DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 44 Miércoles, 5 de marzo de 2025 Pág. 15673

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda y Administración Pública

RESOLUCIÓN de 19 de febrero de 2024, del tribunal encargado de calificar el proceso selectivo para el ingreso, por el turno de acceso libre y de promoción interna, en el cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C2, escala auxiliar de archivos, bibliotecas y museos, especialidad de archivos y bibliotecas, convocado mediante la Resolución de 15 de noviembre de 2023 (Diario Oficial de Galicia número 221, de 21 de noviembre), por la que se da publicidad a diversos acuerdos.

El tribunal nombrado por la Resolución de 16 de noviembre de 2024 (Diario Oficial de Galicia núm. 208, de 28 de octubre) para calificar el proceso selectivo para el ingreso, por el turno de acceso libre y de promoción interna, en el cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C2, escala auxiliar de archivos, bibliotecas y museos, especialidad de archivos y bibliotecas,

ACORDÓ:

Primero. En sesión que tuvo lugar el 19 de febrero de 2024, al amparo de lo previsto en la base II.1.2.7 de la convocatoria, después de revisar las reclamaciones presentadas contra el primer ejercicio de este proceso selectivo realizado el 14 de diciembre de 2024, y atendiendo a la correlación entre preguntas anuladas y preguntas de reserva prevista en la base II.1.1.1:

Para el turno de acceso libre:

– Estimar la impugnación y anular las preguntas número 27 y 37 de la primera parte del primer ejercicio, que corresponde a la parte específica del programa. Como consecuencia, se acuerda sustituir dichas preguntas por las preguntas de reserva 123 y 124 (primera y segunda preguntas de reserva de la parte específica), respectivamente.

– Estimar la impugnación a la pregunta número 108 de la segunda parte del primer ejercicio del turno de acceso libre, cambiando la respuesta considerada como correcta, que pasa a ser la opción a).

Para el turno de promoción interna:

Estimar la impugnación y anular las preguntas número 5, 7 y 17 de la primera parte del primer ejercicio. Como consecuencia, se acuerda sustituir dichas preguntas por las preguntas de reserva 101, 102 y 103, respectivamente.

Estimar la impugnación a la pregunta número 88 de la segunda parte del primer ejercicio del turno de acceso libre, cambiando la respuesta considerada como correcta, que pasa a ser la opción a).

Segundo. Desestimar en su totalidad las restantes reclamaciones y alegaciones presentadas.

Tercero. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1.1.1 de la convocatoria, el ejercicio se calificará de 0 a 100 puntos y, para superarlo, será necesario obtener un mínimo de cincuenta (50) puntos. A estos efectos, en los criterios de corrección, valoración y superación del primer ejercicio aprobados por el tribunal en la sesión del día 5 de diciembre de 2024, en cumplimiento de la potestad de determinación del criterio de superación del ejercicio, y publicados en el portal web de la Xunta de Galicia funcionpublica.xunta.gal, se estableció que, en el acceso por el turno de promoción interna, superarían el primer ejercicio las personas aspirantes presentadas que alcancen en cada una de las partes el 50 % de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes.

En el turno libre, superarán este ejercicio aquellas que obtengan las mejores puntuaciones, hasta completar el número máximo de cuarenta y cuatro (44) personas, siempre que alcancen, en cada una de las partes, el mínimo del 50 % de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes.

Todas las personas aspirantes con idéntica puntuación a aquella persona aprobada que marque el corte se consideran igualmente aprobadas aunque se supere el número de aspirantes antes indicado (44).

Se asignará una puntuación de 50 puntos en el ejercicio a las personas aspirantes que obtengan una nota equivalente a la nota de corte fijada. El resto de personas aptas tendrán una calificación distribuida entre los 50 y 100 puntos, proporcional al número de respuestas correctas. Del mismo modo se asignará la puntuación proporcional que corresponda a las personas aspirantes declaradas no aptas.

Teniendo en cuenta lo anterior, y realizada la corrección en esta misma sesión, en el turno de promoción interna alcanzaron la puntuación mínima de 50 puntos un total de siete (7) aspirantes y se fijó en cincuenta (50) el número de respuestas correctas para obtener dicha puntuación, una vez hechas las deducciones previstas en la base II.1.1.1 de la convocatoria.

En el turno de acceso libre alcanzaron la puntuación mínima de 50 puntos un total de cuarenta y cinco (45) aspirantes (teniendo en cuenta el empate de puntuación entre los aspirantes número 44 y 45), y se fijó en ochenta y seis (86) el número de respuestas correctas para obtener dicha puntuación, una vez hechas las deducciones previstas en la base II.1.1.1 de la convocatoria.

Cuarto. Publicar en el portal web corporativo de la Xunta de Galicia, funcionpublica.xunta.gal los resultados obtenidos por las personas aspirantes que se presentaron al primer ejercicio del proceso selectivo por los turnos de promoción interna y acceso libre.

Quinto. De acuerdo con lo dispuesto en la base II.1.2.8 de la convocatoria, las personas aspirantes podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas con relación a las puntuaciones, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de este acuerdo en el Diario Oficial de Galicia.

Sexto. De conformidad con la base II.1.1.2, respecto al segundo ejercicio, estarán exentas de su realización las personas aspirantes que acrediten, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de este acuerdo en el Diario Oficial de Galicia, poseer el Celga 3 o el título equivalente debidamente homologado, de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden de 16 de julio de 2007 por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG núm. 146, de 30 de julio), modificada por la Orden de 10 de febrero de 2014 (DOG núm. 34, de 19 de febrero). No tendrá que presentar la documentación justificativa de exención quien ya haya acreditado la posesión del Celga 3 o el título equivalente debidamente homologado y así conste en la lista de personas aspirantes publicada, con esta resolución, por la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal

Séptimo. Según lo dispuesto en la base III.13 de la orden de convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Hacienda y Administración Pública, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 19 de febrero de 2025

Mª del Carmen Calviño Rodríguez
Presidenta del tribunal