La Ley 1/2024, de 7 de junio, por la que se regulan las enseñanzas artísticas superiores y se establece la organización y equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales, dedica el capítulo III del título I a las enseñanzas artísticas superiores y señala en el artículo 7 los requisitos para el acceso a los estudios de grado en enseñanzas artísticas superiores. Según su disposición transitoria primera, sobre la aplicabilidad de la organización de las enseñanzas artísticas superiores prevista en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en tanto no se lleve a cabo el desarrollo reglamentario relativo a la ordenación de las enseñanzas previsto en el artículo 6.3, seguirá siendo de aplicación lo previsto en los artículos 54, 55, 56 y 57 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, con relación a la organización de estudios superiores de música y de danza, las enseñanzas de arte dramático, las enseñanzas de conservación y restauración de bienes culturales y los estudios superiores de artes plásticas y diseño, así como en la normativa de desarrollo. En atención a esta normativa, el acceso a los estudios de grado en las enseñanzas artísticas superiores está condicionado al cumplimiento del requisito de titulación y a haber superado una prueba específica de acceso para la enseñanza artística superior correspondiente, regulada por las administraciones educativas competentes.
Asimismo, los requisitos de acceso a los estudios de grado en enseñanzas artísticas superiores se señalan en los decretos que establecen los respectivos planes de estudios de las enseñanzas artísticas superiores en Galicia. El Decreto 179/2015, de 29 de octubre, establece el plan de estudios de las enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático en la Comunidad Autónoma de Galicia. El Decreto 174/2015, de 29 de octubre, establece el plan de estudios de las enseñanzas artísticas superiores de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, en las especialidades de bienes arqueológicos, escultura y pintura, en la Comunidad Autónoma de Galicia. El Decreto 172/2015, de 29 de octubre, establece el plan de estudios de las enseñanzas artísticas superiores de Diseño en la Comunidad Autónoma de Galicia, y el Decreto 41/2023, de 20 de abril, por el que se modifica el Decreto 172/2015, de 29 de octubre, establece nuevos itinerarios. El Decreto 163/2015, de 29 de octubre, establece el plan de estudios de las enseñanzas artísticas superiores de Música, en las especialidades de composición, interpretación, musicología y pedagogía, en la Comunidad Autónoma de Galicia, y el Decreto 171/2016, de 24 de noviembre, establece el plan de estudios de las enseñanzas artísticas superiores de Música, en las especialidades de dirección y producción y gestión, y amplía los anexos del plan de estudios correspondiente a la especialidad de interpretación, establecido en el Decreto 163/2015, de 29 de octubre, mediante la incorporación de nuevos itinerarios. Asimismo, dichos decretos establecen que la consellería competente en materia de educación, a través de la dirección general correspondiente, convocará, organizará, desarrollará y evaluará, con carácter anual, una prueba específica de acceso a estos estudios superiores.
Las órdenes de 21 de noviembre de 2016 por las que se regulan las ordenaciones de las distintas enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático, de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, de Diseño y de Música en la Comunidad Autónoma de Galicia, en desarrollo de sus decretos correspondientes, abordan en sus artículos 3, 4, 5, 7, 8 y 9, respectivamente, los requisitos generales para el acceso, la prueba específica de acceso, las características de esta prueba específica, la convocatoria de las pruebas de acceso, el acceso para aspirantes con discapacidad y el acceso para deportistas de alto rendimiento y/o nivel.
En aplicación de lo indicado en el apartado ocho de la disposición final segunda de la Ley 1/2024, de 7 de junio, se suprime el artículo 69.5 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, por lo que, en atención a lo indicado en la disposición transitoria quinta de la Ley 1/2024, de 7 de junio, quedan sin efecto los artículos 3.2 y 6 en lo relativo a la prueba que sustituye el requisito de titulación, de las órdenes de 21 de noviembre de 2016 por las que se regulan las ordenaciones de las distintas enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático, de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, de Diseño y de Música en la Comunidad Autónoma de Galicia. Según lo indicado en el artículo 7.3 de la Ley 1/2024, de 7 de junio, solo se contempla la realización de una prueba, de manera excepcional, para las personas que manifiesten una competencia o precocidad extraordinaria en la disciplina artística correspondiente, que hasta que no exista una nueva disposición reglamentaria, afecta solo al caso de menores de edad a partir de 16 años que opten al acceso a las enseñanzas artísticas superiores de música y de danza.
Por otra parte, el Decreto 89/2013, de 13 de junio, modificado por el Decreto 163/2024, de 24 de junio, fija los precios públicos correspondientes a los estudios conducentes a la obtención de los títulos oficiales en las enseñanzas de música y artes escénicas, de idiomas, deportivas, de conservación y restauración de bienes culturales y en los estudios superiores de diseño. Asimismo, la instrucción conjunta de la Agencia Tributaria de Galicia y de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa sobre la aplicación de precios públicos en las enseñanzas de régimen especial, de 5 de junio de 2015, establece el procedimiento para la gestión de lo establecido en el mencionado Decreto 89/2013, de 13 de junio.
Por todo lo expuesto, en virtud de las atribuciones que le fueron conferidas a esta dirección general por el Decreto 138/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional
RESUELVO:
Primero. Objeto
1. La presente resolución tiene por objeto convocar las pruebas de acceso a los estudios de grado en enseñanzas artísticas superiores de la Comunidad Autónoma de Galicia para el curso 2025/26 y dictar instrucciones sobre los aspectos organizativos y el desarrollo del procedimiento.
2. Al efecto de cumplir el apartado anterior, se dictan las instrucciones generales, se designan los tribunales y se publican los calendarios específicos para cada enseñanza artística superior en los siguientes anexos:
a) Anexo I: Enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático.
b) Anexo II: Enseñanzas artísticas superiores de Conservación y Restauración de Bienes Culturales.
c) Anexo III: Enseñanzas artísticas superiores de Diseño.
d) Anexo IV: Enseñanzas artísticas superiores de Música.
3. La oferta de plazas en cada centro de enseñanzas artísticas superiores será publicada a través del portal educativo (https://www.edu.xunta.gal) y de los tablones y páginas web de los centros educativos correspondientes.
Segundo. Condiciones de las personas aspirantes
1. Para acceder a los estudios de grado en enseñanzas artísticas superiores será preciso reunir los requisitos siguientes, conforme a lo establecido en el artículo 7 de la Ley 1/2024, de 7 de junio:
a) Estar en posesión del título de bachillerato, o de un título de enseñanzas artísticas superiores, título universitario o título de técnico superior, o de un título declarado equivalente u homologado a dichos títulos, o haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
b) Haber superado una prueba específica de acceso a la disciplina correspondiente, en la que se deberá demostrar que se poseen los conocimientos, capacidades, habilidades y aptitudes necesarias para cursar con aprovechamiento las enseñanzas.
La prueba de acceso se llevará a cabo para cada especialidad e itinerario, cuando proceda, ajustándose a lo dispuesto en el artículo 5 de las órdenes de 21 de noviembre de 2016, de las enseñanzas artísticas superiores correspondientes.
2. Situaciones específicas de alumnado que cursa bachillerato:
a) Aquellas personas que deseen realizar la prueba específica de acceso y tengan pendiente alguna de las materias del bachillerato podrán inscribirse en el procedimiento de acceso y admisión y realizar dicha prueba. En caso de superarla, podrán optar a la asignación de la plaza solicitada, una vez acrediten estar en condiciones para la obtención del título de bachillerato antes de la adjudicación de las plazas en la enseñanza artística superior correspondiente.
b) Las personas que estén pendientes del procedimiento de revisión en el centro, o de resolución del Departamento Territorial de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional, al respecto de reclamaciones de las calificaciones de materias de segundo curso de bachillerato o de las calificaciones en las materias pendientes de primer curso de bachillerato, deberán presentar, igualmente, la solicitud de inscripción para el acceso y admisión a las enseñanzas artísticas superiores en el plazo establecido en la presente resolución. De permitir el resultado de la reclamación la obtención del título de bachillerato, la persona aspirante podrá optar a la asignación de plaza, siempre que supere la prueba específica y aporte la documentación acreditativa de haber solicitado dicho título con anterioridad a la adjudicación de las plazas en la enseñanza artística superior correspondiente.
3. Acceso para aspirantes con discapacidad:
a) En cada centro de enseñanzas artísticas superiores de la Comunidad Autónoma de Galicia se reservará un 10 % de las plazas ofertadas en cada especialidad e itinerario, en su caso, para las personas aspirantes que superen la prueba específica de acceso y que acrediten el reconocimiento oficial de un grado de discapacidad igual o superior al 33 %. Las plazas reservadas para estas personas aspirantes que no puedan ser adjudicadas serán ofrecidas a las demás personas aspirantes según el orden que les corresponda.
b) Las personas aspirantes que presenten alguna discapacidad podrán requerir la adaptación para la realización de las pruebas de acceso, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de las órdenes de 21 de noviembre de 2016, de las enseñanzas artísticas superiores correspondientes. A este efecto, las personas aspirantes deberán presentar en el plazo de inscripción la documentación que acredite oficialmente su discapacidad y una solicitud de adaptación de los medios y condiciones de realización de la prueba de acceso que corresponda.
c) Corresponde al tribunal encargado de la organización, realización y calificación de cada prueba adoptar las medidas precisas y adaptar los medios y las condiciones de realización de la prueba, con el objeto de permitir que las personas aspirantes con discapacidad puedan realizar la prueba correspondiente en condiciones de igualdad con el resto de aspirantes.
4. Acceso para deportistas de alto rendimiento y/o nivel: En cada centro de la Comunidad Autónoma de Galicia en que se impartan enseñanzas artísticas superiores se reservarán adicionalmente las plazas necesarias en cada especialidad para el acceso de las personas aspirantes con la condición de deportista gallego de alto nivel y/o rendimiento que reúnan los requisitos académicos establecidos, con arreglo a lo indicado en el artículo 9 de las órdenes de 21 de noviembre de 2016, de las enseñanzas artísticas superiores correspondientes.
5. Acceso directo para personas en posesión del título de técnico superior de Artes Plásticas y Diseño en las enseñanzas artísticas superiores de Conservación y Restauración de Bienes Culturales y en las enseñanzas artísticas superiores de Diseño:
a) Podrá acceder a las enseñanzas artísticas superiores de Conservación y Restauración de Bienes Culturales y a las enseñanzas artísticas superiores de Diseño, sin necesidad de realizar la prueba específica de acceso, quien esté en posesión de un título de técnico superior de Artes Plásticas y Diseño.
b) Las personas aspirantes que opten por el acceso directo deberán formalizar, igualmente, su inscripción en el proceso de acceso y admisión, según el procedimiento y calendario establecidos en esta resolución.
c) En caso de que la persona aspirante esté pendiente de la evaluación del proyecto final o de la evaluación final de ciclo, para la obtención de un título de técnico superior de Artes Plásticas y Diseño en la convocatoria de junio del año académico 2024/25 y, en consecuencia, no disponga del título antes de finalizar el plazo de inscripción, deberá formalizar su inscripción para el acceso y admisión según el calendario establecido en esta resolución para la enseñanza artística superior correspondiente, y deberá presentar en el centro de inscripción, con anterioridad a la adjudicación de las plazas en la enseñanza artística superior concreta, la documentación acreditativa de haber solicitado dicho título.
6. Acceso para las personas aspirantes a las enseñanzas artísticas superiores de Música menores de edad a partir de 16 años que manifiesten precocidad: las personas aspirantes en esta situación podrán acceder a los estudios de grado en enseñanzas artísticas superiores de Música siempre que acrediten haber alcanado el desarrollo de las competencias clave previsto al finalizar el bachillerato, conforme a lo previsto en el capítulo IV del título I de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y en la normativa de desarrollo, según lo dispuesto en el artículo 7.3 de la Ley 1/2024, de 7 de junio.
Las personas aspirantes que cumplan esta condición deberán hacerlo constar en su inscripción y solicitar la realización de la correspondiente prueba acreditativa. A estos efectos, esta prueba será convocada con la debida antelación.
Tercero. Forma y plazo de presentación de solicitudes
1. Plazo de inscripción: el plazo de presentación de las solicitudes comprenderá desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta las fechas especificadas a continuación:
• En las enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático, el plazo terminará el 16 de junio de 2025.
• En las enseñanzas artísticas superiores de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, el plazo terminará el 6 de junio de 2025.
• En las enseñanzas artísticas superiores de Diseño, el plazo terminará el 6 de junio de 2025.
• En las enseñanzas artísticas superiores de Música, el plazo terminará el 23 de mayo de 2025.
2. Solicitudes de inscripción:
a) Con carácter general, las solicitudes se cumplimentarán de manera telemática a través del formulario disponible en https://www.edu.xunta.gal/eas y empleando el certificado digital o sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365). Las personas solicitantes que no posean nacionalidad española y no dispongan de documento nacional de identidad (DNI) o número de identidad extranjero (NIE) deberán acceder al formulario de inscripción directamente en las secretarías de los centros o en la página web de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional (https://www.edu.xunta.gal/).
b) Esta solicitud de inscripción será única y vinculante para el curso 2025/26, sin posibilidad de modificación una vez terminado el plazo de inscripción establecido en la presente resolución.
c) En el caso de las enseñanzas artísticas superiores de Diseño, en la solicitud de inscripción se deberá indicar la especialidad, e itinerario en su caso, que se desea cursar, así como la escuela de arte y superior de diseño a la que se aspira acceder, por orden de preferencia hasta un máximo de cuatro opciones. Igualmente, las personas aspirantes deberán señalar en esta solicitud el centro educativo en el que se seleccione realizar las pruebas específicas.
d) En el caso de las enseñanzas artísticas superiores de Música, en la solicitud de inscripción se deberá indicar la especialidad, e itinerario en su caso, que se desea cursar, así como el conservatorio al que se aspira acceder, por orden de preferencia. Con independencia del centro de entrega de la documentación para la inscripción, las pruebas específicas para cada especialidad e itinerario tendrán lugar en los centros detallados en el anexo IV de la presente resolución.
3. Formalización de la solicitud de inscripción: para completar el proceso de inscripción, las personas interesadas deberán presentar su solicitud, junto con la documentación requerida en cada caso, en el plazo establecido en el apartado 1 de este ordinal en los lugares siguientes:
• Para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático, a las enseñanzas artísticas superiores de Conservación y Restauración de Bienes Culturales y a las enseñanzas artísticas superiores de Diseño, las personas solicitantes deberán dirigirse a la secretaría del centro de enseñanzas artísticas superiores en que soliciten realizar la prueba específica de acceso. Las personas solicitantes que opten por turno de acceso directo a las enseñanzas artísticas superiores de Conservación y Restauración de Bienes Culturales y a las enseñanzas artísticas superiores de Diseño deberán dirigirse a las secretarías de los centros señalados en su solicitud de inscripción como primera opción para cursar estudios.
• Para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Música, las personas solicitantes deberán dirigirse a la secretaría del centro señalado en su solicitud de inscripción como primera opción para cursar estudios.
4. Los centros deberán exponer en sus tablones de anuncios y en sus páginas web la normativa reguladora de admisión del alumnado, así como el número de plazas ofertadas en cada especialidad e itinerario, cuando corresponda, y los calendarios del procedimiento de acceso y admisión.
5. Las personas aspirantes podrán presentar renuncia a su participación en este procedimiento en cualquiera de sus fases en el centro en que formalicen su solicitud de inscripción o por los medios telemáticos habilitados al efecto.
Cuarto. Documentación
Las personas solicitantes deberán presentar en el plazo de inscripción junto con la solicitud la siguiente documentación:
a) Copia de DNI, NIE o pasaporte.
b) Justificante del abono de los precios públicos según el Decreto 89/2013, de 13 de junio, conforme a uno de estos modelos oficiales, junto con los certificados de exención o reducción correspondiente, en su caso:
– Modelo E (autocopiativo en papel facilitado en las secretarías de los centros).
– Modelo AI.
– Modelos 730 y 731, generados electrónicamente en el portal de internet de la Agencia Tributaria de Galicia (https://ovt.atriga.gal).
El pago de los precios públicos correspondientes a las pruebas de acceso no podrá ser fraccionado.
c) Documentación justificativa del requisito de titulación. Las personas solicitantes deberán presentar al menos uno de los siguientes documentos:
• Título de bachillerato.
• Título de enseñanzas artísticas superiores.
• Título universitario.
• Título de técnico superior.
• Título declarado equivalente u homologado a los anteriores títulos.
• Certificación de haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
• Certificación académica del bachillerato con indicación de materias pendientes.
d) Documentación específica, según proceda:
• Documento acreditativo del grado de discapacidad y solicitud de adaptación de los medios y condiciones de realización de la prueba de acceso que corresponda.
• Documento acreditativo de la condición de deportista gallego de alto nivel y/o rendimiento.
• Título de técnico superior de Artes Plásticas y Diseño o documento que acredite el abono del depósito del correspondiente título, además de certificación académica, con expresión de la nota media del expediente en los términos indicados en los anexos II y III de esta resolución, según corresponda, solo para personas aspirantes que opten por turno de acceso directo en las enseñanzas artísticas superiores de Conservación y Restauración de Bienes Culturales y en las enseñanzas artísticas superiores de Diseño.
• Título profesional de música o documento que acredite el abono del depósito del correspondiente título, además de certificación académica, con indicación de la nota media del expediente en los términos indicados en el anexo IV de esta resolución, solo para personas aspirantes al acceso en las enseñanzas artísticas superiores de Música.
Quinto. Publicación de los listados
1. Concluido el plazo de presentación de solicitudes de inscripción en el proceso de acceso y admisión previsto para cada enseñanza artística superior, se publicará la relación provisional de personas inscritas admitidas y excluidas, con expresión en este último caso de las causas que motivaron la exclusión, y lugar de realización de la prueba específica. Dichos listados se expondrán en los tablones de anuncios de cada centro, así como en la página web de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional (https://www.edu.xunta.gal/).
2. Las personas interesadas dispondrán de un plazo de reclamación de dos días tras la publicación del listado provisional para subsanar las causas que motivaron su exclusión. Esta reclamación se presentará en el mismo centro donde se realizó la entrega de la solicitud de inscripción e irá dirigida a la Dirección General de Formación Profesional. Las alegaciones se entenderán resueltas y notificadas a todos los efectos con la publicación del listado definitivo de personas admitidas y excluidas en la página web de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional (https://www.edu.xunta.gal/).
3. El listado definitivo de personas admitidas y excluidas para la realización de las pruebas se hará público en los tablones de anuncios de cada centro, así como en la página web de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional (https://www.edu.xunta.gal/), en las fechas especificadas en el anexo correspondiente de esta resolución para cada enseñanza artística superior.
4. Al amparo de la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, a los efectos de publicación de los listados provisionales y definitivos de calificaciones y de adjudicaciones se emplearán los tablones de anuncios del interior de los recintos escolares sin visibilidad desde el exterior de los centros de enseñanzas artísticas superiores, así como la página web de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional (https://www.edu.xunta.gal/), respetando lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la citada ley orgánica.
Sexto. Tribunales
1. Los miembros de los tribunales encargados de la organización, realización, evaluación y calificación de la prueba específica de acceso a las enseñanzas artísticas superiores son los designados en el anexo correspondiente de esta resolución para cada enseñanza artística superior.
2. Las direcciones de los centros garantizarán la actuación de estos tribunales y organizarán la distribución horaria y de espacios de ocupación del tribunal que actúe en las pruebas correspondientes. A la vez, las direcciones de los centros podrán designar al personal docente necesario para el correcto desarrollo de las pruebas específicas en cada centro educativo.
3. Las direcciones de los centros remitirán a la Dirección General de Formación Profesional la documentación relativa al procedimiento de acceso en los plazos establecidos en esta resolución.
Séptimo. Desarrollo de las pruebas de acceso
Las pruebas específicas de acceso a las enseñanzas artísticas superiores tendrán lugar en los centros de enseñanzas artísticas superiores de Galicia, según el calendario que figura en los anexos de esta resolución y de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de las órdenes de 21 de noviembre de 2016, de las enseñanzas artísticas superiores correspondientes.
Octavo. Adjudicaciones
Las vacantes existentes se adjudicarán atendiendo al orden de prelación resultante de las calificaciones finales obtenidas por las personas aspirantes, según lo indicado en el anexo correspondiente para cada enseñanza artística superior.
