El nombramiento de personal funcionario interino para el desempeño con carácter transitorio de plazas reservadas a funcionarios y la contratación temporal de personal laboral están regulados en el Decreto 37/2006, de 2 de marzo (Diario Oficial de Galicia núm. 48, de 9 de marzo).
El artículo 6 del Decreto 37/2006, de 2 de marzo, relativo al plazo de presentación de solicitudes, establece que se podrán presentar nuevas solicitudes «desde la publicación de la resolución de apertura del plazo de presentación de solicitudes por parte de la dirección general competente en materia de función pública y en el plazo establecido en ella» y, en el caso de listas elaboradas que se encuentren en gestión, desde el día 1 de marzo hasta el día 30 de abril de cada año.
El párrafo final de dicho artículo 6 establece que «en cualquier momento en que la Administración considere que una determinada lista está saturada porque no se producen contrataciones o nombramientos, o bien por el excesivo número de personas inscritas, podrá determinar el cierre de la incorporación de nuevas solicitudes, con la excepción de las personas interesadas que hubieran superado alguna prueba del último proceso selectivo, o hayan prestado servicios, en el ámbito de aplicación del artículo uno, en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia o en entidades públicas instrumentales del sector público autonómico que tengan publicadas relaciones de puestos de trabajo para la lista correspondiente a esa categoría, cuerpo, escala o especialidad».
En la modificación del Decreto 37/2006, de 2 de marzo, por el Decreto 60/2019, de 23 de mayo (DOG núm. 108, de 10 de junio), se incorporó la disposición transitoria segunda, que contiene una habilitación para elaborar una lista única como resultado de la funcionarización. Esta disposición fue objeto de desarrollo en virtud de la Orden de la Consellería de Hacienda y Administración Pública de 20 de julio de 2021 (DOG núm. 145, de 30 de julio).
En la disposición transitoria tercera de dicha orden, dedicada a la cobertura transitoria de puestos reservados a personal laboral, se establece que «la inclusión definitiva de las personas integrantes de las listas de personal laboral de categorías funcionarizadas en listas de personal funcionario de un cuerpo, escala o especialidad declarados equivalentes al amparo de esta orden, implica el cierre de las correspondientes listas de contratación temporal de personal laboral».
Mediante la Resolución de 11 de febrero de 2025 (DOG núm. 31, de 14 de febrero) se publicó la relación de personas excluidas con carácter provisional de las listas únicas para la cobertura con carácter transitorio de plazas reservadas a personal funcionario de determinados cuerpos, escalas o especialidades, resultantes de la transformación de oficio de listas de las categorías profesionales laborales equivalentes, al amparo de lo establecido en el artículo 4.2 de la Orden de 20 de julio de 2021.
Asimismo, mediante las resoluciones de 12 de febrero de 2025, publicadas en el DOG de 14 de febrero, se acordó la creación de listas únicas para la cobertura con carácter transitorio de plazas reservadas a personal funcionario de determinados cuerpos, escalas y especialidades de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia.
La entrada en vigor de estas listas únicas implicará el cierre definitivo de las listas de contratación temporal correspondientes a las categorías de personal laboral equivalentes, en cumplimiento de lo establecido en la disposición transitoria tercera de la Orden de 20 de julio de 2021.
Durante el plazo comprendido desde el día 1 de marzo hasta el día 30 de abril de 2025 estará disponible la solicitud para inclusión en estas listas únicas y no estarán disponibles las solicitudes de inclusión en las listas de las categorías de personal laboral declaradas equivalentes a los correspondientes cuerpos, escalas o especialidades de personal funcionario, dado que está previsto que el cierre definitivo de las listas de estas categorías de personal laboral se produzca antes de que finalice la tramitación de las solicitudes presentadas en dicho plazo.
Por otra parte, mediante la Resolución de 8 de junio de 2017, de la Secretaría General de Empleo, se dispuso la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo y la publicación en el Diario Oficial de Galicia del acuerdo de integración del personal del Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar en el Convenio colectivo único del personal laboral de la Xunta de Galicia.
En su apartado cuarto estaba previsto que se abriese un plazo extraordinario para que las personas interesadas pudiesen inscribirse en las listas correspondientes a las categorías propias del Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar o en aquellas que son análogas a las categorías del V Convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia.
La relación de puestos de trabajo del Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar fue aprobada en el Consello de Gobierno de 27 de diciembre de 2024 y únicamente está pendiente de publicación, por lo que resulta oportuno y conveniente habilitar extraordinariamente un plazo para que las personas interesadas que declaren estar incluidas en alguna de las listas gestionadas por dicho Consorcio puedan solicitar la inclusión en las listas reguladas por el Decreto 37/2006, de 2 de marzo, aunque que estas se encuentren cerradas por esta resolución.
En esta resolución también se relacionan las listas que se encuentran abiertas o cerradas correspondientes a las escalas del Servicio de Prevención y Defensa contra Incendios Forestales, que fueron abiertas inicialmente por resoluciones de 13 de enero de 2025, publicadas en el DOG núm. 9, de 15 de enero, dada la carencia de personas disponibles para la cobertura de los puestos de dichas escalas.
Teniendo en cuenta todo lo anterior y visto el número de contrataciones y nombramientos realizados en el año 2024 y el número de personas inscritas en cada lista, esta dirección general
RESUELVE:
Primero. Abrir un plazo extraordinario, desde el día 1 de marzo hasta el día 30 de abril de 2025, para que las personas que declaren estar incluidas en las listas gestionadas por el Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar puedan incluirse en listas reguladas por el Decreto 37/2006, de 2 de marzo, aunque se encuentren cerradas por esta resolución. Para ser admitidas, deberán declarar estar incluidas en la lista gestionada por el Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar de la categoría análoga a la del V Convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia o equivalente a la lista única resultante de la funcionarización en la que solicitan la inclusión.
Segundo. Cerrar la incorporación de nuevas solicitudes de inclusión en las listas correspondientes a los grupos, categorías, cuerpos, escalas y especialidades que se indican en el anexo I.
Tercero. Reabrir las listas correspondientes a los grupos, categorías, cuerpos, escalas y especialidades que se indican en el anexo II.
Cuarto. Relacionar las listas correspondientes a los grupos, categorías, cuerpos, escalas y especialidades que se encuentran abiertas y en las que las personas interesadas podrán presentar solicitud de inclusión en el período comprendido entre el 1 de marzo y el 30 de abril de este año (anexo III).
Quinto. Relacionar las listas correspondientes a los grupos, categorías, cuerpos, escalas y especialidades cerradas y en las que solamente se podrán inscribir aquellas personas que, para la lista correspondiente, hubieran superado alguna prueba del último proceso selectivo del grupo, categoría, cuerpo, escala o especialidad, o hayan prestado servicios en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia o en entidades públicas instrumentales del sector público autonómico que tengan publicadas relaciones de puestos de trabajo para la lista correspondiente a ese grupo, categoría, cuerpo, escala o especialidad (anexo IV).
Sexto. Relacionar las listas correspondientes a las categorías profesionales de personal laboral en las que no se encontrará disponible la solicitud de inclusión debido a que está previsto su cierre definitivo, de conformidad con la disposición transitoria tercera de la Orden de 20 de julio de 2021 (DOG núm. 145, de 30 de julio), tras la entrada en vigor de las listas únicas para la cobertura con carácter transitorio de plazas reservadas a personal funcionario (anexo V).
En las listas únicas correspondientes a cuerpos, escalas o especialidades resultantes de la creación o de la transformación de oficio por funcionarización que se encuentren cerradas podrán solicitar la inclusión las personas que hubieran prestado servicios en categorías profesionales laborales equivalentes, según lo estipulado en las correspondientes resoluciones publicadas en el DOG núm. 195, de 8 de octubre de 2021, en el DOG núm. 200, de 18 de octubre de 2021, en el DOG núm. 75, de 19 de abril de 2023, y en el DOG núm. 31, de 14 de febrero de 2025, siempre que estos servicios hubieran sido prestados en el ámbito de aplicación del artículo 1 del Decreto 37/2006, en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia o en entidades públicas instrumentales del sector público autonómico que tengan publicadas relaciones de puestos de trabajo, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 6.3 de la Orden de 20 de julio de 2021 (DOG núm. 145, de 30 de julio).
Séptimo. Las personas integrantes de las listas que en su solicitud de inclusión hubieran autorizado expresamente la consulta de algunos datos por la Administración y que figuren excluidas en las listas provisionales por causas relacionadas con la imposibilidad material de obtener dichos datos, deberán aportar, para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos, en el plazo concedido para formular reclamación contra las listas provisionales, copia auténtica de la documentación respecto a la cual no ha sido posible obtener datos al realizar la consulta.
Octavo. Contra esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Hacienda y Administración Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Noveno. Esta resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 24 de febrero de 2025
Nuria Aguilar Vázquez
Directora general de Empleo Público y Administración de Personal
ANEXO I
Listas que se cierran
Cuerpos, escalas y especialidades (personal funcionario)
|
Grupo |
Cuerpo/Escala |
Denominación |
|
A1 |
207K |
Escala superior de seguridad y salud en el trabajo. Especialidad Seguridad en el trabajo |
|
A1 |
207L |
Escala superior de seguridad y salud en el trabajo. Especialidad Higiene industrial |
|
A1 |
207M |
Escala superior de seguridad y salud en el trabajo. Especialidad Ergonomía y psicosociología aplicada |
|
A1 |
2093-05 |
Escala de profesores numerarios de institutos politécnicos marítimo-pesqueros. Especialidad en inglés marítimo. |
|
A2 |
207P |
Escala técnica de seguridad y salud en el trabajo. Especialidad Seguridad en el trabajo |
|
A2 |
208C |
Escala de técnicos facultativos. Especialidad Educadores |
|
A2 |
209T |
Escala técnica de orientación laboral |
|
C1 |
207C-02 |
Escala de agentes del Servicio de Guardacostas de Galicia |
|
C1 |
207H |
Escala de agentes facultativos ambientales (a extinguir) |
|
C1 |
209I |
Escala técnica de análisis de laboratorio |
|
C1 |
209O |
Escala de agentes de inspección. Especialidad vigilancia de carreteras |
|
C2 |
207S |
Escala auxiliar del Servicio de Prevención y Defensa contra Incendios Forestales. Especialidad emisorista/vigilante/a fijo/a |
|
C2 |
207Y |
Escala auxiliar de cuidadores |
|
C2 |
207Z |
Escala auxiliar de cocina |
|
C2 |
208P |
Escala auxiliar de laboratorio |
|
C2 |
208Q |
Escala auxiliar de conducción |
|
C2 |
209M |
Escala auxiliar de archivos, bibliotecas y museos. Especialidad archivos y bibliotecas |
|
C2 |
209N |
Escala auxiliar de archivos, bibliotecas y museos. Especialidad museos |
|
2055 |
Agrupación profesional del personal funcionario de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia. Escala de personal subalterno |
Grupos y categorías (personal laboral)
|
Grupo |
Categoría |
Denominación |
|
III |
066 |
Ayudante/a taller. Adjunto/a taller |
ANEXO II
Listas que se abren
Cuerpos, escalas y especialidades (personal funcionario)
|
Grupo |
Cuerpo/Escala |
Denominación |
|
A1 |
2062 |
Escala de ingenieros/as. Especialidad Ingeniería de caminos, canales y puertos |
|
A1 |
2064 |
Escala de ingenieros/as. Especialidad Ingeniería industrial |
|
A2 |
208D |
Escala de técnicos facultativos. Especialidad Terapia ocupacional |
|
C1 |
208J |
Escala de agentes técnicos facultativos. Especialidad en jardín de infancia |
Grupos y categorías (personal laboral)
De los servicios de prevención y defensa contra incendios forestales
|
Grupo |
Categoría |
Denominación |
|
III |
100 |
Bombero/a forestal jefe/a de brigada |
|
IV |
033 |
Bombero/a forestal conductor/a de motobomba |
|
V |
10B |
Vigilante fijo/a de defensa contra incendios forestales |
|
V |
10C |
Emisorista de defensa contra incendios forestales. Escucha incendios |
|
V |
014 |
Bombero/a forestal |
|
V |
14A |
Bombero/a forestal conductor/a |
ANEXO III
Listas abiertas
Cuerpos, escalas y especialidades (personal funcionario)
|
Grupo |
Cuerpo/Escala |
Denominación |
|
A1 |
207J |
Escala superior de salud laboral |
|
A1 |
208F |
Escala de facultativos. Especialidad Medicina |
|
A1 |
2062 |
Escala de ingenieros/as. Especialidad Ingeniería de caminos, canales y puertos |
|
A1 |
2064 |
Escala de ingenieros/as. Especialidad Ingeniería industrial |
|
A1 |
2067 |
Escala de veterinarios |
|
A1 |
2093-03 |
Escala de profesores numerarios de institutos politécnicos marítimo-pesqueros. Especialidad en navegación marítima |
|
A1 |
2093-04 |
Escala de profesores numerarios de institutos politécnicos marítimo-pesqueros. Especialidad en pesca marítima/biología pesquera |
|
A1 |
2093-06 |
Escala de profesores numerarios de institutos politécnicos marítimo-pesqueros. Especialidad en medicina subacuática e hiperbárica |
|
A1 |
2093-07 |
Escala de profesores numerarios de institutos politécnicos marítimo-pesqueros. Especialidad en intervenciones subacuáticas e hiperbáricas |
|
A1 |
2093-08 |
Escala de profesores numerarios de institutos politécnicos marítimo-pesqueros. Especialidad en comunicaciones |
|
A1 |
2093-09 |
Escala de profesores numerarios de institutos politécnicos marítimo-pesqueros. Especialidad en máquinas e instalaciones marinas |
|
A1 |
2093-10 |
Escala de profesores numerarios de institutos politécnicos marítimo-pesqueros. Especialidad en procesos sanitarios |
|
A2 |
207N |
Escala técnica de salud laboral |
|
A2 |
208A |
Escala de técnicos facultativos. Especialidad Enfermería |
|
A2 |
208B |
Escala de técnicos facultativos. Especialidad Fisioterapia |
|
A2 |
208D |
Escala de técnicos facultativos. Especialidad Terapia ocupacional |
|
A2 |
208E |
Escala de técnicos facultativos. Especialidad Trabajo social |
|
A2 |
209D |
Escala de técnicos facultativos. Especialidad educador infantil |
|
A2 |
2079 |
Escala de ingenieros técnicos. Especialidad Ingeniería técnica de minas. |
|
A2 |
2094-01 |
Escala de maestros de taller de institutos politécnicos marítimo-pesqueros. Especialidad en trabajos técnicos de buceo |
|
A2 |
2094-02 |
Escala de maestros de taller de institutos politécnicos marítimo-pesqueros. Especialidad en máquinas y producción |
|
A2 |
2094-03 |
Escala de maestros de taller de institutos politécnicos marítimo-pesqueros. Especialidad en servicios al buque |
|
C1 |
20B6 |
Escala técnica recursos naturales y forestales. Especialidad capataz |
|
C1 |
20D5 |
Escala de agentes técnicos facultativos. Especialidad Animación Sociocultural |
|
C1 |
207V |
Escala operativa del Servicio de Guardacostas de Galicia. Especialidad Patrón. |
|
C1 |
207W |
Escala operativa del Servicio de Guardacostas de Galicia. Especialidad Mecánico. |
|
C1 |
208I |
Escala de agentes de inspección. Especialidad Movilidad |
|
C1 |
208J |
Escala de agentes técnicos facultativos. Especialidad en jardín de infancia |
|
C1 |
209E |
Escala técnica de mantenimiento de servicios |
|
C1 |
209G |
Escala técnica de cocina |
|
C1 |
209H |
Escala técnica de conducción. |
|
C1 |
209U |
Escala técnica del Servicio de Prevención y Defensa contra Incendios Forestales. Especialidad bombero forestal jefe de brigada |
|
C2 |
207T |
Escala auxiliar del Servicio de Prevención y Defensa contra Incendios Forestales. Especialidad bombero forestal-conductor de motobomba |
|
C2 |
207U |
Escala auxiliar del Servicio de Prevención y Defensa contra Incendios Forestales. Especialidad bombero forestal |
|
C2 |
207X |
Escala de guardas de recursos naturales |
|
C2 |
208N |
Escala auxiliar de mantenimiento |
|
C2 |
20A3 |
Escala de auxiliares de clínica |
|
C2 |
20D0 |
Escala auxiliar de recursos naturales y forestales |
|
209R |
Agrupación profesional del personal funcionario de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia. Escala de personal de limpieza y recursos naturales y forestales. Especialidad personal de limpieza y cocina. |
Grupos y categorías (personal laboral)
|
Grupo |
Categoría |
Denominación |
|
III |
104 |
Intérprete de lenguaje de signos |
Grupos y categorías del personal laboral
De los servicios de prevención y defensa
contra incendios forestales
|
Grupo |
Categoría |
Denominación |
|
III |
100 |
Bombero/a forestal jefe/a de brigada |
|
IV |
033 |
Bombero/a forestal conductor/a de motobomba |
|
V |
10B |
Vigilante fijo/a de defensa contra incendios forestales |
|
V |
10C |
Emisorista de defensa contra incendios forestales. Escucha incendios |
|
V |
014 |
Bombero/a forestal |
|
V |
14A |
Bombero/a forestal conductor/a |
ANEXO IV
Listas cerradas
Cuerpos, escalas y especialidades (personal funcionario)
|
Grupo |
Cuerpo/Escala |
Denominación |
|
A1 |
205G |
Escala de sistemas y tecnología de la información |
|
A1 |
206K |
Escala de facultativos de archivos, bibliotecas y museos. Especialidad Archivos |
|
A1 |
206L |
Escala de facultativos de archivos, bibliotecas y museos. Especialidad Bibliotecas |
|
A1 |
206M |
Escala de facultativos de archivos, bibliotecas y museos. Especialidad Museos |
|
A1 |
207K |
Escala superior de seguridad y salud en el trabajo. Especialidad Seguridad en el trabajo |
|
A1 |
207L |
Escala superior de seguridad y salud en el trabajo. Especialidad Higiene industrial |
|
A1 |
207M |
Escala superior de seguridad y salud en el trabajo. Especialidad Ergonomía y psicosociología aplicada |
|
A1 |
208G |
Escala de facultativos. Especialidad Psicología |
|
A1 |
208H |
Escala de facultativos. Especialidad Pedagogía |
|
A1 |
210A |
Escala de inspección urbanística |
|
A1 |
2060 |
Cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia |
|
A1 |
2061 |
Escala de arquitectos |
|
A1 |
2063 |
Escala de ingenieros/as. Especialidad Ingeniería agronómica |
|
A1 |
2065 |
Escala de ingenieros/as. Especialidad Ingeniería de minas |
|
A1 |
2066 |
Escala de ingenieros/as. Especialidad Ingeniería de montes |
|
A1 |
2068 |
Escala de ciencias. Especialidad Biología |
|
A1 |
2069 |
Escala de ciencias. Especialidad Química |
|
A1 |
2072 |
Escala de arqueólogos |
|
A1 |
2080 |
Escala de ingenieros/as. Especialidad Ingeniería de telecomunicación |
|
A1 |
2083 |
Escala superior de estadísticos |
|
A1 |
2086 |
Escala superior de finanzas |
|
A1 |
2093-01 |
Escala de profesores numerarios de institutos politécnicos marítimo-pesqueros. Especialidad en legislación marítima |
|
A1 |
2093-02 |
Escala de profesores numerarios de institutos politécnicos marítimo-pesqueros. Especialidad en procesos de cultivo acuícola |
|
A1 |
2093-05 |
Escala de profesores numerarios de institutos politécnicos marítimo-pesqueros. Especialidad en inglés marítimo. |
|
A1 |
2093-11 |
Escala de profesores numerarios de institutos politécnicos marítimo-pesqueros. Especialidad en formación y orientación laboral |
|
A2 |
205F |
Escala técnica de finanzas |
|
A2 |
205H |
Escala de gestión de sistemas de informática |
|
A2 |
206I |
Escala de inspección turística |
|
A2 |
206N |
Escala de ayudantes de archivos, bibliotecas y museos. Especialidad Archivos |
|
A2 |
206P |
Escala de ayudantes de archivos, bibliotecas y museos. Especialidad Bibliotecas |
|
A2 |
206Q |
Escala de ayudantes de archivos, bibliotecas y museos. Especialidad Museos |
|
A2 |
206X |
Escala de inspectoras e inspectores de consumo |
|
A2 |
207P |
Escala técnica de seguridad y salud en el trabajo. Especialidad Seguridad en el trabajo |
|
A2 |
208C |
Escala de técnicos facultativos. Especialidad Educadores |
|
A2 |
209T |
Escala técnica de orientación laboral |
|
A2 |
210B |
Escala de subinspección urbanística |
|
A2 |
2051 |
Cuerpo de gestión de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia |
|
A2 |
2052 |
Escala de ingenieros técnicos. Especialidad Ingeniería técnica forestal |
|
A2 |
2073 |
Escala de arquitectos técnicos |
|
A2 |
2074 |
Escala de ingenieros técnicos. Especialidad Ingeniería técnica de obras públicas |
|
A2 |
2075 |
Escala de ingenieros técnicos. Especialidad Ingeniería técnica industrial |
|
A2 |
2076 |
Escala de ingenieros técnicos. Especialidad Ingeniería técnica en Topografía |
|
A2 |
2077 |
Escala de ingenieros técnicos. Especialidad Ingeniería técnica agrícola |
|
A2 |
2085 |
Escala técnica de estadísticos |
|
A2 |
2097 |
Escala de agentes de extensión pesquera |
|
C1 |
205I |
Escala técnica auxiliar de informática |
|
C1 |
207C-02 |
Escala de agentes del Servicio de Guardacostas de Galicia |
|
C1 |
207H |
Escala de agentes facultativos ambientales (a extinguir) |
|
C1 |
209I |
Escala técnica de análisis de laboratorio |
|
C1 |
209O |
Escala de agentes de inspección. Especialidad vigilancia de carreteras |
|
C1 |
2053 |
Cuerpo administrativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia |
|
C1 |
2081 |
Escala de delineantes (a extinguir) |
|
C2 |
207S |
Escala auxiliar del Servicio de Prevención y Defensa contra Incendios Forestales. Especialidad emisorista/vigilante/a fijo/a |
|
C2 |
207Y |
Cuerpo de auxiliares de carácter técnico. Escala auxiliar de cuidadores |
|
C2 |
207Z |
Escala auxiliar de cocina |
|
C2 |
208P |
Escala auxiliar de laboratorio |
|
C2 |
208Q |
Escala auxiliar de conducción |
|
C2 |
209M |
Escala auxiliar de archivos, bibliotecas y museos. Especialidad archivos y bibliotecas |
|
C2 |
209N |
Escala auxiliar de archivos, bibliotecas y museos. Especialidad museos |
|
C2 |
2059 |
Cuerpo auxiliar de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia |
|
2055 |
Agrupación profesional del personal funcionario de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia. Escala de personal subalterno |
Grupos y categorías (personal laboral)
|
Grupo |
Categoría |
Denominación |
|
I |
032 |
Técnico/a superior en centros de arte |
|
II |
005 |
Profesor/a. Profesor/a titular. Profesor/a EGB. Maestro/a. Profesor/a de educación física. Profesor/a de matemáticas |
|
II |
031 |
Restaurador/a |
|
II |
033 |
Profesor/a de danza clásica |
|
II |
038 |
Perito/a-judicial diplomado/a |
|
III |
003 |
Controlador/a pecuario/a. Ayudante/a técnico/a pecuario/a |
|
III |
012 |
Maestro/a de taller |
|
III |
018 |
Marcador/a de metales preciosos |
|
III |
034 |
Especialista de oficios (dibujante) |
|
III |
036 |
Experto/a audiovisuales |
|
III |
037 |
Técnico/a de sonido |
|
III |
039 |
Regidor/a de escena |
|
III |
045 |
Técnico/a de luces |
|
III |
052 |
Traductor/a. Intérprete de la Administración de justicia |
|
III |
053 |
Técnico/a en restauración cinematográfica |
|
III |
066 |
Ayudante/a taller. Adjunto/a taller |
|
III |
088 |
Capataz de explotaciones marisqueras |
|
III |
097 |
Auxiliar de sonido |
|
III |
098 |
Auxiliar de luces |
|
III |
101 |
Proyeccionista |
|
III |
102 |
Encuadernador/a |
|
III |
103 |
Entrevistador/a-encuestador/a |
|
IV |
002 |
Auxiliar mecánico/a. Oficial/a 2ª mecánico/a. Mecánico/a reparación obras |
|
IV |
007 |
Guarda jurado/a fluvial. Guarda explotación |
|
IV |
020 |
Conserje (cuando tengan a su cargo personal subalterno u ordenanza) |
|
IV |
021 |
Oficial/a 2ª carpintero/a. Auxiliar carpintería |
|
IV |
023 |
Maestro/a gaitero/a |
|
IV |
024 |
Sastre/a |
|
IV |
025 |
Cargador/a. Tramoyista |
|
IV |
031 |
Peón/a caminero/a |
|
IV |
034 |
Ayudante/a restauración y proyección cinematográfica |
|
IV |
039 |
Auxiliar de autopsia |
|
V |
003-02 |
Resolución de 26.6.2018 (DOG núm. 122, de 27 de junio). Ordenanza. Celador/a. Vigilante de oficinas. Vigilante nocturno/a. Vigilante. Subalterno/a. Portero/a. Recepcionista. Telefonista. Sereno/a. Guarda. Guarda jurado |
|
V |
008 |
Peón/a agrario/a |
|
V |
10D |
Socorrista |
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V |
10F |
Peón/a forestal |
Grupos y categorías del personal laboral
De los servicios de prevención y defensa
contra incendios forestales
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Grupo |
Categoría |
Denominación |
