El Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra resolvió en su reunión de 26.3.2025 aprobar el deslinde parcial entre las comunidades de montes vecinales en mano común (CMVMC) de A Lama (A Lama) y Fraga (Ponte Caldelas) en base a los siguientes hechos y consideraciones técnicas.
Antecedentes y consideraciones técnicas:
Primero. El 28.9.2022 el presidente de la CMVMC de A Lama presenta solicitud de deslinde entre la CMVMC de A Lama en el ayuntamiento de A Lama y la CMVMC de Fraga, en el ayuntamiento de Ponte Caldelas.
Los montes vecinales en mano común (en adelante, MVMC) afectados por este deslinde son:
– MVMC de A Lama (ID:2814) de la CMVMC de A Lama.
– MVMC de Fraga (ID:3045) de la CMVMC de Fraga.
Segundo. Consta en el expediente la siguiente documentación del deslinde conforme al artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia:
• Acta del apeo del deslinde de 20.9.2022.
• Acta de conciliación núm. 4/2003 entre las comunidades en el Juzgado de Paz de Ponte Caldelas de 7.2.2023.
• Certificado de 5.4.2024 de la secretaria de la CMVMC de A Lama con la conformidad del presidente de la aprobación en asamblea general de 15.10.2022.
• Certificado de 24.3.2024 del secretario de la CMVMC de Fraga con la conformidad del presidente de la aprobación en asamblea general de 16.12.2022.
• Memoria descriptiva con el plano de deslinde y cartografía en formato digital en el Datum ETRS89/UTM zona 29N EPSG: 25829, firmada el 23.5.2023 por la ingeniera técnica forestal colegiada núm. 740 del COETF de Galicia.
• Informes de validación gráfica catastral con CSV: FKWXY31ADCB2YBGB y S64NQ55D6B4ZAX1S.
Tercero. La línea de deslinde propuesta tiene una longitud de 613 metros, y está compuesta por los siguientes puntos:
Punto P01: X: 544.524,43 Y: 4.693.803,95
Punto P02: X: 544.524,56 Y: 4.693.949,97
Punto P03: X: 544.531,11 Y: 4.694.016,69
Punto P04: X: 544.481,68 Y: 4.694.166,27
Punto P05: X: 544.445,27 Y: 4.694.247,00
Punto P06: X: 544.382,03 Y: 4.694.387,22
Revisada la cartografía de las resoluciones de clasificación de ambos MVMC, se detecta que existe colindancia entre ambos y se considera que el deslinde no afecta a terceros propietarios.
La línea del deslinde no es coincidente exactamente con la línea del Instituto Geográfico Nacional entre los ayuntamientos de A Lama y Ponte Caldelas en el tramo entre el punto P04 y el punto P01.
La línea del deslinde produce modificaciones en la cartografía de los croquis de clasificación de las dos comunidades, ambas presentan un ajuste para que el deslinde sea coincidente en el punto inicial (P01) con el resto de la cartografía existente tomada de referencia la catastral. Con respecto al punto final (P06), la cartografía de los croquis de clasificación no se modificará hasta que las comunidades deslinden con la Administración competente para establecer el dominio público hidráulico del río Verdugo.
El Servicio de Montes considera que la solicitud se ajusta a lo establecido en el artículo 53 de la LMG, por lo que propone la aprobación por el Jurado del deslinde según la línea presentada.
Cuarto. El artículo 53 de la LMG establece que el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común, previo examen de la documentación presentada, dictará resolución que será publicada en el Diario Oficial de Galicia y notificada a las comunidades interesadas.
A la vista de lo expuesto, este jurado
RESUELVE:
Aprobar el deslinde parcial entre la CMVMC de A Lama (A Lama) y Fraga (Ponte Caldelas), en los términos antes indicados.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 LPAC, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la LJCA.
Pontevedra, 21 de mayo de 2025
Antonio Crespo Iglesias
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra
