DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 115 Miércoles, 18 de junio de 2025 Pág. 34129

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Pontecesures

ANUNCIO de notificación a los propietarios de fincas para la prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia.

Al no ser posible la práctica de la notificación a los titulares de las referencias catastrales que se relacionan a continuación por causas no imputables a esta administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.3 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, e intentada la notificación a las personas responsables sin que haya sido posible efectuarla por razones no imputables al Ayuntamiento de Pontecesures, mediante el presente anuncio se pone de manifiesto el incumplimiento por parte de las personas responsables que a continuación se indican de la obligación de gestión de la biomasa y/o retirada de especies arbóreas prohibidas en relación con las parcelas que se describen, impuesta por el artículo 22.1 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia:

Nº de expediente

Referencia catastral

Localización

Titular

106/2024

36044A001001150000ZS

Polígono 1, parcela 115

Rosa Pérez Gil

36044A001001170000ZU

Polígono 1, parcela 117

36044A001004200000ZL

Polígono 1, parcela 420

814/2024

36044A004001860000ZQ

Polígono 4, parcela 186

1465/2024

36044A008011690000ZD

Polígono 8, parcela 1169

859/2024

36044A008007890000ZB

Polígono 8, parcela 789

Mercedes Magariños Grela

36044A008007910000ZA

Polígono 8, parcela 791

Marcelino Portas Magariños

36044A008007920000ZB

Polígono 8, parcela 792

Josefa Magariños González

1465/2024

36044A008011730000ZX

Polígono 8, parcela 1173

Ramón Miniño Gasamanes

1456/2024

36044A001000920000ZW

Polígono 1, parcela 92 en Condide

María Luisa Jamardo Doce (ahora propietario desconocido)

1605/2024

36044A008008570000ZQ

Polígono 8, parcela 857

Mercedes Fernández Cordal

448/2025

36044A004005690000ZP

Polígono 4, parcela 569

Herederos de Alfonso Refojo Loureiro

8493208NH2289S0001MS

Avenida de Arousa, 25[A]

La eficacia de este acto quedará demorada hasta la publicación del pertinente anuncio en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Asimismo, se pone en conocimiento de la persona responsable que el contenido íntegro de la citada notificación, así como de la totalidad del expediente administrativo, está a su disposición en las oficinas municipales del Ayuntamiento de Pontecesures.

Se comunica que las personas responsables disponen de un plazo voluntario de quince (15) días naturales para gestionar la biomasa en las parcelas indicadas.

Transcurrido dicho plazo, y en el caso de persistencia en el incumplimiento, se procederá a la ejecución subsidiaria con repercusión en la propiedad de los costes de gestión de la biomasa y, en su caso, el decomiso de las especies arbóreas prohibidas retiradas por la Administración, o a la imposición de multas coercitivas reiteradas cada tres meses, cuya cuantía será de 900 euros por hectárea de superficie de parcela no gestionada, o la parte proporcional si el área fuere inferior, mientras persista el incumplimiento. En todo caso, la cuantía mínima a imponer por multa coercitiva será de 100 euros, con independencia de las hectáreas que integren la superficie de la parcela no gestionada, sin perjuicio de la instrucción del procedimiento sancionador que corresponda por la comisión de una infracción leve tipificada en el artículo 50.2.1 de la Ley 3/2007, sancionable con hasta 1.000 € según establece el artículo 74 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de montes, en el que podrán adoptarse medidas de carácter provisional, consistentes en trabajos preventivos de gestión de la biomasa y retirada de especies arbóreas al objeto de evitar los incendios forestales y el decomiso de las indicadas especies.

La Administración podrá iniciar la ejecución subsidiaria en cualquier momento dentro de los cuatro años posteriores al transcurso del plazo máximo concedido, en función de sus posibilidades materiales y presupuestarias, y siempre que se mantenga el incumplimiento.

Además, se les advierte que el incumplimiento de la gestión de la biomasa conforme al artículo 21.ter de la Ley 3/2007 podrá suponer la repercusión de los gastos de extinción de incendios, en el caso de producirse, conforme a lo establecido en el artículo 48.9 del citado texto legal.

Pontecesures, 13 de mayo de 2025

Mª Teresa Tocino Barreiro
Alcaldesa