Las opciones consignadas en la solicitud de inscripción en el procedimiento de acceso y admisión serán vinculantes para la asignación de plazas y no podrán ser modificadas.
Noveno. Matrícula
1. La superación de la prueba específica de acceso a las enseñanzas artísticas superiores faculta, únicamente, para matricularse en el año académico y en la especialidad para la que la prueba específica fuera convocada y realizada, en cualquiera de los centros del Estado en los que se cursen estas enseñanzas, sin perjuicio de la disponibilidad de plazas, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de las órdenes de 21 de noviembre de 2016, de las enseñanzas artísticas superiores correspondientes.
2. Las personas aspirantes que obtengan plaza deberán formalizar su matrícula en los plazos señalados en el anexo correspondiente a la enseñanza artística superior a la que accedan, salvo en las excepciones previstas en el anexo III para las enseñanzas artísticas superiores de Diseño. La no formalización de la matrícula en el plazo establecido, de conformidad con las indicaciones específicas recogidas en el anexo correspondiente para cada enseñanza, implicará la pérdida del derecho a la plaza adjudicada.
3. Para formalizar la matrícula, las personas interesadas se dirigirán a los centros de adjudicación, donde se les facilitarán las instrucciones y los modelos al efecto.
4. Los centros de enseñanzas artísticas superiores de Galicia remitirán, en los plazos indicados en los anexos de esta resolución, a la Dirección General de Formación Profesional el listado de alumnado matriculado en cada especialidad e itinerario, así como la relación de plazas vacantes, por especialidad e itinerario, y el calendario de matrícula y celebración en el caso de realizarse pruebas extraordinarias en el mes de septiembre. De existir plazas vacantes en las distintas especialidades e itinerarios, se publicarán en los tablones de anuncios de los respectivos centros y en sus páginas web, con indicación de los turnos en las enseñanzas artísticas superiores de Conservación y Restauración de Bienes Culturales y en las enseñanzas artísticas superiores de Diseño.
5. La puesta en marcha de cada especialidad estará condicionada a la existencia de un mínimo de alumnado admitido, sin cuantificarse, a estos efectos, el alumnado repetidor.
Décimo. Reclamaciones
1. Las personas aspirantes podrán reclamar contra la calificación de la prueba específica de acceso, de acuerdo con lo establecido en la Orden de 21 de noviembre de 2016, de la enseñanza artística superior correspondiente, ante la dirección del centro en que la persona aspirante realizase la prueba, en el plazo de dos días contados a partir del día siguiente al de la comunicación de la calificación provisional. La dirección del centro, después de recibido el informe del tribunal evaluador correspondiente, emitirá resolución motivada al respecto.
2. Contra la resolución emitida en respuesta a la reclamación contra la calificación de la prueba específica de acceso, la persona interesada podrá presentar recurso de alzada ante la dirección territorial correspondiente de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional, en el plazo máximo de un mes a partir de su notificación. En caso de que el recurso se presente a través del centro, la dirección lo tramitará, junto con la documentación correspondiente en un plazo no superior a 48 horas. La resolución de la dirección territorial pondrá fin a la vía administrativa.
Décimo primero. Información básica sobre protección de datos personales
Los datos personales solicitados en este procedimiento serán tratados en su condición de responsable por la Xunta de Galicia, Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional, con las finalidades de llevar a cabo la tramitación administrativa que derive de la gestión de este procedimiento y la actualización de la información y contenidos de la Carpeta ciudadana.
El tratamiento de los datos se basa en el cumplimiento de una misión de interés público o en el ejercicio de poder públicos, conforme a la normativa recogida en la ficha del procedimiento incluida en la Guía de procedimientos y servicios y en las referencias recogidas en https://www.xunta.gal/informacion-xeral-proteccion-datos
Las personas interesadas podrán acceder, rectificar y suprimir sus datos, así como ejercer otros derechos o retirar su consentimiento, a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia o, presencialmente, en los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, según se explicita en la información adicional recogida en https://www.xunta.gal/proteccion-datos-persoais
Santiago de Compostela, 7 de abril de 2025
María Eugenia Pérez Fernández
Directora general de Formación Profesional
ANEXO I
Enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático
I.1. Aspectos generales sobre el acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático:
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Prueba específica de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático |
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Plazo de inscripción |
Desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta el 16 de junio, inclusive. |
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Publicación de listados de admisión |
– El listado provisional de personas inscritas admitidas y excluidas se publicará el 18 de junio. – El listado definitivo de personas inscritas admitidas y excluidas se publicará el 24 de junio. |
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Lugar de celebración de la prueba |
Escuela Superior de Arte Dramático de Galicia (ESAD), calle de Poza Cabalo, s/n, Vigo. |
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Fecha y hora de celebración de la prueba |
A partir del día 7 de julio de 2025, de acuerdo con el calendario y horarios publicados por el centro. |
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Obligaciones de las personas inscritas |
Deberán presentar, los días de la prueba: a) Documento oficial de identidad. b) Copia de la solicitud de inscripción. |
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Características de la prueba de acceso |
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La prueba de acceso a las enseñanzas superiores de Arte Dramático será realizada por especialidades. Constará de una única prueba que comprenderá diferentes ejercicios, referidos a la especialidad por la que opten las personas aspirantes. a) En la especialidad de Dirección Escénica y Dramaturgia consistirá, como mínimo, en un trabajo escrito que implicará el desarrollo de una propuesta escénica, en un ejercicio breve de dirección de grupos, en la escritura de un texto breve a partir de una situación dramática, y en una entrevista personal. b) En la especialidad de Escenografía consistirá, como mínimo, en la realización de un dibujo del natural y de un diseño escenográfico a partir de los motivos que en cada caso se propongan, y en una entrevista personal. c) En la especialidad de Interpretación consistirá, como mínimo, en dos sesiones de trabajo con una duración no superior a cuatro horas cada una, en las cuales se realizarán diferentes actividades expresivas propias de la especialidad, y en una entrevista personal. El tribunal encargado de la organización, realización y calificación de la prueba específica de acceso pondrá en conocimiento de las personas aspirantes el contenido y la duración de la entrevista personal establecida en los apartados a), b) y c) del presente epígrafe y los criterios de calificación de esta. |
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Calificaciones |
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Calificación de la prueba |
Se expresará en términos numéricos en una escala de 0 al 10, con dos decimales, resultado de la media aritmética de las calificaciones emitidas por los miembros del tribunal correspondiente. Considerándose la prueba superada para las calificaciones iguales o superiores a 5,00 puntos. |
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Publicación de los resultados |
– El listado provisional de personas aspirantes presentadas, con expresión de la calificación final obtenida en la prueba específica en orden decreciente, y de personas aspirantes no presentadas será publicado el día 11 de julio. – El listado definitivo de las calificaciones de las pruebas específicas será publicado el día 18 de julio. |
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Período de reclamaciones |
– Las personas aspirantes podrán reclamar contra la calificación obtenida, según lo establecido en el ordinal décimo de esta resolución, los días 14 y 15 de julio. – La dirección de la Escuela Superior de Arte Dramático de Galicia deberá resolver las reclamaciones, después de informe del tribunal evaluador, antes de la publicación de los listados definitivos de calificaciones; y remitirá el día 17 de julio el resultado de estas resoluciones a la Dirección General de Formación Profesional. |
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Adjudicación y matrícula |
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Adjudicación |
– Las vacantes existentes se adjudicarán según el orden de prelación resultante de las calificaciones obtenidas por las personas aspirantes en la prueba específica de acceso. – Tras la publicación del listado de las calificaciones definitivas de las personas aspirantes, la Escuela Superior de Arte Dramático de Galicia remitirá a la Dirección General de Formación Profesional la propuesta de alumnado admitido por especialidad. – La Dirección General de Formación Profesional a la vista de los listados de personas aspirantes que superaron la prueba de acceso determinará, en función del número de vacantes, las personas que obtuvieron plaza y publicará el listado de adjudicaciones por especialidad el día 21 de julio. |
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Período de matrícula |
Las personas aspirantes que obtengan plaza deberán formalizar su matrícula entre los días 22 y 24 de julio, ambos incluidos. |
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Pruebas extraordinarias |
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a) El día 28 de julio, la dirección de la Escuela Superior de Arte Dramático de Galicia remitirá a la Dirección General de Formación Profesional el listado de alumnado matriculado y publicará las vacantes, en su caso, en su tablón y en su página web. b) En caso de convocarse pruebas extraordinarias, estas tendrán lugar en los primeros días del mes de septiembre. Finalizado el proceso, el centro comunicará a la mayor brevedad a la Dirección General de Formación Profesional el resultado de estas pruebas y el número de plazas que quedasen sin cubrir, cuando corresponda. |
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I.2. Tribunales para las pruebas de acceso específicas en las enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático:
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Especialidad: Dirección Escénica y Dramaturgia |
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Tribunal titular |
