En sesiones que tuvieron lugar los días 15, 16, 17, 20, 21, 22 y 23 de enero de 2025, el tribunal nombrado por la Resolución de 16 de octubre de 2024 (DOG núm. 208, de 28 de octubre) para calificar el proceso selectivo para el ingreso, por el turno de acceso libre y de promoción interna, en el cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C2, escala auxiliar de recursos naturales y forestales, especialidad de oficial,
ACORDÓ:
Primero. Al amparo de lo previsto en la base II.1.2.7 de la convocatoria, tras revisar las reclamaciones presentadas contra el primer ejercicio de este proceso selectivo, realizado el 15 de diciembre de 2024, anular las preguntas número 7 y 110 en el examen del turno de acceso libre. En consecuencia, pasan a ser sustituidas por las preguntas de reserva número 121 y 126, respectivamente.
Del mismo modo, se anula la pregunta número 90 en el examen del turno de promoción interna, que pasa a ser sustituida por la pregunta de reserva 104.
Segundo. Desestimar en su totalidad las restantes reclamaciones y alegaciones presentadas.
Tercero. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1.1.1 de la convocatoria, el primer ejercicio se calificará de 0 a 100 puntos y para superarlo será necesario obtener un mínimo de 50 puntos. A estos efectos, en los criterios de corrección, valoración y superación de este ejercicio acordados por el tribunal en la sesión de 21 de noviembre de 2024, se estableció que, en el acceso por el turno de promoción interna, superarán el ejercicio las personas aspirantes que alcancen en cada una de las partes el 50 % de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes.
No obstante, de darse el caso de que el número de aspirantes que alcancen en cada una de las partes el 50 % de las respuestas netas sea inferior al número de plazas convocadas por este turno, superarán el ejercicio las personas aspirantes que alcancen, en cada una de las partes, el mínimo del 40 % de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes. Las plazas no cubiertas por este turno se acumularán a las de acceso libre.
En el acceso libre, superarán este ejercicio las personas aspirantes que tengan las mejores puntuaciones hasta completar el número máximo de personas aspirantes determinado por el resultado de multiplicar por cuatro (4) el número de plazas convocadas por este turno siempre que alcancen, en cada una de las partes, el mínimo del 50 % de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes.
No obstante, de darse el caso de que el número de aspirantes que alcancen en cada una de las partes el mínimo del 50 % de las respuestas netas sea inferior al resultado de multiplicar por cuatro el número de plazas convocadas, superarán el ejercicio las personas aspirantes que tengan las mejores puntuaciones, hasta alcanzar dicha cifra, siempre que obtuvieran, en cada una de las partes, el mínimo del 40 % de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes.
Realizada la corrección en la sesión que tuvo lugar el 14 de marzo de 2025, el número de personas aspirantes en el turno de promoción interna que alcanzaron, en cada una de las partes, el mínimo del 50 % de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos, no alcanzó el número de plazas convocadas (4). Por tanto, aplicado el criterio subsidiario que establece la superación del ejercicio por las personas aspirantes que alcancen, en cada una de las partes del ejercicio, el mínimo del 40 % de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes, alcanzaron la puntuación mínima de cincuenta (50) puntos un total de 2 personas aspirantes; se fijó en 40 el número de respuestas correctas necesarias para alcanzar dicha puntuación, una vez hechos los descuentos previstos en la base II.1.1 de la convocatoria.
En el turno de acceso libre, el número de personas aspirantes que obtuvieron, en cada una de las partes, el mínimo do 50 % de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos, no alcanzó el número máximo determinado por el resultado de multiplicar por cuatro (4) el número de plazas convocadas teniendo en cuenta las plazas no cubiertas por el turno de promoción interna (14). Por tanto, aplicado el criterio subsidiario que establece la superación del ejercicio por las personas aspirantes que tengan las mejores notas, siempre que alcancen, en cada una de las partes del ejercicio, el mínimo del 40 % de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes, alcanzaron la puntuación mínima de cincuenta (50) puntos un total de 56 personas aspirantes; se fijó en 68,75 el número de respuestas correctas necesarias para alcanzar dicha puntuación, una vez hechos los descuentos previstos en la base II.1.1 de la convocatoria.
Cuarto. Publicar las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes presentadas a la prueba realizada el día 15 de diciembre de 2024, correspondiente al primer ejercicio de la fase de oposición del proceso selectivo para el ingreso, por el turno de acceso libre y de promoción interna, en el cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C2, escala auxiliar de recursos naturales y forestales, especialidad de oficial, convocado por la Resolución de 16 de noviembre de 2023 (DOG núm. 221, de 21 de noviembre), en el portal web de la Xunta de Galicia funcionpublica.xunta.gal
Quinto. De acuerdo con lo dispuesto en la base II.1.2.7 de la convocatoria, las personas aspirantes podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas con relación a las puntuaciones, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. Su presentación se realizará a través de la aplicación Fides (https://fides.xunta.gal).
Sexto. De conformidad con la base II.1.1.2, respecto al segundo ejercicio, estarán exentas de su realización las personas aspirantes que acrediten, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de Galicia, estar en posesión del Celga 3 o del título equivalente debidamente homologado, de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden de 16 de julio de 2007 por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG núm. 146, de 30 de julio), modificada por la Orden de 10 de febrero de 2014 (DOG núm. 34, de 19 de febrero). No tendrá que presentar la documentación justificativa de exención quien ya tenga acreditada la posesión del Celga 3 o del título equivalente debidamente homologado y así conste en el listado de personas aspirantes publicado, con esta resolución, por la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal
Séptimo. De conformidad con lo dispuesto en la base III.13 de la Resolución de 16 de noviembre de 2023 por la que se convoca el proceso selectivo, contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la consellería competente en materia de función pública, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 17 de marzo de 2025
Bran Casal Pereira
Presidente del tribunal
