En sesión que tuvo lugar el 21 de marzo de 2025, el tribunal nombrado por la Resolución de 10 de diciembre de 2024 (DOG núm. 241, de 16 de diciembre) para calificar el proceso selectivo para el ingreso, por el turno de acceso libre y de promoción interna, en el cuerpo de ayudantes de carácter facultativo de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C1, escala técnica de análisis de laboratorio, convocado mediante la Resolución de 16 de noviembre de 2023 (DOG núm. 221, de 21 de noviembre),
ACORDÓ:
Primero. De acuerdo con lo previsto en la base II.1.2.7 de la convocatoria, anular las preguntas siguientes:
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Turno libre |
Promoción interna |
Motivo de la anulación |
Pregunta que sustituye |
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Libre |
P.I. |
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12 |
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Error en el enunciado de la pregunta |
141 |
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19 |
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Norma derogada |
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20 |
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Norma derogada |
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21 |
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Norma derogada |
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41 |
16 |
Error en el enunciado de la pregunta |
142 |
116 |
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57 |
32 |
Error en el enunciado de la pregunta |
143 |
117 |
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79 |
54 |
Error en el enunciado de la pregunta |
144 |
118 |
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116 |
91 |
Error en el enunciado de la pregunta |
149 |
123 |
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148 |
122 |
Error en el enunciado de la pregunta |
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Se anulan, por tanto, las preguntas de la parte común del programa núm. 12 (que se sustituye por la pregunta de reserva núm. 141), así como las núm. 19, 20 y 21. Al no existir más preguntas de reserva de esta parte, estas tres últimas no tendrán sustitución y la primera parte del examen, que constaba de un total de 90 preguntas, se computará sobre 87 preguntas.
Por otra parte, se anulan también las preguntas del turno de acceso libre núm. 41, 57, 79 y 116 (que serán sustituidas por las preguntas de reserva núm. 142, 143, 144 y 149). Asimismo, se anula la pregunta de reserva núm. 148. Por lo que respecta al turno de promoción interna, las preguntas anuladas son las núm. 16, 32, 54 y 91 (sustituidas por las núm. 116, 117, 118 y 123), así como la pregunta de reserva 122.
Se estiman, por tanto, las alegaciones presentadas contra las preguntas señaladas anteriormente. El resto de las alegaciones se desestima en su totalidad.
Segundo. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1.1 de la convocatoria, y de acuerdo con los criterios de corrección publicados, una vez hecha la corrección, el número de aspirantes que alcanzan en cada una de las partes el 50 % de las respuestas correctas es inferior al número de plazas convocadas multiplicado por cuatro, por lo que se vuelve a hacer la corrección con un mínimo del 40 % de las respuestas correctas, una vez realizados los descuentos correspondientes. Realizada esta nueva corrección, superan el ejercicio en el turno libre un total de treinta y seis (36) personas aspirantes, que obtuvieron una puntuación mínima de 50 puntos, y se fija en 67,25 el número de respuestas correctas necesarias para conseguir dicha puntuación, una vez hechas las deducciones previstas en la base II.1.1 de la convocatoria.
Por lo que respecta al turno de promoción interna, superan el ejercicio tres (3) personas, que obtuvieron una puntuación mínima de 50 puntos, y se fija en 57,50 el número de respuestas correctas necesarias para conseguir dicha puntuación, una vez hechas las deducciones previstas en la base II.1.1 de la convocatoria.
Tercero. Publicar las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes que superaron el primer ejercicio del proceso selectivo de acceso libre y de promoción interna para el ingreso en el cuerpo de ayudantes de carácter facultativo de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C1, escala técnica de análisis de laboratorio, en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal, así como la relación de las que no alcanzaron los mínimos establecidos en la base II.1.1 de la convocatoria.
Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en la base II.1.2.8 de la convocatoria, las personas aspirantes podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas con relación a las puntuaciones, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Quinto. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1.1.2, respecto al segundo ejercicio, estarán exentas de su realización las personas aspirantes que acrediten, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de Galicia, poseer el Celga 4 o el título equivalente debidamente homologado, de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden de 16 de julio de 2007 por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG núm. 146, de 30 de julio), modificada por la Orden de 10 de febrero de 2014 (DOG núm. 34, de 19 de febrero). No tendrá que presentar la documentación justificativa de exención quien ya haya acreditado la posesión del Celga 4 o del título equivalente debidamente homologado y así conste en la lista de personas aspirantes publicada, con esta resolución, por la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal
Sexto. De conformidad con lo dispuesto en la base III.13 de la resolución de convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Hacienda y Administración Pública, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 21 de marzo de 2025
María Polo Piñeiro
Presidenta del tribunal
