DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 83 Viernes, 2 de mayo de 2025 Pág. 25289

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Caldas de Reis

ANUNCIO de la oferta de empleo público para el año 2025.

En la sesión celebrada el día 27 de marzo de 2025, la Junta de Gobierno Local adoptó el siguiente acuerdo:

Primero. Aprobar la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Caldas de Reis para el año 2025, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local; en el texto refundido del Estatuto básico del empleado público (TREBEP), en la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, y de los límites fijados en la Ley 31/2023, de 23 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2023 (prorrogada al ejercicio 2025, en cumplimiento del artículo 134 de la Constitución española), en los términos establecidos en el anexo I.

Publicar la oferta de empleo de 2025 en el tablón de anuncios del ayuntamiento, así como en la sede electrónica de este ayuntamiento, en el BOP de Pontevedra y en el Diario Oficial de Galicia.

Plaza

Código de la plaza
en la RPT

Sistema de acceso

Vínculo de la plaza

1

Policía local

04.00.00.09

Oposición

Funcionario/a

1

Técnico de la Administración general

01.00.00.02

Concurso-oposición

Funcionario/a

Segundo. De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, un recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, o un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano competente de la jurisdicción contencioso-administrativa, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa. En caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se produzca su desestimación presunta, desestimación tácita, que se producirá en el plazo de seis meses si no se resuelve el recurso de reposición interpuesto. Todo ello sin prejuicio de que interponga cualquier otro que estime procedente.

Caldas de Reis, 8 de abril de 2025

Jacobo Pérez Gulín
Alcalde presidente