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Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
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Presidente/a titular |
***9716** |
Chiralt Bailach, Joan Josep |
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Vocal titular 1 |
***0213** |
Moreira Fontán, Irene |
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Vocal titular 2 |
***3290** |
Castiñeira Blanco, Xavier |
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Vocal titular 3 |
***4276** |
Vidal Ponte, Roi |
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Vocal titular 4 |
***4122** |
Martínez Sotelo, Vanesa |
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Tribunal suplente |
||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
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Presidente/a suplente |
***3624** |
González Salgado, Daniel |
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Vocal suplente 1 |
***7376** |
Becerra Arrojo, Afonso |
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Vocal suplente 2 |
***0432** |
Abizanda Losada, Carmen |
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Vocal suplente 3 |
***5494** |
Corredoira Pombo, Juan Carlos |
|
Especialidad: Escenografía |
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Tribunal titular |
||
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Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
Presidente/a titular |
***7251** |
Ramos Calvelo, María Jesús |
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Vocal titular 1 |
***8325** |
Sarmiento Rivas, María |
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Vocal titular 2 |
***0142** |
Mortol Moreno, David |
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Vocal titular 3 |
***1196** |
Fernández Arteaga, Ana María |
|
Vocal titular 4 |
***7569** |
Bajo Izquierdo, Vanesa |
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Tribunal suplente |
||
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Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
Presidente/a suplente |
***3333** |
Pérez de Oliveira, Almudena |
|
Vocal suplente 1 |
***5756** |
Prego Cabeza, Santiago Fernando |
|
Vocal suplente 2 |
***7269** |
Pascual Rodríguez, Roberto |
|
Vocal suplente 3 |
***2794** |
Blanco Pérez, Noelia |
|
Especialidad: Interpretación |
||
|
Tribunal 1 |
||
|
Tribunal titular 1 |
||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
Presidente/a titular |
***5714** |
Crespo Méndez, María Francelina |
|
Vocal titular 1 |
***0324** |
Domínguez Dapena, Cristina |
|
Vocal titular 2 |
***6882** |
Blanco Dorrego, Alba |
|
Vocal titular 3 |
***9039** |
Llera Rodríguez, Fernando |
|
Vocal titular 4 |
***1645** |
Gayoso Diz, María Ángeles |
|
Tribunal suplente 1 |
||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
Presidente/a suplente |
***7705** |
Fernández Fernández, Ana María |
|
Vocal suplente 1 |
***0819** |
López Silva, Inmaculada |
|
Vocal suplente 2 |
***5032** |
Magaña Rodríguez, Olga |
|
Vocal suplente 3 |
***6911** |
Sarmiento Valverdú, María Encarnación |
|
Tribunal 2 |
||
|
Tribunal titular 2 |
||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
Presidente/a titular |
***6547** |
Groba Lorenzo, Mónica |
|
Vocal titular 1 |
***9333** |
Montero Gullón, Nuria |
|
Vocal titular 2 |
***8332** |
Solveira Díaz, Ricardo |
|
Vocal titular 3 |
***6814** |
Codesido Breijo, Óscar |
|
Vocal titular 4 |
***2685** |
Fernández Pérez, Rosa Mariana |
|
Tribunal suplente 2 |
||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
Presidente/a suplente |
***5515** |
Míguez Escudero, Laura |
|
Vocal suplente 1 |
***6092** |
Morales Ramón, Ermel |
|
Vocal suplente 2 |
***2794** |
Blanco Pérez, Noelia |
|
Vocal suplente 3 |
***8290** |
Porrúa Refojo, Beatriz |
I.3. Resumen del calendario para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático:
|
Parte del procedimiento |
Fecha |
|
Fase de inscripción |
|
|
• Plazo de inscripción |
Desde el día siguiente a la publicación en el DOG hasta el 16 de junio |
|
• Publicación del listado provisional de personas admitidas y excluidas |
18 de junio |
|
• Período de reclamación contra el listado provisional de personas admitidas y excluidas |
19 y 20 de junio |
|
• Publicación del listado definitivo de personas admitidas y excluidas |
24 de junio |
|
Fase de pruebas |
|
|
• Prueba específica en la ESAD |
7-10 de julio |
|
• Publicación del listado provisional de calificaciones de la prueba específica |
11 de julio |
|
• Período de reclamación contra el listado de calificaciones de la prueba específica |
14 y 15 de julio |
|
• Publicación del listado definitivo de calificaciones de la prueba específica |
18 de julio |
|
Fase de adjudicación y matrícula |
|
|
• Publicación del listado definitivo de adjudicaciones de plazas |
21 de julio |
|
• Período de formalización de matrícula para el curso 2025/26 |
22-24 de julio |
ANEXO II
Enseñanzas artísticas superiores de Conservación y Restauración de Bienes Culturales
II.1. Aspectos generales sobre el acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Conservación y Restauración de Bienes Culturales:
|
Prueba específica de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Conservación y Restauración de Bienes Culturales |
|
|
Plazo de inscripción |
Desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta el 6 de junio, inclusive. |
|
Publicación de listados de admisión |
– El listado provisional de personas inscritas admitidas y excluidas se publicará el 9 de junio. – El listado definitivo de personas inscritas admitidas y excluidas se publicará el 13 de junio. |
|
Lugar de celebración de la prueba |
Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales de Galicia (ESCRBCG), calle General Martitegui, s/n, Pontevedra. |
|
Fecha y hora de celebración de la prueba |
El día 20 de junio, de acuerdo con el calendario y horarios publicados por el centro. |
|
Obligaciones de las personas inscritas |
Deberán presentar, el día de la prueba: a) Documento oficial de identidad. b) Copia de la solicitud de inscripción. |
|
Características de la prueba de acceso |
|
|
La prueba específica de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Conservación y Restauración de Bienes Culturales constará de dos ejercicios: a) Primer ejercicio: este ejercicio consistirá en el análisis de un texto relacionado con los bienes culturales, en un tiempo máximo de noventa minutos, y tendrá como objeto apreciar la madurez y formación general del alumnado, especialmente en lo referente a la compresión de conceptos, utilización del lenguaje y capacidad de síntesis y relación. La calificación del ejercicio se realizará entre 0 y 40 puntos. b) Segundo ejercicio. Aptitud plástica. Incluye las siguientes pruebas: 1ª. Realización de un dibujo del natural, de enfoque mimético y con modelo real, exento e inanimado. Se valorará la fidelidad en la representación, la calidad del grafismo y la precisión y acabado del trabajo. 2ª. Realización de un trabajo sobre representación del color. Se considerará la correcta utilización de las técnicas empleadas y el grado de comprensión de los valores y calidades del color. |
|
|
3ª. Realización de un trabajo práctico para la valoración de las aptitudes específicas que requieren los estudios de Conservación y Restauración de Bienes Culturales. Se considerará la habilidad manual, la meticulosidad y la pulcritud en la realización del trabajo. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será establecido por el tribunal de acceso. Este ejercicio tendrá por objeto apreciar las aptitudes de las personas aspirantes, tanto plásticas como específicas, para la conservación y restauración. Su calificación será la media aritmética de la puntuación obtenida en cada epígrafe, que se calificará entre 0 y 20 puntos. |
|
|
Calificaciones |
|
|
Calificación de la prueba |
La calificación global de la prueba de acceso específica resultará de la media ponderada de las calificaciones obtenidas en los distintos ejercicios. El primero se ponderará en un 40 % y el segundo en un 60 %. Para la superación de la prueba de acceso se exigirá una calificación igual o superior a 5,00 puntos. |
|
Publicación de los resultados |
– El listado provisional de personas aspirantes presentadas, con expresión de la calificación final obtenida en la prueba específica en orden decreciente, y personas aspirantes no presentadas será publicado el día 30 de junio. – El listado definitivo de las calificaciones finales de las pruebas específicas se publicará el día 4 de julio. |
|
Período de reclamaciones |
– Las personas aspirantes podrán reclamar contra la calificación obtenida, según lo establecido en el ordinal décimo de esta resolución, los días 1 y 2 de julio. – La dirección de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales de Galicia deberá resolver las reclamaciones presentadas, previo informe del tribunal evaluador, antes de la publicación de los listados definitivos, y remitirá los resultados de estas resoluciones el día 3 de julio a la Dirección General de Formación Profesional. |
|
Adjudicación y matrícula |
|
|
Adjudicación |
– Las vacantes existentes se adjudicarán según el orden de prelación resultante de las calificaciones finales obtenidas por las personas aspirantes en la prueba específica de acceso o, en el caso de turno por acceso directo, de las calificaciones medias de los expedientes académicos de las personas aspirantes. – El porcentaje de plazas sobre el total para las personas aspirantes que estén en posesión de un título de técnico superior de Artes Plásticas y Diseño es del 20 %, de conformidad con el artículo 4.3 de la Orden de 21 de noviembre de 2016 por la que se regula la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores de Conservación y Restauración de Bienes Culturales. El 80 % restante de las plazas ofertadas será asignado mediante la prueba específica de acceso. En el caso de que no quedaran cubiertas las plazas correspondientes al acceso directo, éstas serán asignadas a las personas aspirantes que superaron la prueba específica. – Tras la publicación del listado con las calificaciones definitivas de las personas aspirantes, la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales de Galicia remitirá a la Dirección General de Formación Profesional la propuesta de alumnado admitido por turno de acceso mediante prueba específica y por turno de acceso directo. – La Dirección General de Formación Profesional a la vista de los listados de personas aspirantes que superaron la prueba de acceso y de las que optan por turno de acceso directo determinará, en función del número de vacantes, las personas que obtuvieron plaza y publicará el listado de adjudicaciones el día 8 de julio. |
|
Aspectos del turno por acceso directo |
