El tribunal nombrado por Resolución de 3 de abril de 2025 (DOG núm. 69, de 9 de abril) para calificar el proceso selectivo citado, en sesión que tuvo lugar el 17 de junio de 2025,
ACORDÓ:
Primero. Al amparo de lo previsto en la base II.1.2.7 de la convocatoria, después de revisar las reclamaciones presentadas contra el primer ejercicio de este proceso selectivo, realizado el 24 de mayo de 2025:
Anular las preguntas 60, 78 y 133. Su lugar pasa a ser ocupado por las preguntas número 163, 164 y 167, respectivamente. Asimismo, se acuerda modificar el modelo de corrección de respuestas en la pregunta número 145, siendo correcta la alternativa a). Se desestiman las restantes reclamaciones presentadas a dicho ejercicio.
Segundo. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1.1.1 de la convocatoria, por Resolución de este tribunal de 7 de mayo de 2025, se dio publicidad a los criterios de corrección, valoración y superación del primer ejercicio. Este se calificará de 0 a 50 puntos y para superarlo será necesario obtener un mínimo de 25 puntos.
Se asignará la valoración de 25 puntos a las personas aspirantes que obtengan una nota equivalente a la nota de corte fijada. El resto de las personas declaradas aptas tendrá una calificación distribuida entre los 25 y los 50 puntos, proporcional al número de respuestas correctas. Las personas aspirantes que no superen el ejercicio serán declaradas no aptas.
Tercero. Una vez hecha la corrección de los exámenes en la sesión de 17 de junio de 2025, de acuerdo con los criterios anteriores, alcanzaron la puntuación mínima de 25 puntos un total 18 aspirantes, fijándose en 68,00 el número de respuestas correctas para lograr dicha puntuación, una vez hechas las deducciones según lo establecido en la base II.1.1.1 de la convocatoria, y se acordó publicar en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal los resultados obtenidos por las personas aspirantes que se presentaron al primer ejercicio.
Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en la base II.1.2.8 de la convocatoria, los aspirantes podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas con relación a las puntuaciones, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Quinto. De acuerdo con lo dispuesto en la base III.13 de la orden de convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Hacienda y Administración Pública, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 17 de junio de 2025
Marta Lorenzo Carpente
Presidenta del tribunal
