Visto el expediente para el otorgamiento de las autorizaciones administrativas previa y de construcción de la instalación eléctrica que se describe a continuación, tal y como se recoge en el proyecto firmado el día 13.1.2025 por el ingeniero técnico industrial Antonio Javier Sabín Vázquez, colegiado núm. 2233 del Coeticor, quien acredita su habilitación y competencia mediante declaración responsable firmada en la fecha señalada.
Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Dirección: avenida San Luis, 77, 28033 Madrid.
Denominación: adecuación CT CCL XINZO-32CI89 y reforma LMT XIN805-XIN809-XIN812.
Situación: lugar de As Armadas, ayuntamiento de Xinzo da Limia.
Presupuesto: 120.473,09 €.
Características técnicas:
1. Adecuación del centro de transformación CCL XINZO-32CI89, con la sustitución de la aparamenta existente por un nuevo bloque de celdas modulares (3L+P+acoplamiento de barras) instalando nuevos cables puente entre las celdas y el transformador existente.
2. Sustitución, en la LMTA DC XIN805-XIN812, de los apoyos núm. D2 y núm. D3, del tipo HVH, por nuevos apoyos de celosía metálica del tipo C-16/7000 y C-16/4500 respectivamente.
3. Sustitución, en la LMTA XIN809, del apoyo núm. BIBIC91N, de celosía metálica, por un nuevo apoyo de celosía metálica del tipo C-14/4500.
4. Desmontaje, en la LMT DC XIN805-XIN812, del tramo existente entre el centro de transformación CCL XINZO-32CI89 y el apoyo núm. D3, con la retirada de 164 m de conductor LA-80.
5. Desmontaje, en la LMT XIN809, del tramo existente entre el centro de transformación CCL XINZO-32CI89 y el apoyo núm. 4, con la retirada de 167 m de conductor LA-110.
6. LMTS, DC, a 20 kV, de 282 m de longitud, en conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240 mm2) Al. Su origen estará en la celda de línea del centro de transformación CCL XINZO-32CI89 y en los empalmes a realizar en la LMTS existente en el entorno del centro de transformación CCL XINZO-32CI89 (punto H del plano «maniobras eléctricas proyectadas MT»). El final estará en el paso A/S a realizar en el apoyo proyectado núm. D2 de la LMTA DC XIN805-XIN812.
7. LMTS, a 20 kV, de 283 m de longitud, en conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240 mm2) Al. Su origen estará en los empalmes a realizar en la LMTS existente en el entorno del centro de transformación CCL XINZO-32CI89 (punto H del plano «maniobras eléctricas proyectadas MT») y el final en el paso A/S a realizar en el apoyo proyectado núm. BIBIC91N de la LMTA XIN809.
8. LMTA, DC, a 20 kV, de 64 m de longitud, en conductor LA-110, con origen en el apoyo proyectado núm. D2 de la LMTA DC XIN805-XIN812 y final en el apoyo proyectado núm. D3 de la LMTA DC XIN805-XIN812.
9. LMTA, a 20 kV, de 75 m de longitud, en conductor LA-110, con origen en el apoyo proyectado núm. BIBIC91N de la LMTA XIN809 y final en el apoyo existente núm. 4 de la LMTA XIN809.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria, de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), así como en la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero), este departamento territorial
RESUELVE:
Conceder las autorizaciones administrativas previa y de construcción a dicha instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes al proyecto arriba señalado y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten de aplicación y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
El plazo de puesta en marcha de la instalación que se autoriza será de seis meses, contado a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra la presente resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.
Ourense, 26 de marzo de 2025
Alicia María López Míguez
Directora territorial de Ourense
