DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 47 Lunes, 10 de marzo de 2025 Pág. 16410

III. Otras disposiciones

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración

RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2025, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes de la Resolución de 15 de enero de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras del programa Escuelas Abiertas para entidades gallegas del exterior y se procede a su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento PR923E).

Mediante la Resolución de 15 de enero de 2025 (DOG núm. 27, de 10 de febrero) se regularon y se convocaron las subvenciones correspondientes al programa Escuelas Abiertas para entidades gallegas del exterior para el ejercicio 2025.

En el artículo 7 de dicha resolución se establece un plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia, para la presentación de solicitudes, plazo que finaliza el próximo día 10 de marzo.

Las especiales circunstancias sociopolíticas y económicas concurrentes actualmente en los países donde reside la mayoría de las personas de la colectividad gallega en el exterior están provocando grandes dificultades a esas personas para poder reunir la documentación necesaria y para la presentación de sus solicitudes.

El artículo 4.2 de la resolución estable la no realización de los talleres que no alcancen un número mínimo de ocho solicitudes.

Así, a falta de pocos días para que finalice el plazo de presentación de solicitudes, el número de solicitudes presentadas que cumplen los requisitos es insuficiente para poder llevar a cabo el programa.

Por tanto, teniendo en cuenta esas circunstancias, resulta aconsejable ampliar el plazo de presentación de solicitudes, lo cual no perjudica a derechos de terceras personas.

Con carácter general, el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPACAP), prevé la posibilidad de que la Administración pueda conceder una ampliación de los plazos establecidos si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudica a derechos de terceras personas, por un período que no exceda de la mitad de dichos plazos. Los acuerdos sobre ampliación no serán susceptibles de recurso.

Por todo lo cual, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la LPACAP y el resto de la normativa aplicable,

RESUELVO:

Artículo único. Ampliación del plazo de presentación de solicitudes

Ampliar el plazo de presentación de solicitudes previsto en el artículo 7 de la Resolución de 15 de enero de 2025, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se establecen las bases reguladoras del programa Escuelas Abiertas para entidades gallegas del exterior y se procede a su convocatoria para el año 2025, hasta el 25 de marzo de 2025 incluido.

Santiago de Compostela, 7 de marzo de 2025

Antonio Rodríguez Miranda
Secretario general de la Emigración