Conforme a lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), se notifica a las personas que se relacionan en el anexo los acuerdos de inicio dictados por la persona titular del Servicio de Movilidad de A Coruña en el expediente sancionador número XC-02786-S-2024 y tres más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre, al resultar infructuosa su notificación postal. La eficacia de esta notificación queda supeditada a su publicación en el tablón edictal único del Boletín Oficial del Estado.
El texto íntegro del acuerdo que se notifica, junto con el resto de la documentación del expediente, se encuentra a disposición de las personas interesadas en el Servicio de Movilidad de A Coruña.
Se les otorga un plazo de quince (15) días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE para alegar lo que consideren conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que estimen oportunas.
En el supuesto de que decida voluntariamente pagar la sanción antes de que transcurran treinta (30) días contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOE, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte de la persona interesada y la terminación del procedimiento sancionador.
A Coruña, 23 de enero de 2025
César Concheiro Ceide
Jefe del Servicio de Movilidad de A Coruña
ANEXO
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Expediente Matrícula |
DNI/CIF denunciado |
Infracción denunciada Fecha-hora-carretera-p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción propuesta |
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XC-02786-S-2024 5706LSC |
52451877D |
La realización de servicios de taxi o de arrendamiento de vehículos con conductor careciendo de los preceptivos títulos habilitantes o con los mismos suspendidos, anulados, caducados, revocados, sin haber realizado el visado obligatorio o por cualquier otra causa o circunstancia por la que las referidas habilitaciones expedidas para ejercer la actividad ya no sean válidas. 21.7.2024; 5.27; avenida do Malecón; 0 |
Artículo 60.a) Ley 4/2013 |
Artículo 63 Ley 4/2013 |
2.001 euros |
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XC-02997-O-2024 5040-BCG |
05398380G |
Conducción ininterrumpida-superior a 4 horas y 30 minutos e inferior a 5 horas. 8.7.2024; 16.25; AG-55; 7,7 |
Artículo 142.17 LOTT Artículo 199.18 ROTT |
Artículo 201.a) ROTT Artículo 143.1 LOTT |
100 euros |
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XC-03347-O-2024 3012-CZL |
48114443F |
La utilización del tacógrafo sin haber realizado su calibrado o revisión periódica en los plazos y forma establecidos. 17.10.2024; 16.57; DP-3109, 4,743 |
Artículo 140.34 LOTT Artículo 197.39 ROTT |
Artículo 143.1.g) LOTT |
1.001 euros |
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XC-03402-O-2024 5040-BGC |
05398380G |
La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas del día en curso y de los 28 días anteriores, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando. 8.7.2024; 16.20; AG-55; 7,7 |
Artículo 197.40 ROTT Artículo 140.35 LOTT |
Artículo 143.1 LOTT Artículo 201.g) ROTT |
1.001 euros |
