BDNS (Identif.): 825192.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/825192
Primero. Entidades beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas viticultoras cuyos viñedos se destinen a la producción de uva para vinificación y que cumplan con la normativa vigente en materia de plantaciones de viñedo, para todas las superficies de viñedo de su explotación y con las disposiciones relativas a las declaraciones obligatorias del sector vitivinícola.
Segundo. Objeto
Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas en régimen de concurrencia competitiva para la intervención de cosecha en verde del viñedo de Galicia.
Tercero. Operaciones subvencionables
La ayuda a la cosecha en verde se concederá para la acción de vendimia manual y consistirá en la destrucción o eliminación total de los racimos de uvas de viñedos que se destinen a la producción de uva para vinificación y que cumplan con la normativa vigente de plantaciones de viñedo, cuando aún están inmaduros, de manera que se reduzca la cero el rendimiento de la parcela, sin que puedan existir uvas sin vendimiar en la parcela de viñedo objeto de la ayuda.
Cuarto. Bases reguladoras
Orden de 4 de abril de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la cosecha en verde de viñedo en Galicia y se convocan para el año 2025 (código de procedimiento MR446C).
Quinto. Cuantía de las ayudas
La ayuda consistirá en una compensación a las personas viticultoras por la pérdida de ingresos debida a la ejecución de la operación y en una contribución a los costes incurridos en dicha operación.
La compensación por la pérdida de ingresos consistirá en una compensación económica del 50 % al resultado del producto de:
a) Rendimiento medio de la parcela objeto de la ayuda considerando para su cálculo la media aritmética de las tres últimas campañas vitícolas. En caso de que este rendimiento medio supere el rendimiento medio obtenido del informe de la vendimia de la denominación de origen, el rendimiento medio a aplicar estará limitado por el informe de la vendimia.
b) Valor medio de la uva. El valor medio de la uva para esta convocatoria es de 1,17 €/kg, que provine del precio medio de la uva de las últimas tres campañas de las que se dispone de datos (2021, 2022 y 2023).
La contribución por los costes incurridos será el resultado de aplicar el porcentaje del 50 % al coste unitario correspondiente.
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Baremos estándar de costes unitarios |
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Vendimia manual mediante contribución en especie |
Vendimia manual mediante contratación externa o personal asalariado |
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1.547,57 €/ha |
2.499,78 €/ha |
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de solicitudes se inicia el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia y finaliza el 25 de abril 2025.
Santiago de Compostela, 4 de abril de 2025
María José Gómez Rodríguez
Conselleira del Medio Rural
