En sesión que tuvo lugar el 15 de mayo de 2025, el tribunal nombrado por Resolución de 11 de noviembre de 2024 (DOG núm. 220, de 14 de noviembre) para calificar el proceso selectivo para el ingreso, por el turno de promoción interna, en el cuerpo de gestión de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A2, convocado por Resolución de 16 de noviembre de 2023 (DOG núm. 222, de 22 de noviembre), con relación al segundo ejercicio del proceso selectivo,
ACUERDA:
Primero. Se rectifica la plantilla de corrección inicialmente publicada en el portal web corporativo xunta.gal/funcion-publica. Se corrige el error material en las respuestas a las preguntas 24 y 25, siendo las opciones correctas la «D» y la «A», respectivamente.
Segundo. Se desestiman en su totalidad las restantes reclamaciones y alegaciones presentadas.
Tercero. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1.1.2 de la convocatoria y con los criterios de corrección publicados en el portal web citado, superaron el segundo ejercicio del proceso selectivo las personas aspirantes que obtuvieron una puntuación mínima de quince puntos (15 puntos).
Cuarto. Publicar en el portal web corporativo de la Xunta de Galicia, funcionpublica.xunta.gal los resultados obtenidos por las personas aspirantes con relación al segundo ejercicio de este proceso.
Quinto. De acuerdo con lo dispuesto en la base II.1.2.8 de la convocatoria, las personas aspirantes podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas con relación a las puntuaciones, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de este acuerdo en el Diario Oficial de Galicia.
Sexto. Según lo dispuesto en la base II.1.1.3 estarán exentas de realizar el tercer ejercicio, de conocimiento de gallego, las personas aspirantes que acrediten, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación en el DOG de esta resolución, que poseían, el día de finalización del plazo de presentación de instancias en este proceso, el Celga 4 o el título equivalente debidamente homologado de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden de 16 de julio de 2007 por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG núm. 146, de 30 de julio), modificada por la Orden de 10 de febrero de 2014 (DOG núm. 34, de 19 de febrero).
Junto con esta resolución, la Dirección General de la Función Pública publicará en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal, un listado de personas aspirantes en que figurarán aquellas que, por tener acreditada la posesión del Celga requerido, en cualquier procedimiento cuya competencia corresponda a esta dirección general, no tienen que presentar la documentación justificativa de la exención a que hace referencia el párrafo anterior.
Séptimo. Según lo dispuesto en la base III.13 de la orden de convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Hacienda y Administración Pública, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 21 de mayo de 2025
Luís Miguel Vázquez Carreira
Presidente del tribunal
