DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 129 Martes, 8 de julio de 2025 Pág. 38023

III. Otras disposiciones

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración

ORDEN de 18 de junio de 2025 por la que se realiza una redistribución entre créditos presupuestarios, se abre un nuevo plazo de presentación de solicitudes y se modifica la Orden de 27 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del Programa Investigo, de contratación de personas jóvenes demandantes de empleo en la realización de iniciativas de investigación e innovación, y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2025 (código de procedimiento TR349V).

En el Diario Oficial de Galicia núm. 18, de 28 de enero de 2025, se publicó la Orden de 27 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del Programa Investigo, de contratación de personas jóvenes demandantes de empleo en la realización de iniciativas de investigación e innovación, y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2025 (código de procedimiento TR349V).

El artículo 3 de dicha orden establece los créditos que financian las ayudas del Programa Investigo con cargo a los correspondientes fondos dotados en el presupuesto de gastos de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración.

El crédito total, por importe de 4.817.400 €, consignado en el código de proyecto 2024 00077, se desglosa en las siguientes aplicaciones presupuestarias:

14.02.322C.470.0: 3.817.400 €.

14.02.322C.480.10: 1.000.000 €.

Conforme al artículo 31 del Reglamento que desarrolla la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero, se puede alterar la distribución entre distintos créditos sin modificar la cuantía total máxima y la redistribución precisará únicamente de las modificaciones que procedan en el expediente de gasto y de la publicación de esta modificación en los mismos medios que la convocatoria.

Una vez finalizado el plazo de solicitudes del Programa Investigo 2024, se concedieron las ayudas según la diferente naturaleza jurídica de las entidades solicitantes por cada una de las partidas presupuestarias y quedaron saldos de crédito en la aplicación presupuestaria 480.10. Este remanente puede utilizarse para atender otras solicitudes en régimen de concurrencia no competitiva en la aplicación presupuestaria 470.0.

El artículo 18 de la Orden de 27 de diciembre recoge el procedimiento para la selección y contratación de las personas trabajadoras y establece, en su apartado 4, que los contratos deberán dar comienzo antes de 15 de mayo de 2025.

La demora en las modificaciones presupuestarias precisas para la redistribución de dichos créditos hace imposible el cumplimiento del plazo establecido para el inicio de los contratos para aquellas entidades que resulten beneficiarias de esta redistribución, por lo que resulta necesaria la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes y de inicio de los contratos subvencionados.

Por todo lo expuesto y en el uso de las facultades que me han sido conferidas,

DISPONGO:

Artículo 1. Redistribución de los créditos

Redistribuir los créditos para la financiación de las ayudas previstas en la Orden de 27 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del Programa Investigo, según se expresa en la siguiente tabla:

Aplicación presupuestaria

Crédito inicial

Redistribución de créditos

Crédito final

14.02.322C.470.0

3.817.400

+737.946,96

4.555.346,96

14.02.322C.480.10

1.000.000

-737.946,96

262.053,04

Artículo 2. Presentación de solicitudes

Abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes de las ayudas previstas en la Orden de 27 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del Programa Investigo.

Artículo 3. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, que comenzará a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primero día hábil siguiente, y se en el mes de vencimiento no hubiese día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.

Artículo 4. Modificación de la Orden de 27 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del Programa Investigo, de contratación de personas jóvenes demandantes de empleo en la realización de iniciativas de investigación e innovación, y se procede a convocatoria para el ejercicio 2025

La orden se modifica en los siguientes términos:

El apartado 4 del artículo 18 queda redactado de la siguiente manera:

La fecha límite para el inicio de los contratos subvencionados con cargo a esta orden será el 30 de septiembre de 2025, salvo en casos de fuerza mayor o por causas debidamente justificadas, en que se podrá autorizar el aplazamiento del inicio por parte de la secretaria general de Empleo y Relación Laborales.

Santiago de Compostela, 18 de junio de 2025

José González Vázquez
Conselleiro de Empleo, Comercio y Emigración