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I |
038 |
Técnico/a superior defensa contra incendios forestales |
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II |
039 |
Técnico/a forestal defensa contra incendios forestales |
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IV |
032 |
Operador/a codificador/a de datos de defensa contra incendios forestales |
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IV |
037 |
Oficial/a 2ª mecánico máquinas defensa contra incendios forestales |
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V |
10A |
Vigilante móvil defensa contra incendios forestales |
ANEXO V
Listas de categorías de persoal laboral en las que no estará disponible la solicitud por estar previsto su cierre
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Grupo |
Categoría |
Denominación |
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II |
008 |
Director/a de guardería infantil |
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II |
040 |
Maestro/a especialista en educación infantil |
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III |
006 |
Jefe/a de servicios técnicos. Encargado/a de mantenimiento. Conservador/a de edificios. Encargado/a oficios varios mantenimiento. Jefe/a de taller. Encargado/a de trabajos. Especialista de oficios |
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III |
011 |
Encargado/a agrario/a |
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III |
014 |
Jefe/a de cocina |
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III |
017 |
Analista de laboratorio |
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III |
023 |
Celador/a de carreteras. Capataz de brigada |
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III |
049 |
Agente auxiliar inspección transportes |
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III |
060 |
Auxiliar técnico/a de obra. Auxiliar técnico/a obra TIE |
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III |
063 |
Oficial/a 1ª conductor/a. Conductores/as 1ª. Conductores/as altos cargos. Conductor/a mecánico/a |
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III |
064 |
Oficial/a 1ª tractorista. Tractorista. Operador/a maquinaria pesada |
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III |
065 |
Oficial/a 1ª cocina. Oficial 1ª cocinero/a. Jefe/a cocina. Cocinero/a 1ª |
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III |
067 |
Capataz de obras. Capataz cuadrilla. Jefe/a equipo. Oficial 1ª obra COTOP. Capataz |
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III |
068 |
Oficial/a 1ª agrario. Capataz agrario |
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III |
069 |
Oficial/a servicios técnicos. Oficial 1ª mantenimiento. Oficial 1ª oficios varios. Oficial de primera |
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III |
080 |
Capataz de establecimiento |
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III |
090 |
Animador/a sociocultural |
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IV |
004 |
Auxiliar hogar. Cuidador/a auxiliar. Auxiliar cuidador/a. Auxiliar de internado |
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IV |
005 |
Oficial/a 2ª cocina. Cocinero/a oficial 2ª |
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IV |
006 |
Ayudante/a servicios técnicos. Oficial/a 2ª mantenimiento |
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IV |
009 |
Oficial/a 2ª agrario/a |
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IV |
011 |
Auxiliar de laboratorio |
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IV |
016 |
Conductor/a |
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IV |
035 |
Auxiliar de archivos y bibliotecas |
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IV |
036 |
Auxiliar de museos |
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V |
009 |
Celador/a de segunda. Vigilante de recursos naturales |