– El orden de prelación en la asignación de las plazas disponibles para el acceso directo a las enseñanzas artísticas superiores de Conservación y Restauración de Bienes Culturales será la calificación media final del expediente académico del ciclo formativo de grado superior de Artes Plásticas y Diseño alegado por cada aspirante. – Cuando el ciclo formativo de grado superior de Artes Plásticas y Diseño fuera cursado según un plan de estudios establecido al amparo de la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo la nota se calculará según se dispone en el artículo 9.4 de la Orden de 9 de septiembre de 2004 por la que se regula la evaluación y la acreditación académica del alumnado que cursa las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño en la Comunidad Autónoma de Galicia. En el caso de ciclos cursados según un plan de estudios establecido al amparo de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOE) la nota se calculará según se dispone en el artículo 19.9 del Real decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño. En el caso de graduados en Artes Plásticas y Oficios Artísticos, la calificación que se tendrá en cuenta será la obtenida en la reválida o proyecto final del Plan de estudios de 1963. A efectos del cálculo de la calificación media final del expediente académico de las personas inscritas que soliciten acceder a las enseñanzas artísticas superiores de Conservación y Restauración de Bienes Culturales se aplicarán, cuando sea necesario, las siguientes equivalencias, excepto que en el expediente académico de la persona inscrita consten explícitamente las calificaciones numéricas de las disciplinas. Dichas equivalencias serán: • Suficiente/aprobado: 5,5. • Bien: 6,5. • Notable: 7,5. • Sobresaliente/matrícula de honor: 9,0. |
|
Período de matrícula |
Las personas aspirantes que obtengan plaza en la adjudicación deberán formalizar su matrícula entre los días 9 y 11 de julio, ambos incluidos. |
|
Pruebas extraordinarias |
|
|
a) El día 14 de julio, la dirección de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales de Galicia le remitirá a la Dirección General de Formación Profesional la lista de alumnado matriculado, y publicará las vacantes en su tablón y en su página web. b) En caso de convocarse pruebas extraordinarias, estas tendrán lugar en los primeros días del mes de septiembre. Finalizado el proceso, el centro comunicará a la mayor brevedad posible a la Dirección General de Formación Profesional el resultado de estas pruebas y, cuando corresponda, el número de plazas que quedaran sin cubrir. |
|
II.2.Tribunales para las pruebas de acceso específicas en las enseñanzas artísticas superiores de Conservación y Restauración de Bienes Culturales:
|
Tribunal titular |
||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
Presidente/a |
***3173** |
Pereira Abonjo, Antón |
|
Vocal titular 1 |
***1133** |
Ara Poceiro, Susana |
|
Vocal titular 2 |
***4586** |
Lorenzo Rivera, María del Carmen |
|
Vocal titular 3 |
***4082** |
Torre Castro, Comba |
|
Vocal titular 4 |
***3146** |
López Díaz, María Rosario |
|
Tribunal suplente |
||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
Presidente/a suplente |
***1010** |
Arizaga Castro, Álvaro Ramón |
|
Vocal suplente 1 |
***8832** |
Torres Fernández, Araceli |
|
Vocal suplente 2 |
***7692** |
Seco Lanzós, Sonia |
|
Vocal suplente 3 |
***7495** |
Terroso Hernández, María Asunción |
|
Vocal suplente 4 |
***5687** |
Figueiras Pimentel, Natalia |
II.3. Resumen del calendario para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Conservación y Restauración de Bienes Culturales:
|
Parte del procedimiento |
Fecha |
|
Fase de inscripción |
|
|
• Plazo de inscripción |
Desde el día siguiente a la publicación en el DOG hasta el 6 de junio |
|
• Publicación del listado provisional de personas admitidas y excluidas |
9 de junio |
|
• Período de reclamación contra el listado provisional de personas admitidas y excluidas |
10-11 de junio |
|
• Publicación del listado definitivo de personas admitidas y excluidas |
13 de junio |
|
Fase de pruebas |
|
|
• Prueba específica en la ESCRBCG |
20 de junio |
|
• Publicación del listado provisional de calificaciones de la prueba específica |
30 de junio |
|
• Período de reclamación contra el listado de calificaciones de la prueba específica |
1 y 2 de julio |
|
• Publicación del listado definitivo de calificaciones de la prueba específica |
4 de julio |
|
Fase de adjudicación y matrícula |
|
|
• Publicación de listado definitivo de adjudicaciones de plazas |
8 de julio |
|
• Período de formalización de matrícula para el curso 2025/26 |
Del 9 al 11 de julio |
ANEXO III
Enseñanzas artísticas superiores de Diseño
III.1. Aspectos generales sobre el acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Diseño:
|
Prueba específica de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Diseño |
||
|
Plazo de inscripción |
Desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta el 6 de junio, inclusive. |
|
|
Publicación de listados de admisión |
– El listado provisional de personas inscritas admitidas y excluidas se publicará el 9 de junio. – El listado definitivo de personas inscritas admitidas y excluidas se publicará el 13 de junio. |
|
|
Lugar de celebración de la prueba |
La prueba se realizará en las escuelas de arte y superiores de diseño (en adelante, EASD) en las que hayan formalizado la inscripción las personas aspirantes: – EASD Antonio Faílde, avenida de la Universidad, A Cuña, 18, Ourense. – EASD Mestre Mateo, calle Virxe da Cerca, 32, Santiago de Compostela. – EASD Pablo Picasso, calle Os Pelamios, 2, A Coruña. – EASD Ramón Falcón, paseo de los Estudiantes, s/n, Lugo. |
|
|
Fecha y hora de celebración de la prueba |
El día 20 de junio de acuerdo con el siguiente horario: Primera parte: de 11.00 a 13.00 horas. Segunda parte: de 16.00 a 20.00 horas. – 1º ejercicio: de 16.00 a 18.00 horas. – 2º ejercicio: de 18.00 a 20.00 horas. *Para optar al itinerario de Joyería y complementos de la especialidad Producto deberá superarse, además, una entrevista. La superación de esta entrevista será requisito para la adjudicación de las plazas de este itinerario. En el caso de no acudir, las personas aspirantes decaen en su derecho de concurrir a las adjudicaciones de las vacantes en este itinerario. El lugar de realización, la fecha y la hora de esta se publicarán en los tablones de anuncios de los centros educativos y a través de los medios telemáticos habilitados al efecto. |
|
|
Obligaciones de las personas inscritas |
Deberán presentar, el día de la prueba: a) Documento oficial de identidad. b) Copia de la solicitud de inscripción. |
|
|
Características de la prueba de acceso |
||
|
La prueba específica de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Diseño constará de dos partes: • Primera parte: durante un máximo de dos horas, a partir de un texto, imagen y/o material audiovisual proporcionado por el tribunal, las personas aspirantes deberán hacer por escrito un comentario crítico y razonado y responder a la/las cuestión/ones que el tribunal les formule al respecto. En esta parte de la prueba, el tribunal valorará: – La comprensión de los conceptos, la utilización del lenguaje, la capacidad de análisis y síntesis y el nivel expresivo y expositivo mostrados. – La capacidad para desarrollar razonadamente ideas y argumentos. – El conocimiento de los valores significativos del diseño en general en el contexto histórico, cultural y socioeconómico. – La identificación y valoración de los movimientos artísticos e intelectuales más representativos en relación con el diseño. • Segunda parte. Las personas aspirantes realizarán dos ejercicios de dibujo durante un máximo de cuatro horas: – 1er ejercicio: dibujo mimético a mano alzada, del natural o a partir de la documentación facilitada, de un modelo propuesto por el tribunal, realizado a lápiz de grafito sobre papel tamaño DIN A3. – 2º ejercicio: dibujo a mano alzada, utilizando los sistemas y técnicas de representación más apropiadas, que serán definidos por el tribunal, del modelo del ejercicio anterior. En esta parte de la prueba el tribunal valorará la fidelidad representativa, los conocimientos mostrados y la exactitud y limpieza de la ejecución. |
||
|
Calificaciones |
||
|
Calificación de la prueba |
– La calificación global de la prueba de acceso específica a las enseñanzas superiores de Diseño se expresará en términos numéricos en una escala de 0 a 10, con dos decimales. – La calificación final de la prueba específica de acceso será el resultado de la media aritmética de las calificaciones obtenidas por la persona aspirante en cada una de sus partes, expresada con dos decimales. – Se considerará superada la prueba a partir de la calificación de 5,00 puntos. |
|
|
Publicación de los resultados |
– El listado provisional de personas aspirantes presentadas, con expresión de la calificación final obtenida en la prueba específica en orden decreciente, y personas aspirantes no presentadas será publicado el día 30 de junio. – El listado definitivo de las calificaciones finales de las pruebas específicas se publicará el día 4 de julio. |
|
|
Período de reclamaciones |
– Las personas aspirantes podrán reclamar contra la calificación obtenida, según lo establecido en el ordinal décimo de esta resolución, los días 1 y 2 de julio. – Las reclamaciones se resolverán de acuerdo a lo indicado en el ordinal décimo de la presente resolución y serán remitidas por la dirección de la EASD correspondiente a la Dirección General de Formación Profesional el día 3 de julio. |
|
|
Adjudicación y matrícula |
||
|
Adjudicación |
– Las vacantes existentes en las distintas especialidades y centros se adjudicarán según el orden de prelación resultante de las calificaciones finales obtenidas por las personas aspirantes en la prueba específica de acceso o, en el caso de turno por acceso directo, de las calificaciones medias de los expedientes académicos de las personas aspirantes. – El porcentaje de plazas sobre el total de las ofertadas en cada especialidad para las personas aspirantes que estén en posesión de un título de técnico superior de Artes Plásticas y Diseño es del 20 %, según el artículo 4.3 de la Orden de 21 de noviembre de 2016 por la que se regula la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores de Diseño. El 80 % restante de las plazas ofertadas será asignado mediante la prueba específica de acceso. En el caso de que no quedaran cubiertas las plazas correspondientes al acceso directo, éstas serán asignadas a las personas aspirantes que superaron la prueba específica. – Para la adjudicación de vacantes se atenderá a la especialidad y EASD que la persona aspirante haya señalado como primera preferencia en su solicitud. Se entiende por primera preferencia aquella que la persona aspirante indique en primer lugar, o en lugares sucesivos si las especialidades o EASD solicitadas hayan agotado sus plazas. En el caso del itinerario de Joyería y complementos de la especialidad Producto, la adjudicación se condicionará al resultado apto de la entrevista, con independencia del turno de acceso o de la calificación conseguida. – Tras la publicación del listado con las calificaciones definitivas de las personas aspirantes, las EASD remitirán a la Dirección General de Formación Profesional la propuesta de alumnado admitido por turno de acceso mediante prueba específica y por turno de acceso directo. – La Dirección General de Formación Profesional a la vista de los listados de personas aspirantes que superaron la prueba de acceso y de las que optan por turno de acceso directo determinará, en función del número de vacantes, las personas que obtuvieron plaza en las sucesivas adjudicaciones: • El listado de primera adjudicación se publicará el día 8 de julio. • El listado de segunda adjudicación se publicará el día 15 de julio. |
