En la sesión celebrada el día 18.3.2025, el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por unanimidad, acordó aprobar los siguientes deslindes entre montes vecinales y proceder a las oportunas modificaciones en los expedientes correspondientes:
– El MVMC Queixadoiro (exp. 75/79), perteneciente a los vecinos de Queixadoiro, parroquia de Triacastela; MVMC Biduedo (exp. 79/79) perteneciente a los vecinos de Biduedo, de la parroquia de Lamas. Ambos montes en el ayuntamiento de Triacastela.
El 28.9.2022 fue presentada una solicitud relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Aportan el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y las certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.
Tras detectar un error en la asignación errónea de las coordenadas y trasladada esta información a las comunidades, el 27.1.2025 presentan un acta adicional conjunta en la que se hace constar el error detectado y la correcta relación de puntos con sus coordenadas bien asignadas. Procedimiento con número de expediente 2022_194.
El 6.2.2025 el Servicio de Montes emite un informe en el que se recogen las modificaciones que se producen a consecuencia del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
• MVMC Queixadoiro: 337,62 hectáreas.
• MVMC Biduedo: 91,88 hectáreas.
Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
Este deslinde se corresponde con el plano del anexo I, al final de este anuncio.
– El MVMC Xestaca y Grandavella (exp. 29/79), perteneciente a los vecinos de la parroquia de San Tomé de Recaré; MVMC Esculca, Barreira Moura, Cabaleiros y Rego do Madeiro (exp. 31/79), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Vilacampa. Ambos montes en el ayuntamiento de O Valadouro.
El 29.9.2022 fue presentada una solicitud relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Aportan el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y las certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas. La solicitud fue emendada el 11.12.2022. Procedimiento con número de expediente 2022_241.
El 20.2.2025 el Servicio de Montes emite un informe en el que se recogen las modificaciones que se producen a consecuencia del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
• MVMC Xestaca y Grandavella: 282 hectáreas. Esta modificación tiene en cuenta la revisión de croquis acordada en el procedimiento 2022_102.
• MVMC Esculca, Barreira Moura, Cabaleiros y Rego do Madeiro: 993 hectáreas.
Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
Este deslinde se corresponde con el plano del anexo II, al final de este anuncio.
– El MVMC de Rubián (exp. 48/78-8/2015), perteneciente a los vecinos de la parroquia de San Fiz de Rubián; y MVMC Mexacas, Poste, Teso, Penedo, Serra de Rubián y Devesela (exp. 3/2009), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Santiago de Rubián. Ambos montes en el ayuntamiento de Bóveda.
El 29.9.2022 fue presentada una solicitud relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Aportan el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y las certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas. Procedimiento con número de expediente 2022_258.
El 24.9.2024, el Servicio de Montes emitió un informe en el que se recogen las modificaciones que se producen a consecuencia del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
• MVMC Rubián: 187,46 hectáreas.
• MVMC Mexacas, Poste, Teso, Penedo, Serra de Rubián y Devesela: 52,56 hectáreas.
Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
Este deslinde se corresponde con el plano del anexo III, al final de este anuncio.
– El MVMC Serra de Auga Levada (exp. 30/73), perteneciente a los vecinos de Castí, Freixeiro, San Pedro y Santa Andrea, de la parroquia Quintá do Lor, ayuntamiento de Quiroga; y MVMC Pedriñeira y Costa (exp. 49/75), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Vilachá, en el ayuntamiento de A Pobra do Brollón.
El 1.7.2024 fue presentada una solicitud relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Aportan el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y las certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas. Procedimiento con número de expediente 2024_36.
El 22.9.2024, el Servicio de Montes emitió un informe en el que se recogen las modificaciones que se producen a consecuencia del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
• MVMC Serra de Auga Levada: 483,24 hectáreas.
• MVMC Pedriñeira y Costa: 595,60 hectáreas.
Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
Este deslinde se corresponde con el plano del anexo IV, al final de este anuncio.
– MVMC Serra de Auga Levada (exp. 30/73), perteneciente a los vecinos de Castí, Freixeiro, San Pedro y Santa Andrea, de la parroquia Quintá do Lor, en el ayuntamiento de Quiroga; MVMC Liñares (exp. 47/75), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Liñares, en el ayuntamiento de A Pobra de Brollón.
El 1.7.2024 fue presentada una solicitud relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Aportan el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y las certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas. Procedimiento con número de expediente 2024_37.
El 22.9.2024, el Servicio de Montes emite un informe en el que se recogen las modificaciones que se producen a consecuencia del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
• MVMC Serra de Auga Levada: 481,73 hectáreas. Esta modificación tiene en cuenta el deslinde previo con el MVMC Pedriñeira y Costa 2024_36.
• MVMC Liñares: 245,72 hectáreas.
Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
Este deslinde se corresponde con el plano del anexo V, al final de este anuncio.
Contra estos acuerdos, desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Lugo, 4 de abril de 2025
María Olga Iglesias Fontal
Presidenta del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo
