El Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra resolvió en su reunión de 26.3.2025 aprobar el deslinde parcial entre las comunidades de montes vecinales en mano común (en adelante, CMVMC) de Toutón (Mondariz) y Fozara (Ponteareas), con base en los siguientes hechos y consideraciones técnicas.
Antecedentes y consideraciones técnicas:
Primero. El 30.9.2022, el presidente de la CMVMC de Toutón presenta solicitud de deslinde entre la CMVMC de Toutón, en el ayuntamiento de Mondariz y la CMVMC de Fozara, en el ayuntamiento de Ponteareas. Los montes vecinales en mano común (en adelante, MVMC) afectados por este deslinde son:
– MVMC de Toutón (ID 2846) de la CMVMC de Toutón, Mondariz.
– MVMC de Terreiro, Cháns, Outeiro y Serra (ID 3012) de la CMVMC de Fozara, Ponteareas.
Consta en el expediente la siguiente documentación del deslinde conforme al artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia (LMG):
– Acta del apeo del deslinde de 9.8.2022, firmada el 8.3.2024.
– Papeleta de 14.9.2022 y del acta de conciliación núm. 493/2022 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Ponteareas, Decreto 101-2023, de 25.5.2023.
– Certificado de 21.2.2024 de la secretaria de la CMVMC de Toutón con la conformidad del presidente de la aprobación en la asamblea general de 25.7.2022.
– Certificado de 8.3.2024 del secretario de la CMVMC de Fozara con la conformidad del presidente de la aprobación en la asamblea general de 24.4.2022.
– Memoria descriptiva con el plano de deslinde y cartografía en formato digital en el Datum ETRS89/UTM zona 29N EPSG: 25829, con las fotos de los puntos levantados sobre el terreno, firmada el 30.9.2022 por el ingeniero técnico forestal colegiado núm. 568 del COETF de Galicia.
– Informe de validación gráfica catastral con CSV: G41G970K8AG9SD2Q y R5FS5A73GGZXE8S1.
Segundo. Los puntos levantados en el campo, en coordenadas UTM ETRS89 (zona 29N), de acuerdo con las dos comunidades y que se corresponden con puntos identificados con hitos sobre el terreno, son los siguientes:
Punto 1 – x: 540.571,33 y: 4.677.463,32
Punto 2 – x: 540.658,11 y: 4.677.425,65
Punto 3 – x: 540.769,62 y: 4.677.300,40
Punto 4 – x: 540.836,45 y: 4.677.173,26
Punto 5 – x: 540.840,26 y: 4.677.166,07
Punto 6 – x: 540.929,80 y: 4.677.018,13
Punto 7 – x: 540.955,60 y: 4.676.990,44
En el trabajo de gabinete se establecen puntos de deslinde secundarios para respetar las áreas afectadas por dominio público de carreteras. Estos puntos son:
|
Número |
X |
Y |
|
4a |
540.834,84 |
4.677.176,32 |
|
5a |
540.847,78 |
4.677.153,64 |
Esta línea de deslinde entre Toutón y Fozara coincide en el punto 1 de coordenadas (X:540571,33 y Y: 4677463,32) con la línea de deslinde Fozara-Paredes (expediente DC22001), ya aprobada por el Jurado de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra en la reunión celebrada el 14.6.2022.
Tercero. La línea de deslinde propuesta tiene una longitud de 599 metros, del punto 1 al 7, interrumpiéndose del 4a al 5a por el dominio público de la carretera.
La línea de deslinde corresponde con los siguientes puntos:
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Número |
X |
Y |
|
1 |
540.571,33 |
4.677.463,32 |
|
2 |
540.658,11 |
4.677.425,65 |
|
3 |
540.769,62 |
4.677.300,40 |
|
4a |
540.834,84 |
4.677.176,32 |
|
4 |
540.836,45 |
4.677.173,26 |
|
5 |
540.840,26 |
4.677.166,07 |
|
5a |
540.847,78 |
4.677.153,64 |
|
6 |
540.929,80 |
4.677.018,13 |
|
7 |
540.955,60 |
4.676.990,44 |
Revisada la cartografía de las resoluciones de clasificación de ambos MVMC se detecta que no existe colindancia entre ambos desde el punto 2 al 7, pero tanto la CMVMC de Toutón como la CMVMC de Fozara tiene presentadas solicitudes de revisión de croquis en el año 2024 que justifican esa colindancia.
La línea de deslinde produce modificaciones en la cartografía del croquis de clasificación de Toutón y de Fozara, pero no se realiza el ajuste hasta aprobar las revisiones de croquis de las dos comunidades.
El Servicio de Montes considera que la solicitud se ajusta a lo establecido en el artículo 53 de la LMG, por lo que propone la aprobación por el Jurado del deslinde según la línea presentada.
Cuarto. El artículo 53 de la LMG establece que el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común, después del examen de la documentación presentada, dictará resolución que será publicada en el Diario Oficial de Galicia y notificada a las comunidades interesadas.
A la vista de lo expuesto, este jurado
RESUELVE:
Aprobar el deslinde parcial entre la CMVMC Toutón, en el ayuntamiento de Mondariz y la CMVMC de Fozara, en el ayuntamiento de Ponteareas, en los términos antes indicados.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de MVMC de Pontevedra en el plazo de un mes de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 123 y 124 LPAC; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses de acuerdo con el artículo 8 y 46 de la LJCA.
Pontevedra, 28 de mayo de 2025
Antonio Crespo Iglesias
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra
