DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 44 Miércoles, 5 de marzo de 2025 Pág. 15720

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2025, del Departamento Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Rianxo (expediente IN407A 2024/102-1).

Expediente: IN407A 2024/102-1.

Promotor: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Instalación: LMT, CTC y RBTS O Castriño.

Ayuntamiento: Rianxo.

Hechos:

1. El día 22 de marzo de 2024, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública del proyecto de ejecución de la mencionada instalación de distribución eléctrica, con objeto de mejorar la calidad del suministro eléctrico en el lugar de O Castriño.

Presentan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto junto con la relación de bienes y derechos afectados de necesaria ocupación para la construcción de la línea, conforme establecen los artículos 123 y 143 del Real decreto 1955/2000, y que comprende los siguientes documentos:

– Proyecto de ejecución denominado: LMT, CTC y RBTS O Castriño (Rianxo), firmado el 19 de febrero de 2024 por Antonio Javier Sabín Vázquez, ingeniero técnico industrial eléctrico, con número de colegiado 2.233.

2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante un Acuerdo de 12 de julio de 2024, publicado en los siguientes medios:

– Portal de Transparencia y Gobierno abierto de la Consellería de Economía e Industria.

– DOG: 12 de agosto de 2024, con número 155.

– BOP: 24 de julio de 2024, con número 142.

– Diario La Voz de Galicia: 26 de julio de 2024.

– Tablón de anuncios del Ayuntamiento: se solicitó la certificación municipal de exposición pública al Ayuntamiento de Rianxo en fecha 12 de julio de 2024 y, hecha la reiteración a este organismo el 2 de octubre de 2024, no se tuvo contestación del ayuntamiento a fecha de esta resolución.

3. Durante el período en el que se sometió el proyecto al trámite de información pública no se presentó ninguna alegación, reclamación o sugerencia relacionada con la documentación objeto de publicación.

4. Conforme el artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dio traslado a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas de una separata del proyecto, en la parte en que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo, que contiene las características de la instalación y la documentación cartográfica correspondiente. Se les solicitó el preceptivo informe a Augas de Galicia (Zona Hidrográfica Galicia Norte), Departamento Territorial de la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático de A Coruña; al Servicio del Patrimonio Cultural, Departamento Territorial de la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud de A Coruña, y al Ayuntamiento de Rianxo. La empresa promotora manifestó su conformidad con los condicionados establecidos por los organismos afectados.

5. Con fecha 5 de febrero de 2025 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas.

El director territorial es competente para resolver este expediente según el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1.2.2017), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG núm. 101, de 27.5.2024).

Legislación de aplicación:

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE núm. 68, de 19 de marzo).

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE núm. 139, de 9 de junio).

– Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (BOE núm. 224, de 18 de septiembre).

– Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de industria, energía y minas (BOE núm. 246, de 14 de octubre).

– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

– Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).

3. Características técnicas.

Las instalaciones de alta tensión objeto de este expediente están situadas en el lugar de O Castriño, parroquia de Taragoña (San Salvador), en el ayuntamiento de Rianxo.

– Nuevo centro de transformador de tipo prefabricado rural de 100 kVA, maniobra exterior con envolvente de hormigón, con acceso desde vía pública.

– Para la ejecución del entronque con la línea LMTA BOI808, se sustituye el apoyo nº 52 existente de tipo HV S-AL 13/400B1-CS por un nuevo apoyo de celosía metálica de tipo C 16/2000-H35-CA, con interruptor-seccionador TC. El cantón de línea existente que se reforma tiene su origen en el apoyo nº 49 y finaliza en el apoyo nº 53 de la LMTA BOI808, y la longitud de este tramo de línea que se retensa es de 494 metros.

– El nuevo centro de transformación se alimenta mediante un nuevo tramo de línea de media tensión subterránea en conductor de tipo RHZ1-2 OL-12/20 kV 3 (1×150) mm² Al, canalizado en zanja de dimensiones de 0,40 metros de ancho y entre 1,00 y 1,40 m de profundidad, alojado en tubo de polipropileno de 160 mm de diámetro, instalándose tubos de reserva. El tramo de línea tiene su inicio en el paso de aéreo a soterrado a realizar en el nuevo apoyo nº 52 de tipo C-16/2000-H35-CA de la LMTA, en el que se instalan pararrayos autoválvulas de 24 kV/10 kA y un interruptor-seccionador TC, finalizando en el nuevo centro de transformación. La longitud total de la LMTS es de 548 metros.

4. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública para la mencionada instalación de distribución eléctrica.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de dos años, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. En todo caso, deberán respetarse los plazos establecidos en el artículo 13.9 del Reglamento (UE) 2024/573 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de febrero de 2024, sobre los gases fluorados de efecto invernadero, por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937 y se deroga el Reglamento (UE) nº 517/2014 (DOUE núm. 573, de 20 de febrero), sobre prohibiciones para la puesta en funcionamiento de aparamenta eléctrica que emplee gases fluorados de efecto invernadero, o cuyo funcionamiento dependa de ellos, en un medio aislante o de rotura.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud a la que se adjuntará la siguiente documentación:

– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento y las certificaciones u homologaciones, si procede.

– Un certificado del/de la director/a del montaje en que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y de las prescripciones complementarias, si las hubiera, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

– Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo a la ordenación do territorio y al medio ambiente.

El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta resolución o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, después de audiencia al interesado, según lo establecido en el artículo 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.

A Coruña, 12 de febrero de 2025

Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña

ANEXO

Expediente: IN407A 2024/102-1.

LMT, CTC y RBTS O Castriño.

Relación de bienes y derechos afectados-ayuntamiento de Rianxo.

Finca

proyecto

Persona

propietaria/titular

Referencia catastral

Paraje

Afección de suelo pleno dominio

Afección de suelo por servidumbre de paso de energía eléctrica

Naturaleza del terreno

Apoyo núm.

Superficie (m²)

ml. aér.

ml. sot.

m² aér.

m² sot.

1

José Fulgencio Nine

15073A066003880000FB

Agro do Muíño

52

2.0

3.0

8.0

Prado

2

Desconocida/o

4545018NH1244N0001FY

Rúa Castriño, 4

Centro de transformación

35.0

5.0

14.0

Labor

Abreviaciones:

ml aér.: longitud de la servidumbre aérea en metros lineales.

ml sot.: longitud de la servidumbre soterrada en metros lineales.

m² aér.: superficie de servidumbre aérea en m².

m² sot.: superficie de servidumbre soterrada en m².