|
|
Aspectos del turno por acceso directo |
– El orden de prelación en la asignación de las plazas disponibles para el acceso directo a las enseñanzas artísticas superiores de Diseño será la calificación media final del expediente académico del ciclo formativo de grado superior de Artes Plásticas y Diseño alegado por cada aspirante. – Cuando el ciclo formativo de grado superior de Artes Plásticas y Diseño fuera cursado según un plan de estudios establecido al amparo de la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo la nota se calculará según se dispone en el artículo 9.4 de la Orden de 9 de septiembre de 2004 por la que se regula la evaluación y la acreditación académica del alumnado que cursa las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño en la Comunidad Autónoma de Galicia. En el caso de ciclos cursados según un plan de estudios establecido al amparo de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOE) la nota se calculará según se dispone en el artículo 19.9 del Real decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño. En el caso de graduados en Artes Plásticas y Oficios Artísticos, la calificación que se tendrá en cuenta será la obtenida en la reválida o proyecto final del Plan de estudios de 1963. A efectos del cálculo de la calificación media final del expediente académico de las personas inscritas que soliciten acceder a las enseñanzas artísticas superiores de Diseño se aplicarán, cuando proceda, las siguientes equivalencias, excepto que en el expediente académico de la persona inscrita consten explícitamente las calificaciones numéricas de las disciplinas. Dichas equivalencias serán: • Suficiente/aprobado: 5,5. • Bien: 6,5. • Notable: 7,5. • Sobresaliente/matrícula de honor: 9,0. |
|
|
Períodos de matrícula |
a) Habrá dos períodos de matrícula en relación con las dos adjudicaciones previstas. b) Después de formalizada la matrícula, las personas aspirantes no podrán concurrir a la siguiente adjudicación. |
|
|
• 1er período de matrícula: 9, 10 y 11 de julio. – Las personas aspirantes que obtengan plaza en la primera adjudicación, del 8 de julio, podrán formalizar su matrícula en el centro de adjudicación los días 9, 10 y 11 de julio. – Las personas que obtuvieron la plaza solicitada en primera opción en la primera adjudicación, de 8 de julio, y no se matriculen en este plazo perderán la plaza adjudicada y no podrán concurrir a la segunda adjudicación. – Las personas que no obtuvieron la plaza solicitada en primera opción en la primera adjudicación, de 8 de julio, y no se matriculen en este plazo permanecerán por defecto en el proceso de segunda adjudicación, a no ser que manifiesten expresamente su renuncia, presencial o telemáticamente por los medios habilitados al efecto. – El día 14 de julio los centros remitirán a la Dirección General de Formación Profesional la lista de alumnado matriculado, así como la relación de plazas vacantes por especialidad e itinerario. |
||
|
• 2º período de matrícula: 16, 17 y 18 de julio. – Las personas aspirantes que obtengan plaza en la segunda adjudicación, del 15 de julio, deberán formalizar su matrícula en el centro de adjudicación los días 16, 17 y 18 de julio. |
||
|
Pruebas extraordinarias |
||
|
a) El día 31 de julio, los centros le remitirán a la Dirección General de Formación Profesional el listado de alumnado matriculado en cada especialidad, así como la relación de plazas vacantes por especialidad, e itinerario cuando corresponda, y el calendario de matrícula y realización de pruebas extraordinarias, en su caso. b) En caso de convocarse pruebas extraordinarias, estas tendrán lugar en los primeros días del mes de septiembre. Finalizado el proceso, los centros comunicarán con la mayor brevedad a la Dirección General de Formación Profesional el resultado de estas pruebas y, cuando corresponda, el número de plazas que quedasen sin cubrir. |
||
III.2.Tribunales para las pruebas de acceso específicas en las enseñanzas artísticas superiores de Diseño:
|
Tribunal titular |
||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
Presidente/a titular |
***0764** |
Pardo Antequera, Elena |
|
Vocal titular 1 |
***5131** |
Soto Gómez, Manuel Andrés |
|
Vocal titular 2 |
***3097** |
Prol Cid, Iria |
|
Vocal titular 3 |
***7744** |
Díaz Cabanas, Araceli |
|
Vocal titular 4 |
***2326** |
Tojeiro Ramil, Noelia |
|
Vocal titular 5 |
***2655** |
Rodríguez Núñez, Lucía |
|
Vocal titular 6 |
***2112** |
Sánchez López, Marcos |
|
Vocal titular 7 |
***3980** |
Crecente García, Natalia |
|
Vocal titular 8 |
***9314** |
Villalba Navarrete, Fernando |
|
Tribunal suplente |
||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
Presidente/a suplente |
***2188** |
Adrio Fondevila, Juan Marcos |
|
Vocal suplente 1 |
***4250** |
Fernández Pérez, Elisa |
|
Vocal suplente 2 |
***8652** |
Rodríguez Simón, Gloria María |
|
Vocal suplente 3 |
***4592** |
Álvarez García, Xulio |
|
Vocal suplente 4 |
***1842** |
Viñas González-Zaera, María Concepción |
|
Vocal suplente 5 |
***9118** |
Gómez Nogueiras, Ana María |
|
Vocal suplente 6 |
***5598** |
Martínez López, María Judit |
|
Vocal suplente 7 |
***1694** |
Cruz Lago, Antonio |
|
Vocal suplente 8 |
***4284** |
Folgueira Cobas, Mónica |
III.3. Resumen del calendario para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Diseño:
|
Parte del procedimiento |
Fecha |
|
Fase de inscripción |
|
|
• Plazo de inscripción |
Desde el día siguiente a la publicación en el DOG hasta el 6 de junio |
|
• Publicación del listado provisional de personas admitidas y excluidas |
9 de junio |
|
• Período de reclamación contra el listado provisional de personas admitidas y excluidas |
10-11 de junio |
|
• Publicación del listado definitivo de personas admitidas y excluidas |
13 de junio |
|
Fase de pruebas |
|
|
• Prueba específica en la EASD correspondiente |
20 de junio |
|
• Publicación del listado provisional de calificaciones de la prueba específica |
30 de junio |
|
• Período de reclamación contra el listado de calificaciones de la prueba específica |
1 y 2 de julio |
|
• Publicación del listado definitivo de calificaciones de la prueba específica |
4 de julio |
|
Fase de adjudicación y matrícula |
|
|
• Publicación de listado definitivo de primera adjudicación |
8 de julio |
|
• 1er período de formalización de matrícula para el curso 2025/26 |
Del 9 al 11 de julio |
|
• Publicación de listado definitivo de segunda adjudicación |
15 de julio |
|
• 2º período de formalización de matrícula para el curso 2025/26 |
Del 16 al 18 de julio |
ANEXO IV
Enseñanzas artísticas superiores de Música
IV.1. Aspectos generales sobre el acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Música:
|
Prueba específica de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Música |
||
|
Plazo de inscripción |
Desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta el 23 de mayo, inclusive. |
|
|
Publicación de listados de admisión |
– El listado provisional de personas inscritas admitidas y excluidas se publicará el 28 de mayo. El listado definitivo de estas personas aspirantes se publicará el 3 de junio. |
|
|
Lugar de celebración de la prueba |
Conservatorio Superior de Música de A Coruña (calle Manuel Murguía, 44), para las siguientes especialidades e itinerarios: |
• Especialidad de Composición. • Especialidad de Dirección. • Especialidad de Interpretación, en los siguientes itinerarios: Acordeón, Arpa, Cuerda frotada, Jazz, Piano y Viento metal. • Especialidad de Pedagogía, en el itinerario de Pedagogía general y del lenguaje musical. |
|
Conservatorio Superior de Música de Vigo (calle Manuel Olivié, 23), para las siguientes especialidades e itinerarios: |
• Especialidad de Interpretación, en los siguientes itinerarios: Canto, Guitarra, Instrumentos de la música tradicional y popular de Galicia, Música antigua (clave, viola da gamba, instrumentos de cuerda pulsada del Renacimiento y del Barroco, instrumentos históricos de cuerda frotada-violín barroco), Percusión y Viento madera. • Especialidad de Musicología, en los siguientes itinerarios: Etnomusicología y Musicología histórica. • Especialidad de Producción y Gestión. |
|
|
Fecha y hora de celebración de las pruebas |
A partir del día 9 de junio, de acuerdo con el calendario y horarios publicados por el centro correspondiente. |
|
|
Obligaciones de las personas inscritas |
Deberán presentar, el día de la prueba: a) Documento oficial de identidad. b) Copia de la solicitud de inscripción. |
|
|
Características de la prueba de acceso |
||
|
Especialidad de Composición |
• Parte A: en la realización de un trabajo armónico-contrapuntístico. • Parte B: en la presentación y defensa oral de obras y trabajos realizados por la persona candidata. • Parte C: en la interpretación en el instrumento principal (o voz, en el caso del canto), hasta quince minutos, de las obras que determine el tribunal de una relación presentada previamente por la persona candidata. |
|
|
Especialidad de Dirección |
• Parte A: en la interpretación de un programa de hasta veinte minutos, en el instrumento principal o voz (en el caso del canto) integrado por obras de una dificultad adecuada al nivel de acceso a estos estudios. • Parte B: en el análisis de una obra orquestal o coral a propuesta del tribunal. • Parte C: en la lectura a primera vista en el piano de un fragmento musical escogido por la persona aspirante de entre dos propuestos por el tribunal. • Parte D: en la realización de un dictado a cuatro voces, de entre ocho y doce compases de duración. |
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Especialidad de Interpretación (excepto itinerario de Jazz) |
• Parte A: en la interpretación de un programa de hasta treinta minutos, integrado por obras y/o estudios de una dificultad adecuada al nivel de acceso a estos estudios. • Parte B: en el análisis de una obra o fragmento musical a propuesta del tribunal. • Parte C: en la lectura a primera vista. |
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Especialidad de Interpretación (itinerario de Jazz) |
• Parte A: en la interpretación de un programa; será requisito indispensable que la persona aspirante improvise en cada uno de los temas. El repertorio para interpretar en la parte A de la prueba de acceso constará de cinco temas enmarcados dentro del repertorio estándar de jazz, mostrando entre ellos variedad formal, estilística y en la elección de los tempi de ejecución. • Parte B: en el análisis de una obra o fragmento musical a propuesta del tribunal, añadiendo contenidos propios del análisis de jazz. • Parte C: en la lectura e improvisación a primera vista de una obra o fragmento de jazz. |
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Especialidad de Musicología |
• Parte A: en el análisis histórico-estilístico y defensa de una obra o fragmento a propuesta del tribunal. • Parte B: en la realización de un comentario de texto o trabajo escrito a propuesta del tribunal. • Parte C: en la interpretación en el instrumento principal (o voz, en el caso de canto), hasta quince minutos, de las obras que determine el tribunal de una relación presentada previamente por la persona candidata. |
