DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 36 Viernes, 21 de febrero de 2025 Pág. 13760

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Hacienda y Administración Pública

ANUNCIO de 12 de febrero de 2025, de la Secretaría General Técnica y del Tesoro de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, por el que se notifica la resolución dictada en el procedimiento de extinción de oficio de autorizaciones de instalación y localización de máquinas auxiliares de apuestas y máquinas de juego tipo B.

La Ley 3/2023, de 4 de julio, reguladora de los juegos de Galicia, estableció en su disposición transitoria séptima un régimen transitorio aplicable a las autorizaciones de las máquinas auxiliares de apuestas y de máquinas de juego tipo B no instaladas en establecimientos de restauración y de ocio y entretenimiento. Según lo previsto en la referida disposición, las empresas operadoras y comercializadoras disponían de un período de un año (6.10.2023 a 6.10.2024) para instalar las máquinas auxiliares de apuestas y las de juego tipo B en los establecimientos de restauración y de ocio y entretenimiento.

El 26.11.2024 se dictó el Acuerdo de inicio del procedimiento para la extinción de oficio de las autorizaciones de instalación y localización en establecimientos de restauración y de ocio y entretenimiento que no tuvieran máquina instalada en el período previsto en la referida disposición transitoria séptima, a fin de dar cumplimiento a la previsión de que, en ningún caso, el número de autorizaciones de instalación y localización de una misma empresa pueda ser superior al número de autorizaciones de explotación que dicha empresa tenga concedidas. El acuerdo incorporaba las respectivas relaciones de autorizaciones que no tuvieron máquina instalada en algún momento en el período transitorio previsto como anexo I (Apuestas) y anexo II (Juego tipo B).

Asimismo, se acordó iniciar un trámite de audiencia para que, en el plazo de 10 días contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia, las personas interesadas puedan presentar las alegaciones o aportar los documentos que estimen pertinentes en relación con las autorizaciones de instalación y localización que se relacionan en los anexos I y II de dicho acuerdo, conforme a lo previsto en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, previo a la resolución que se dicte. Dicho acuerdo se publicó en el Diario Oficial de Galicia núm. 238, de 11.12.2024.

Finalizado el referido plazo, y tras la valoración de las alegaciones presentadas, el 12.2.2025, el secretario general técnico y del Tesoro dictó resolución en virtud de la que fueron estimadas aquellas alegaciones en las que resultó acreditado que las autorizaciones de instalación y localización a las que se refieren tuvieron máquina instalada en un establecimiento de restauración, ocio o entretenimiento en algún momento en el período previsto en la disposición transitoria séptima de la Ley 3/2023, de 4 de julio. En concreto, se estimaron las alegaciones referidas a las siguientes autorizaciones:

A Coruña

HC0302372

O Cribo

***4192**

ECEA-0004

Luckia Retail, S.A.

***3591**

Ourense

HO0620008

Cafetería Sky

***6991**

ECEA-0004

Luckia Retail, S.A.

***3591**

Pontevedra

HP0550170

El Cielo

***7724**

ECEA-0004

Luckia Retail, S.A.

***3591**

Pontevedra

HP0572568

Cafetería Los Celtas

***8706**

ECEA-0004

Luckia Retail, S.A.

***3591**

Pontevedra

HP0180170

Faladoiro

***7166**

ECEA-0004

Luckia Retail, S.A.

***3591**

Ourense

AIO041419

HO0001072

Tapería A Saínza

***4349**

C-0228

Maquinaria Automática del Noroeste, S.A. (Manosa)

***0542**

Por lo expuesto, se desestimaron el resto de alegaciones al no resultar acreditado que las correspondientes autorizaciones hubieran tenido máquina instalada en algún momento del período previsto en la disposición transitoria séptima de la referida norma.

En consecuencia, se acordó extinguir las autorizaciones de instalación y localización en establecimientos de restauración y de ocio y entretenimiento relacionadas en el anexo I (Apuestas) y anexo II (Juego tipo B) de dicha resolución.

Las relaciones de autorizaciones extinguidas, contenidas en los referidos anexos, pueden consultarse en el siguiente enlace del portal web corporativo: https://www.conselleriadefacenda.gal/areas-tematicas/xogo/informacion-para-empresas-de-xogo/procedemento-de-extincion-de-oficio

La referida resolución no agota la vía administrativa, por lo que las personas interesadas podrán interponer un recurso de alzada ante el conselleiro de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Se advierte que, a consecuencia de esta extinción, las empresas operadoras y comercializadoras que en el momento actual cuenten con máquinas instaladas en alguna de las autorizaciones incluidas en los citados anexos deberán proceder a su retirada.

Santiago de Compostela, 12 de febrero de 2025

David Cabañó Fernández
Secretario general técnico y del Tesoro de la Consellería
de Hacienda y Administración Pública