A efectos de dar cumplimiento a lo solicitado por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, en relación con el procedimiento ordinario 4051/2025, interpuesto por la persona con DNI 44476924F, contra la resolución desestimatoria dictada por la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística en el recurso de reposición el 3.12.2024, interpuesto contra otra de 28.7.2023, expediente OUR/15/2020-RP1, en la que se declara que las obras ejecutadas en suelo rústico, consistentes en la construcción de una edificación de tipología residencial, ejecutada en planta baja, con cierres de ladrillo cerámico enfoscados sin pintar y cubierta resuelta a un agua con cubierta de teja sobre estructura de madera, con una chimenea y antena instalada, y un pequeño sótano, sin vinculación a una explotación agrícola o ganadera, emplazada en la parcela con referencia catastral 32900A200000700000TR, en el lugar de Rozo de Arriba, Santa Uxía de Piñor, ayuntamiento de Ourense, non son legalizables por ser incompatibles con el ordenamiento urbanístico, y ordena la demolición de las obras, la reposición de los terrenos afectados al estado anterior al inicio de las obras, así como el cese definitivo de los usos a los que diesen lugar, esta dirección resolvió ordenar la remisión del correspondiente expediente al Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2.
Al no poder realizarse la notificación personal del emplazamiento, mediante la presente cédula (que al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se le notifica por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado) se emplaza a la persona con DNI 34902014C para que pueda personarse como interesada en los autos en el plazo de nueve días, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 20 de marzo de 2025
Victoria Núñez López
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística