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Especialidad de Pedagogía. Itinerario Pedagogía general y del lenguaje musical |
• Parte A: en la interpretación en el instrumento principal (o voz, en el caso de canto), hasta quince minutos, de las obras que determine el tribunal de una relación presentada previamente por la persona candidata. La elección del instrumento principal estará supeditada a la oferta de los itinerarios de cada centro. • Parte B: en una prueba vocal individual. • Parte C: en la composición de una pieza breve, de carácter didáctico, sobre una melodía o un texto propuesto por el tribunal. La persona aspirante deberá realizar una defensa didáctica de su aplicación. |
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Especialidad de Producción y gestión |
• Parte A: en el desarrollo por escrito de una propuesta de proyecto, a partir de un supuesto propuesto por el tribunal. • Parte B: en el desarrollo y posterior defensa oral de un tema vinculado la una cuestión relacionada con la gestión de políticas culturales del entorno musical. Podrá escogerse un tema de entre dos propuestos por el tribunal. • Parte C: análisis formal y estético de una obra propuesta por el tribunal. • Parte D: en la interpretación en el instrumento principal (o voz, en el caso de canto), hasta quince minutos, de las obras que determine el tribunal de una relación presentada previamente por la persona candidata. |
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Calificaciones |
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Calificación de la prueba |
– La calificación de las pruebas específicas de acceso se ajustará al establecido en el artículo 5.8 de la Orden de 21 de noviembre de 2016 por la que se regula la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores de Música. – Para la calificación de la parte A de la prueba de la especialidad de Interpretación (excepto en el itinerario de Jazz), el tribunal emitirá un informe en el que constará la relación del programa presentado por cada aspirante y la valoración de su adecuación a la prueba de acceso. Igualmente, deberá constar en el informe (para cada una de las obras y/o estudios interpretados), al menos, la valoración de los siguientes aspectos: control técnico del instrumento, calidad del sonido, expresividad y estilo. – Para la calificación de la parte A de la prueba del itinerario de Jazz de la especialidad de interpretación, el tribunal emitirá un informe en que constará la relación del programa presentado por cada aspirante y la |
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valoración de su adecuación a la prueba de acceso. Igualmente, deberá constar en el informe (para cada una de las obras interpretadas), al menos, la valoración de los siguientes aspectos: la forma de interpretar el tema, el estilo, el fraseo y el lenguaje empleado, el tiempo, la técnica de sonido, las escalas empleadas, el sentido formal y la coherencia general. |
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Publicación de los resultados |
– El listado de personas aspirantes presentadas, en orden decreciente según la calificación obtenida en la prueba específica en cada especialidad e itinerario, y de personas aspirantes no presentadas será publicado el día 16 de junio. – El listado definitivo de las calificaciones de las pruebas específicas se publicará el día 23 de junio. |
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Período de reclamaciones |
– Las personas aspirantes podrán reclamar contra la calificación obtenida, según lo establecido en el ordinal décimo de esta resolución, durante los días 17 y 18 de junio. – La dirección del conservatorio superior de música correspondiente deberá resolver las reclamaciones presentadas, después de informe del tribunal evaluador, antes de la publicación de los listados definitivos, y remitirá los contenidos de estas resoluciones el día 20 de junio a la Dirección General de Formación Profesional. |
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Adjudicación y matrícula |
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Adjudicación |
– Las vacantes existentes en las distintas especialidades e itinerarios se adjudicarán según el orden de prelación resultante de la calificación final obtenida por las personas aspirantes en el procedimiento de acceso. – La prueba específica desarrollada en los conservatorios superiores de música constituirá el 60 % de la calificación final. El restante 40 % de la calificación final corresponderá a la nota media del expediente académico del título profesional de música de la persona aspirante. En el caso de personas aspirantes que realicen las pruebas de acceso sin estar en posesión de este título o que no lo acrediten durante el plazo de presentación de solicitudes, la puntuación que se deberá agregar por este concepto será el 0. – Para el cómputo de la nota media del expediente académico del título profesional de música se hará una media ponderada de la calificación media obtenida en las enseñanzas profesionales de música, teniendo en cuenta lo establecido en el Real decreto 1953/2009, de 18 de diciembre, por el que se modifican el Real decreto 1577/2006, de 22 de diciembre; el Real decreto 85/2007, de 26 de enero, y el Real decreto 1467/2007, de 2 de noviembre, en lo relativo al cálculo de la nota media de los alumnos de las enseñanzas profesionales de música y danza. – Tras la publicación del listado de las calificaciones definitivas de las personas aspirantes, los conservatorios superiores de música remitirán a la Dirección General de Formación Profesional la propuesta de alumnado admitido por especialidad. – La Dirección General de Formación Profesional a la vista de los listados de personas aspirantes que superaron la prueba de acceso determinará, en función del número de vacantes, las personas que obtuvieron plaza en los respectivos conservatorios superiores de música de Galicia y publicará el listado de adjudicaciones por especialidad e itinerario el día 26 de junio. |
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Período de matrícula |
Las personas aspirantes que obtengan plaza en la adjudicación deberán formalizar su matrícula en el centro de adjudicación entre los días 30 de junio y 4 de julio, ambos incluidos. |
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Pruebas extraordinarias |
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a) El día 8 de julio, los conservatorios superiores de música de Galicia remitirán a la Dirección General de Formación Profesional el listado de alumnado matriculado en cada especialidad e itinerario, así como la relación de plazas vacantes y el calendario de matrícula y celebración en el caso de realizar pruebas extraordinarias en el mes de septiembre. En su caso, las plazas vacantes se harán públicas en los tablones de anuncios de los conservatorios superiores y en sus páginas web. b) En caso de convocarse pruebas extraordinarias, estas tendrán lugar en los primeros días del mes de septiembre. Finalizado el proceso, los centros comunicarán a la mayor brevedad a la Dirección General de Formación Profesional el resultado de estas pruebas y, cuando corresponda, el número de plazas que quedasen sin cubrir. |
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IV.2. Tribunales para las pruebas de acceso específicas en las enseñanzas artísticas superiores de Música:
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Especialidad: Composición |
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Lugar de realización: CMUS Superior de A Coruña |
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Tribunal titular |
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Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
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Presidente/a titular |
***9809** |
Gaspar Grandal, Jacobo |
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Vocal titular 1 |
***6537** |
Pita Vázquez, María de la Paz |
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Vocal titular 2 |
***2135** |
Baldomir Fernández, José |
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Tribunal suplente |
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Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
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Presidente/a suplente |
***1807** |
Cambeiro Alís, Carlos Manuel |
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Vocal suplente 1 |
***8011** |
Tizón Díaz, Manuel Ángel |
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Vocal suplente 2 |
***2311** |
Sánchez Cao, Patricia Teresa |
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Especialidad: Dirección |
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|
Lugar de realización: CMUS Superior de A Coruña |
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|
Tribunal titular |
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Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
Presidente/a titular |
***3562** |
López Briones, Fernando |
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Vocal titular 1 |
***6573** |
Sanz Vila, José Javier |
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Vocal titular 2 |
***7573** |
Concheiro Guerrico, César |
|
Tribunal suplente |
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|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
Presidente/a suplente |
***6325** |
Añón Lijó, Sergio |
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Vocal suplente 1 |
***5672** |
Salomón Saavedra, Noemí |
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Vocal suplente 2 |
***5661** |
Vilar López, Andrea |
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Especialidad: Interpretación |
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Tribunal 1: Acordeón y arpa Lugar de realización de la prueba: CMUS Superior de A Coruña |
Tribunal titular |
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|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
|
Presidente/a titular |
***3723** |
Prieto Trancón, Norberto Magín |
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Vocal titular 1 |
***2017** |
Le Friec, Bleuenn |
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Vocal titular 2 |
***6294** |
Gándara Eiroa, Xosé Crisanto |
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|
Tribunal suplente |
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|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
|
Presidente/a suplente |
***9213** |
Vázquez Grela, Luis Javier |
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|
Vocal suplente 1 |
***6926** |
Romero Tabeayo, Isabel |
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|
Vocal suplente 2 |
***2921** |
Briones Martínez, Jorge |
|
|
Tribunal 2: Canto Lugar de realización de la prueba: CMUS Superior de Vigo |
Tribunal titular |
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|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
|
Presidente/a titular |
