Mediante la Resolución de la Alcaldía nº 2025-0378, de 20 de mayo de 2025, se aprobó la oferta de empleo público para el año 2025 según la descripción que se recoge a continuación:
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Denominación |
Grupo |
Tipo de vínculo |
Nº de plazas |
Turno |
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Jefe/a de Unidad de la Administración general y apoyo a secretaría |
C1 |
Funcionario de carrera. Escala de Administración general (administrativa) |
1 |
Libre |
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Arquitecto/a técnico |
A2 |
Funcionario de carrera. Escala de Administración especial (técnica) |
1 |
Libre |
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Trabajador/a social |
A2 |
Funcionario de carrera. Escala de Administración especial (técnica) |
1 |
Libre |
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Oficial de obras y servicios |
AP |
Funcionario de carrera. Escala de Administración especial (subescala S.E.) |
1 |
Libre |
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Oficial de obras y servicios |
V |
Personal laboral |
1 |
Libre |
La plaza de personal laboral de oficial de obras y servicios anteriormente relacionada corresponde a la baja registrada en el año en curso.
De conformidad con el artículo 70 del TREBEP y 48.4 de la Ley 2/2015, de empleo público de Galicia, el plazo máximo para la convocatoria de los correspondientes procesos selectivos será de tres años a contar desde la publicación de la presente oferta de empleo público en el Boletín Oficial de la provincia.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente el recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación, ante el mismo órgano que emitió el acto, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vigo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa. Si se opta por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se produzca su desestimación por silencio. Todo esto sin perjuicio de que pueda ejercer cualquier otro recurso que estime pertinente.
El texto íntegro de la resolución se encuentra publicado y a disposición de los interesados en la sede electrónica del Ayuntamiento de Pazos de Borbén https://pazosdeborben.sedelectronica.gal, en el Portal de transparencia, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Pazos de Borbén, 20 de mayo de 2025
Xosé Luciano Otero Camiña
Alcalde
