DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 27 Lunes, 10 de febrero de 2025 Pág. 10955

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 20 de enero de 2025, del Departamento Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Culleredo (expediente IN407A 2023/417-1).

Expediente: IN407A 2023/417-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Proyecto: Sustitución del apoyo AEFOAVJP//19-1 de la LAMT 15 kV SBN717B Zapateira provisional 17, por finalización de su vida útil.

Ayuntamiento: Culleredo.

Hechos:

1. El día 29.9.2023 la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica mencionada, con el objeto de sustituir un apoyo por finalización de su vida útil.

Al amparo de los artículos 123 y 143 del Real decreto 1955/2000, presentan el proyecto de ejecución denominado Sustitución del apoyo AEFOAVJP//19-1 de la LAMT 15 kV SBN717B Zapateira provisional 17 por finalización de su vida útil, que comprende los siguientes documentos:

1) Proyecto de ejecución denominado: Sustitución del apoyo AEFOAVJP//19-1 de la LAMT 15 kV SBN717B Zapateira provisional 17, por finalización de su vida útil, firmado por Tito, Arias Santos, ingeniero técnico industrial eléctrico, número de colegiado LE-1010, el 11.7.2023.

2) Anexo (constestación al requerimiento), firmado por Carlota Martínez Rúa, graduada en Ingeniería Eléctrica, número de colegiada 4.776 de Vigo, el 12.7.2024.

3) Relación de bienes y derechos afectados de necesaria ocupación para la construcción de la instalación proyectada.

2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante un acuerdo publicado en los siguientes medios:

• Portal de transparencia y Gobierno abierto de la Consellería de Economía e Industria.

• DOG: 28.11.2023.

• BOP: 13.11.2023.

• Periódico La Voz de Galicia: 29.11.2023.

• Tablón de anuncios del Ayuntamiento: según certificado municipal de 26.1.2024.

3. Durante el período en que el proyecto se sometió al trámite de información pública no se presentó ninguna alegación, reclamación ni sugerencia relacionada con la documentación objeto de publicación.

4. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo a las distintas entidades afectadas: Ayuntamiento de Culleredo y AESA. La empresa promotora manifestó su conformidad con los informes emitidos en el plazo otorgado a tal efecto.

5. El día 9.1.2025 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El director territorial es competente para resolver este expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG nº 101, de 27 de mayo).

2. Legislación de aplicación:

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre).

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE nº 236, de 2 de octubre).

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE nº 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE nº 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE nº 68, de 19 de marzo).

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE nº 139, de 9 de junio).

– Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de industria, energía y minas (BOE nº 246, de 14 de octubre).

– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE nº 351, de 17 de diciembre).

– Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE nº 160, de 20 de junio).

3. Características técnicas:

Las instalaciones objeto de este expediente están situadas entre las coordenadas UTM ETRS89-huso: 29 X: 547570, Y: 4796233, en la parroquia de Rutis, en el ayuntamiento de Culleredo, y sus características técnicas son las siguientes:

• Sustitución del apoyo de hormigón nº AEFOAVJP//19-1 por encontrarse en avanzado estado de deterioro, instalando en su lugar el nuevo apoyo nº AEFOAVJP//19-1 C-2000-18 con cruceta T-35 6xC.A. (c.s.).

• Nuevo conductor A-56 entre el apoyo proyectado nº AEFOAVJP//19-1 y el apoyo existente nº AEIECD0E//19-2, con una longitud de 139 metros.

4. En la visita de campo realizada para examinar el lugar de la instalación el 14.6.2024 no se encuentra ninguna limitación de las indicadas en el artículo 161.1 del Real decreto 1955/2000 para imponer servidumbres de paso.

5. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.

Conforme con todo lo señalado,

RESUELVO:

A) Conceder la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica mencionada.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

B) La instalación se ejecutará en el plazo de dos años, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. En todo caso, deberán respetarse los plazos establecidos en el artículo 13.9 del Reglamento (UE) 2024/573 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de febrero, sobre los gases fluorados de efecto invernadero, por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937 y se deroga el Reglamento (UE) 517/2014 (DOUE nº 573, de 20 de febrero), sobre prohibiciones para la puesta en funcionamiento de aparamenta eléctrica que emplee gases fluorados de efecto invernadero o cuyo funcionamiento dependa de ellos, en un medio aislante o de rotura.

C) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud a la cual acompañará la siguiente documentación:

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento y las certificaciones u homologaciones, si procede.

• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y de las prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas adecuadas para el montaje de la instalación y puesta a punto.

• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

D) Esta autorización se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta resolución o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia al interesado, según lo establecido en el artículo 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

Contra esta resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de dicha Ley 39/2015, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren apropiado.

Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015.

A Coruña, 20 de enero de 2025

Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña

ANEXO

Sustitución del apoyo AEFOAVJP//19-1 de la LAMT 15 kV SBN-717B Zapateira provisional 17,
por finalización de su vida útil

Relación de bienes y derechos afectados-término municipal de Culleredo

Parcela del proyecto

Propietario/titular

Referencia catastral

Paraje

Afección pleno dominio (CT y/o apoyos)

LMT aérea-vuelo

(servidumbre de paso de energía eléctrica)

Naturaleza
del terreno

CT/nº del apoyo

Superficie (m2)

Lonxitude (m)

Superficie (m2)

1

Desconocido

15031A01700023

Penas Quedas

Nuevo apoyo nº 19-1

2

Matorral