A los efectos de dar cumplimiento a lo solicitado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Vigo, en relación con el procedimiento abreviado 304/2024, interpuesto por la persona con DNI 36003468G, contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, de la solicitud de ejecución subsidiaria de la Resolución de 25.11.2016, dictada por la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, por la que se ordenó la restitución de las cosas y su reposición al estado anterior al de la comisión de la infracción, debiendo demoler las obras consistentes en edificación de tipología residencial, dos soleras, un cobertizo y un cierre, sitas en la calle Merouxos, 21, Patos, en el ayuntamiento de Nigrán, en la parcela catastral 54035A019001090001JR, esta dirección resolvió ordenar la remisión del correspondiente expediente al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Vigo.
Al no poder realizarse la notificación personal del emplazamiento, mediante la presente cédula (que, al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se le notifica por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado) se emplaza a la persona con DNI 35935408R para que pueda personarse como interesada en los autos en el plazo de nueve días, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 19 de diciembre de 2024
Victoria Núñez López
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística
