DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 103 Lunes, 2 de junio de 2025 Pág. 31134

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Allariz

ANUNCIO de aprobación inicial del Plan especial de protección del casco histórico de Allariz (PECHA).

El Pleno del Ayuntamiento de Allariz, en sesión extraordinaria de 26 de diciembre de 2024, adoptó el siguiente acuerdo, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

Primero. Aprobar inicialmente el Plan especial de protección del casco histórico de Allariz, atendiendo a la documentación técnica elaborada por los arquitectos Juan Alfonso Botana Castelo y Beatriz García Becerra y por la bióloga Paula Fernández Otero.

Segundo. Abrir un período de información pública durante el plazo de dos meses, mediante anuncio en el Diario Oficial de Galicia, en el Boletín Oficial de la provincia y en uno de los periódicos de mayor difusión en la provincia. Durante este período quedará el expediente a disposición de cualquiera que quiera examinarlo u obtener copias para que se presenten las alegaciones que se estimen pertinentes, y estará a disposición de los interesados en la sede electrónica del Ayuntamiento de Allariz.

El período de información pública comenzará a contar a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el DOG.

Tercero. Suspender el otorgamiento de las licencias de parcelación, edificación y demolición, en la totalidad del ámbito del Plan especial de protección del casco histórico de Allariz. No obstante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 86.3 del Reglamento de la Ley del suelo de Galicia, la suspensión de las licencias no afectará:

a) A las obras de mantenimiento, conservación o reforma, salvo en el caso de obras de rehabilitación integral que sean equiparables a la reconstrucción total del edificio no justificadas en razones de urgencia o que supongan un aumento de volumen edificado.

b) A las licencias de primera ocupación.

c) A los proyectos que cumplan simultáneamente el instrumento de planeamiento en vigor, el Plan general de ordenación municipal y el Plan especial aprobado inicialmente.

d) A los actos sujetos al trámite de comunicación previa, siempre y cuando se trate de obras o actos para la implantación de usos o actividades autorizados por el nuevo planeamiento.

La suspensión de las licencias tendrá una duración máxima de dos años contando desde la aprobación inicial del Plan especial y, en cualquiera caso, se extinguirán con la aprobación definitiva del planeamiento (artículo 47.2 LGS).

Esta suspensión se publicará conjuntamente con la aprobación inicial.

Cuarto. Notificar individualmente el trámite de información pública a todas las personas titulares catastrales de terrenos afectados por el ámbito del plan.

Quinto. Solicitar a las administraciones afectadas por su competencia sectorial que emitan el correspondiente informe a efectos regulados en la legislación sectorial. Los informes sectoriales autonómicos deberán emitirse en el plazo máximo de tres meses, transcurrido el cual se entenderán emitidos con carácter favorable.

Allariz, 26 de mayo de 2025

María Cristina Cid Fernández
Alcaldesa