Expediente: IN407A 2022/377-1.
Solicitante/promotor: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Denominación: LMTS, CT y RBTS Osedo.
Ayuntamiento: Sada.
1. Antecedentes:
El 13.7.2023 la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía, Industria e Innovación dictó resolución por la que se concedió autorización administrativa previa y de construcción y declaración de utilidad pública del proyecto LMTS, CT y RBTS Osedo.
El 3.6.2024 la empresa promotora presenta solicitud de modificación de la declaración de utilidad pública al detectarse un error en la superficie necesaria de acceso a la nueva instalación eléctrica cuya construcción fue autorizada. La empresa promotora presentó, con la documentación de la solicitud de modificación de la declaración de la utilidad pública, una nueva relación de bienes y derechos afectados.
2. Legislación de aplicación:
• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).
• Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).
• Resolución de 19 de febrero de 2014 por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción, de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (DOG núm. 54, de 19 de marzo).
• Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).
• Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).
La relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados que se considera de necesaria expropiación figura en el anexo que se adjunta a este acuerdo.
La declaración de utilidad pública, según el artículo 56 de la Ley 24/2013, del sector eléctrico, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.
La documentación estará a disposición de las personas interesadas en las dependencias de la Sección de Energía del Departamento Territorial de la Consellería de Economía e Industria de A Coruña (calle Vicente Ferrer, núm. 2, 2ª planta, 15071 A Coruña), de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, así como en el tablón de anuncios del ayuntamiento. Además, se podrá consultar en el Portal de transparencia y gobierno abierto de esta consellería:
https://economia.xunta.gal/transparencia/informacion-publica/en-tramitacion/instalacions-electricas-distribucion-e-transporte
Esto se hace público para conocimiento general y particular de las personas propietarias de las fincas que figuran en la relación anexa a este acuerdo, así como de las personas titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados que se hayan omitido. Podrán examinar la documentación técnica y, en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que estimen oportunas en el plazo de treinta (30) días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de este acuerdo.
A Coruña, 8 de mayo de 2025
Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña
ANEXO
LMTS, CT y RBTS Osedo
Relación de bienes y derechos afectados-Ayuntamiento de Sada
|
Finca proyecto |
Persona propietaria/titular |
Referencia catastral |
Paraje |
Afección de suelo pleno dominio |
Afección de suelo por servidumbre de paso de energía eléctrica |
Naturaleza del terreno |
||
|
Apoyo núm. |
Superficie (m2) |
Longitud (m) |
Superficie (m2) |
|||||
|
1 |
José Manuel Riveiro Pérez |
8291806NH5989N0001SY |
Osedo |
CT |
24.93 |
Urbano. Suelo sin edificar |
||
