal nombrado por la Resolución de 28 de abril de 2023 (DOG núm. 88, de 9 de mayo), para calificar el proceso selectivo de estabilización para el ingreso en el cuerpo administrativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C1, escala técnica auxiliar de informática, convocado por la Resolución de 21 de diciembre de 2021 (DOG núm. 244, de 22 de diciembre),
RESUELVE:
Primero. Mediante la Resolución de 30 de octubre de 2024 (DOG núm. 216, de 8 de noviembre), este tribunal acordó elevar al titular de la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal la relación de las personas aspirantes que superaron el proceso selectivo para que elaborara la propuesta de nombramiento de las personas que figuraban en ella como personal funcionario de carrera de la Xunta de Galicia.
En fecha 29 de noviembre, la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal requirió a este tribunal que proponga a una nueva persona aspirante, ya la persona aspirante propuesta como número 16, Juan Pita Blanco (***0035**), no presentó la documentación exigida y, por lo tanto, perdió su derecho para adquirir la condición de personal funcionario de carrera en el cuerpo administrativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C1, escala técnica auxiliar de informática.
De conformidad con la base II.3 de la convocatoria, el orden de prelación de las personas aspirantes vendrá dado por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y concurso. No podrá superar el proceso selectivo un número de personas superior al de plazas convocadas.
No obstante, para asegurar la cobertura de las vacantes, si se produjeran renuncias de las personas que superaron el proceso selectivo antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano que convoca podrá requerir una relación complementaria de las personas que sigan por puntuación a las propuestas. A estos efectos, tendrán la misma consideración que las renuncias los supuestos de las personas aspirantes que dentro del plazo fijado, excepto los casos de fuerza mayor, no presenten la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos o de su examen se dedujera que carecen de alguno de ellos y que, en consecuencia, no puedan ser nombradas personal funcionario de carrera.
Por todo esto, este tribunal acuerda modificar la relación de aspirantes que superaron el proceso selectivo establecida por la Resolución de 30 de octubre de 2024 (DOG núm. 216, de 8 de noviembre), y hacer pública, como anexo a esta resolución, la relación con una nueva persona aspirante que superó el proceso selectivo, con las puntuaciones obtenidas y con indicación de su documento nacional de identidad, que ocupa la posición que se refleja en el anexo en el orden de personas aspirantes aprobadas, y renumerar el orden a partir del puesto número 16.
Segundo. Atendiendo a las razones de urgencia que concurren en los procesos de estabilización de la Ley 20/2021 y toda vez que la convocatoria del presente proceso selectivo es anterior a dicha ley, se hace preciso adoptar las medidas necesarias para agilizar los trámites que permitan realizar previamente la elección de destino de las personas que superaron este proceso, por lo que, conforme a lo dispuesto en el artículo 33.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se acuerda aplicar el procedimiento de tramitación de urgencia, por el cual se reduce a la mitad el plazo de veinte (20) días hábiles establecido en la base IV.2 de la convocatoria; por tanto, este será de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Tercero. Elevar esta nueva relación al titular de la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal a efectos de que la persona afectada sea propuesta para su nombramiento como personal funcionario de carrera.
Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en la base III.13 de la orden de convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la consellería competente en materia de función pública, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 4 de diciembre de 2024
Alfonso Pereira Martínez
Presidente del tribunal
ANEXO
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Núm. orden |
NIF |
Apellidos y nombre |
Acceso |
1er ej. |
2º ej. |
3er ej. |
Total |
|
17 |
***4490** |
Ferrón Lea, Diego |
Libre |
45,62 |
Exento |
0,00 |
45,62 |
