DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 108 Lunes, 9 de junio de 2025 Pág. 32126

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

EXTRACTO de la ORDEN de 2 de junio de 2025 por la que se amplía la dotación presupuestaria para la concesión de las ayudas convocadas por la Orden de 30 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la prevención de los daños causados a los bosques por incendios, desastres naturales y catástrofes en montes vecinales en mano común y agrupaciones forestales de gestión conjunta, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Plan estratégico de la política agraria común (PEPAC) 2023-2027 y se convocan para el año 2025 (código de procedimiento MR651A).

BDNS (Identif.): 810374.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la ampliación del crédito de la orden de convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/810374

Primero. Ampliación de la dotación presupuestaria

Uno. Se amplía la dotación presupuestaria determinada en la Orden de 30 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la prevención de los daños causados a los bosques por incendios, desastres naturales y catástrofes en montes vecinales en mano común y agrupaciones forestales de gestión conjunta, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Plan estratégico de la política agraria común, y se convocan para el año 2025 (DOG núm. 16, de 24 de enero), en la aplicación presupuestaria 15.02.551B.770.0 (CP 2024 00115) por importe de 500.000,00 € en la anualidad 2025 y por importe de 1.000.000,00 € en la anualidad 2026.

Dos. Una vez efectuada esta ampliación, la dotación presupuestaria total es de 5.400.000,00 € (3.000.00,00 € para la anualidad 2025 y 2.400.000,00 € para la anualidad 2026).

Segundo. Plazo de solicitudes

La ampliación prevista en el artículo 1 de esta orden no afecta al plazo de presentación de solicitudes establecido en la Orden de 30 de diciembre de 2024.

Santiago de Compostela, 2 de junio de 2025

Mª José Gómez Rodríguez
Conselleira del Medio Rural