***7898** |
Blanco Piñeiro, Patricia |
|
|
Vocal titular 1 |
***1784** |
Cruz Estévez, Aída |
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|
Vocal titular 2 |
***2452** |
Campo Edesa, José Antonio |
|
|
Tribunal suplente 2 |
|||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
|
Presidente/a suplente |
***7143** |
Outomuro González, Noa |
|
|
Vocal suplente 1 |
***3216** |
Lorenzo López, Nuria |
|
|
Vocal suplente 2 |
***7160** |
Fernández González, José Manuel |
|
|
Tribunal 3: Cuerda frotada I (viola y violín) Lugar de realización de la prueba: CMUS Superior de A Coruña |
Tribunal titular |
||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
|
Presidente/a titular |
***4035** |
Segade Blanco, Diego |
|
|
Vocal titular 1 |
***7053** |
Parrado Fuentes, Laura |
|
|
Vocal titular 2 |
***2655** |
Vélez Pérez, Marta |
|
|
Tribunal suplente |
|||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
|
Presidente/a suplente |
***0267** |
García Rubio, Jorge |
|
|
Vocal suplente 1 |
***1169** |
Fernández Rodríguez, Xavier |
|
|
Vocal suplente 2 |
***5467** |
Martínez Pinal, Ana |
|
|
Tribunal 4: Cuerda frotada II (contrabajo y violoncello) Lugar de realización de la prueba: CMUS Superior de A Coruña |
Tribunal titular |
||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
|
Presidente/a titular |
***2251** |
Torres Estarque, Ana María |
|
|
Vocal titular 1 |
***7980** |
Landriscini Marín, Carolina |
|
|
Vocal titular 2 |
***1661** |
García Fernández, Raquel |
|
|
Tribunal suplente |
|||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
|
Presidente/a suplente |
***5667** |
Díaz Pérez, Alejandra |
|
|
Vocal suplente 1 |
***5515** |
Marigómez Arranz, Elena |
|
|
Vocal suplente 2 |
***1304** |
Díaz Pérez, Laura María |
|
|
Tribunal 5: Guitarra Lugar de realización de la prueba: CMUS Superior de Vigo |
Tribunal titular |
||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
|
Presidente/a titular |
***6233** |
García Escarpa, Margarita |
|
|
Vocal titular 1 |
***3987** |
Fernández Rodríguez, José Luis |
|
|
Vocal titular 2 |
***2586** |
Eiras Tojo, Francisco Javier |
|
|
Tribunal suplente |
|||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
|
Presidente/a suplente |
***2371** |
Carbajo Martínez, Miguel |
|
|
Vocal suplente 1 |
***1349** |
Saavedra Arozamena, Ángel |
|
|
Vocal suplente 2 |
***2329** |
Muñoz Rodríguez, Rafael Luis |
|
|
Tribunal 6: Instrumentos de la música tradicional y popular de Galicia Lugar de realización de la prueba: CMUS Superior de Vigo |
Tribunal titular |
||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
|
Presidente/a titular |
***1955** |
Freijeiro Alonso, Lorena |
|
|
Vocal titular 1 |
***8478** |
Teixeiro Rei, Xiana |
|
|
Vocal titular 2 |
***8512** |
Jurado Luque, Javier |
|
|
Tribunal suplente |
|||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
|
Presidente/a suplente |
***7155** |
Abal Pulleiro, Iván |
|
|
Vocal suplente 1 |
***8877** |
Alonso Monteagudo, Julio Carlos |
|
|
Vocal suplente 2 |
***7160** |
Fernández González, José Manuel |
|
|
Tribunal 7: Jazz Lugar de realización de la prueba: CMUS Superior de A Coruña |
Tribunal titular |
||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
|
Presidente/a titular |
***1495** |
Galán Pérez, Marcelino |
|
|
Vocal titular 1 |
***3680** |
Llorca Freire, Fernando |
|
|
Vocal titular 2 |
***9598** |
Somoza Fachado, Roberto |
|
|
Tribunal suplente |
|||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
|
Presidente/a suplente |
***8029** |
Luis Díez, Hansel |
|
|
Vocal suplente 1 |
***2791** |
Graser, Traugott Georg |
|
|
Vocal suplente 2 |
***3398** |
Conde de León, Alberto Manuel |
|
|
Tribunal 8: Música antigua- clave, viola da gamba, instrumentos de cuerda pulsada del Renacimiento y del Barroco e instrumentos históricos de cuerda frotada (violín barroco) Lugar de realización de la prueba: CMUS Superior de Vigo |
Tribunal titular |
||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
|
Presidente/a titular |
***2329** |
Muñoz Rodríguez, Rafael Luis |
|
|
Vocal titular 1 |
***8187** |
Ruiz Martínez, Sara |
|
|
Vocal titular 2 |
***5358** |
Ruenes Rubiales, Diego |
|
|
Tribunal suplente |
|||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
|
Presidente/a suplente |
***6598** |
Ayala Bendixen, Pavel Amilcar |
|
|
Vocal suplente 1 |
***3204** |
Quintanilla Marful, Álvaro |
|
|
Vocal suplente 2 |
***7290** |
Morales Fernández, Manuel |
|
|
Tribunal 9: Percusión Lugar de realización de la prueba: CMUS Superior de Vigo |
Tribunal titular |
||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
|
Presidente/a titular |
***7084** |
Rodríguez García, David |
|
|
Vocal titular 1 |
***5623** |
Castro Roig, Carlos |
|
|
Vocal titular 2 |
***0124** |
Sobrevela Romaguera, Luis Miguel |
|
|
Tribunal suplente |
|||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
|
Presidente/a suplente |
***8428** |
Amoedo Portela, Alejo |
|
|
Vocal suplente 1 |
***9837** |
Socarrás Noriega, Luis Dennys |
|
|
Vocal suplente 2 |
***1884** |
Rodríguez Fernández, Pablo |
|
|
Tribunal 10: Piano Lugar de realización de la prueba: CMUS Superior de A Coruña |
Tribunal titular |
||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
|
Presidente/a titular |
***8604** |
Rejas Suárez, Patricia |
|
|
Vocal titular 1 |
***8166** |
García Barcia, Rosa María |
|
|
Vocal titular 2 |
***4324** |
Timiraos Ferreiro, Elisa |
|
|
Tribunal suplente |
|||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
|
Presidente/a suplente |
***8285** |
Iglesias Ríos, Nelly |
|
|
Vocal suplente 1 |
***9362** |
Ares Espiño, Javier |
|
|
Vocal suplente 2 |
***9919** |
Mourenza Torreiro, Julio Carlos |
|
|
Tribunal 11: Viento madera I (clarinete y saxofón) Lugar de realización de la prueba: CMUS Superior de Vigo |
Tribunal titular |
||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
|
Presidente/a titular |
***9503** |
Valverde Corrales, Esteban |
|
|
Vocal titular 1 |
***3766** |
Sancho Andrés, Marta |
|
|
Vocal titular 2 |
***8498** |
Yebra Rivera, Rafael |
|
|
Tribunal suplente |
|||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
|
Presidente/a suplente |
***7095** |
Noche García, Roberto Carlos |
|
|
Vocal suplente 1 |
***6988** |
Coello Rodríguez, Pablo Miguel |
|
|
Vocal suplente 2 |
***8044** |
Fernández Sánchez, Antonio |
|
|
Tribunal 12: Viento madera II (fagot, flauta travesera y oboe) Lugar de realización de la prueba: CMUS Superior de Vigo |
Tribunal titular |
||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
|
Presidente/a titular |
***0699** |
Vaquero Baquero, Ismael |
|
|
Vocal titular 1 |
***6527** |
Pazo García, Ricardo |
|
|
Vocal titular 2 |
***8675** |
Araújo Comesaña, Óscar |
|
|
Vocal titular 3 |
***7290** |
Morales Fernández, Manuel |
|
|
Vocal titular 4 |
***6488** |
Cabo Messeguer, Julio Ángel |
|
|
Tribunal suplente |
|||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
|
Presidente/a suplente |
***8810** |
Comesaña Abreu, Marta |
|
|
Vocal suplente 1 |
***6178** |
Leiva Piñeiro, Asterio |
|
|
Vocal suplente 2 |
***8677** |
Rivera Fernández, Alejandra |
|
|
Vocal suplente 3 |
***1722** |
Raña Barreiro, Fernando |
|
|
Vocal suplente 4 |
***1470** |
García Souto, Libertad |
|
|
Tribunal 13: Viento metal (trompa, trompeta, trombón y tuba) Lugar de realización de la prueba: CMUS Superior de A Coruña |
Tribunal titular |
||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
|
Presidente/a titular |
***7057** |
Sánchez García, Gonzalo |
|
|
Vocal titular 1 |
***0138** |
Lorenzo Vila, Enrique |
|
|
Vocal titular 2 |
***7350** |
González Iglesias, Héctor |
|
|
Vocal titular 3 |
***8520** |
Monteagudo Mañas, Javier |
|
|
Vocal titular 4 |
***2135** |
Viceiro Filgueira, Javier |
|
|
Tribunal suplente |
|||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
|
Presidente/a suplente |
***0889** |
Lozano Beceiro, Aida |
|
|
Vocal suplente 1 |
***1619** |
Fernández Rodríguez, Ignacio |
|
|
Vocal suplente 2 |
***8853** |
Valles González, Andrés |
|
|
Vocal suplente 3 |
***0600** |
Centelles Fabado, Arturo |
|
|
Vocal suplente 4 |
***3273** |
Lozano Saura, Miguel Ángel |
|
|
Especialidad: Musicología (histórica y etnomusicología) |
||
|
Lugar de realización de la prueba: CMUS Superior de Vigo |
||
|
Tribunal titular |
||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
Presidente/a titular |
***5369** |
Costa Vázquez, Luís |
|
Vocal titular 1 |
***8877** |
Alonso Monteagudo, Julio Carlos |
|
Vocal titular 2 |
***7155** |
Abal Pulleiro, Iván |
|
Tribunal suplente |
||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
Presidente/a suplente |
***2453** |
Leed Abal, Emilio |
|
Vocal suplente 1 |
***9017** |
Vicente Monzó, Jesús |
|
Vocal suplente 2 |
***8478** |
Teixeiro Rei, Xiana |
|
Especialidad: Pedagogía (pedagogía general y del lenguaje musical) |
||
|
Lugar de realización de la prueba: CMUS Superior de A Coruña |
||
|
Tribunal titular |
||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
Presidente/a titular |
***0312** |
García García, Adriana Cristina |
|
Vocal titular 1 |
***2773** |
Franqueira Fontán, Ana |
|
Vocal titular 2 |
***5898** |
Salinas Cabrera, Janet |
|
Tribunal suplente |
||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
Presidente/a suplente |
***3581** |
Sánchez Sánchez, Tomás |
|
Vocal suplente 1 |
***4362** |
Guerrero Roca, Amalia |
|
Vocal suplente 2 |
***3999** |
Bretal Martínez, Teresa |
|
Especialidad: Producción y Gestión |
||
|
Lugar de realización de la prueba: CMUS Superior de Vigo |
||
|
Tribunal titular |
||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
Presidente/a titular |
***5630** |
Domínguez Pérez, María |
|
Vocal titular 1 |
***5002** |
González Pérez, Andrea |
|
Vocal titular 2 |
***5224** |
Fernández Trillo, María |
|
Tribunal suplente |
||
|
Puesto |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
|
Presidente/a suplente |
***6528** |
Costal Oro, Oswaldo |
|
Vocal suplente 1 |
***4083** |
Torre Castro, Millán Miguel |
|
Vocal suplente 2 |
***2178** |
Argibay Ligero, María Magdalena |
IV.3. Resumen del calendario para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Música:
|
Parte del procedimiento |
Fecha |
|
Fase de inscripción |
|
|
• Plazo de inscripción |
Desde el día siguiente a la publicación en el DOG hasta el 23 de mayo |
|
• Publicación del listado provisional de personas admitidas y excluidas |
28 de mayo |
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• Período de reclamación contra el listado provisional de personas admitidas y excluidas |
29 y 30 de mayo |
|
• Publicación del listado definitivo de personas admitidas y excluidas |
3 de junio |
|
Fase de pruebas |
|
|
• Prueba específica |
9-13 de junio |
|
• Publicación del listado provisional de calificaciones de la prueba específica |
16 de junio |
|
• Período de reclamación contra el listado de calificaciones de la prueba específica |
17 y 18 de junio |
|
• Publicación del listado definitivo de calificaciones de la prueba específica |
23 de junio |
|
Fase de adjudicación y matrícula |
|
|
• Publicación del listado definitivo de adjudicaciones de plazas |
26 de junio |
|
• Período de formalización de matrícula para el curso 2025/26 |
30 junio, 1-4 julio |
