Mediante la Resolución de Alcaldía de este ayuntamiento de 9 de junio de 2025 se aprobó la oferta de empleo público correspondiente a la/s plaza/s que a continuación se apuntan para el año 2025.
Personal funcionario:
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Nº |
Denominación |
Grupo |
Subgrupo |
Titulación |
Provisión |
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1 |
Administrativo/a |
C |
C1 |
Bachillerato o equivalente Técnico de gestión administrativa (grado medio) |
Promoción interna |
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2 |
Auxiliar administrativo |
C |
C2 |
ESO o equivalente |
Promoción interna |
Personal laboral fijo:
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Nº |
Denominación |
Grupo |
Subgrupo |
Titulación |
Provisión |
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3 |
Limpiador/a |
AP |
2 |
ESO o equivalente |
Promoción interna |
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4 |
Educador/a social |
A |
A2 |
Grado de Educación Social |
Libre |
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5 |
Monitor/a |
AP |
A |
TSEAS TSAF TAFAD Certificado de profesionalidad |
Libre |
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley reguladora de las bases de régimen local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ponteareas o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se produzca su desestimación por silencio. Todo eso sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Creciente, 9 de junio de 2025
Julio César García Luengo Pérez
Alcalde
