De conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, se da publicidad a la Resolución de la Consellería de Sanidad, de 28 de marzo de 2025, por la que se encomienda a la empresa pública Tecnología y Servicios Agrarios, S.A., S.M.E., M.P. la coordinación y la recogida de muestras del Programa de vigilancia sanitaria de las zonas de baño de Galicia durante las temporadas 2025, 2026 y 2027.
– Objeto: coordinar y llevar a cabo las actividades necesarias para la ejecución de la recogida de muestras del Programa de vigilancia sanitaria de las zonas de baño de Galicia. Actividades:
a) La coordinación de equipos para asegurar la buena marcha del operativo y la comunicación necesaria con la Consellería de Sanidad.
b) La elaboración de los calendarios de recogida de aguas de baño.
c) La recogida de muestras establecidas en el calendario de control.
d) La entrega de muestras en el laboratorio para su posterior análisis.
e) La repetición de muestras si se supera en los parámetros microbiológicos analizados en los controles quinquenales el valor de 800 NMP/100 mL de Escherichia coli o de 500 NMP/100 mL de enterococos intestinales, o cuando se cumplan las siguientes condiciones: resultado no esperado en un muestreo, con base en el histórico del punto de muestra; condiciones meteorológicas desfavorables en los días del muestreo; y, cualquier otro hecho puntual que pueda ser enmendable y no repercuta en la calidad del agua de forma permanente.
f) Tratamiento y remisión de la información recogida con cada muestreo.
– Presupuesto: 648.438,87 euros, distribuido en tres anualidades de la siguiente manera:
– Temporada de 2025: 205.781,56 euros.
– Temporada de 2026: 226.511,02 euros.
– Temporada de 2027: 216.146,29 euros.
– Obligaciones económicas: se realizarán pagos parciales previa certificación de los trabajos realizados. El abono de los trabajos se realizará contra presentación de factura por la empresa y previa conformidad de la Dirección General de Salud Pública sobre su correcta realización.
– Naturaleza y alcance de la gestión encomendada: la encomienda tiene naturaleza de encargo a medio propio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47 y siguientes de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, y en el artículo 13 de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico. Tal condición de medio propio viene contemplada en el artículo 2 del Real decreto 69/2019, de 15 de febrero, por el que se desarrolla el régimen jurídico de la Empresa de Transformación Agraria, S.A., S.M.E., M.P. (Tragsa) y de su filial Tecnologías y Servicios Agrarios, S.A., S.M.E., M.P. (Tragsatec).
– Vigencia: la encomienda se desarrollará en tres campañas de muestreo con la siguiente duración cada una de ellas:
– Muestras 2025: entre el 2 de mayo y el 5 de octubre de 2025.
– Muestras 2026: entre el 2 de mayo y el 5 de octubre de 2026.
– Muestras 2027: entre el 2 de mayo y el 5 de octubre de 2027.
La encomienda podrá prorrogarse dos años más por acuerdo unánime de las partes, antes de la fecha en la que finalice su vigencia, siempre que exista crédito presupuestario suficiente.
Santiago de Compostela, 5 de abril de 2025
Antonio Gómez Caamaño
Conselleiro de Sanidad
