Antecedentes.
Mediante la Resolución de 28 de marzo de 2022, de la entonces Secretaría General Técnica y del Patrimonio, se declaró a la Comunidad Autónoma de Galicia heredera abintestato de Benedicta Álvarez García.
La citada resolución se publicó en el Boletín Oficial del Estado suplemento núm. 102, de 29.4.2022 (ID: N2200508957), en el Diario Oficial de Galicia núm. 72, de 13 de abril, en la página web de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, y fue expuesta en los tablones de anuncios de los ayuntamientos de Vedra y Oleiros.
Advertido error en la transcripción del número del documento nacional de identidad de la causante en el punto primero de la resolución, es necesaria su debida corrección.
Fundamentos jurídicos.
– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, artículo 109.2.
– Decreto 141/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, artículos 14 y 16.
Según lo anterior,
RESUELVO:
Primero. Modificar la Resolución de 28 de marzo de 2022, de la Secretaría General Técnica y del Patrimonio, por la que se declaró a la Comunidad Autónoma de Galicia única y universal heredera abintestato de Benedicta Álvarez García, en el punto primero del «resuelvo», de manera que, donde dice erróneamente:
«Declarar a la Comunidad Autónoma de Galicia única y universal heredera abintestato de Benedicta Álvarez García, con DNI 33272378L, entendiéndose legalmente aceptada la herencia a beneficio de inventario».
Debe decir:
«Declarar a la Comunidad Autónoma de Galicia única y universal heredera abintestato de Benedicta Álvarez García, con DNI 33272348L, entendiéndose legalmente aceptada la herencia a beneficio de inventario».
Segundo. Publicar la presente resolución de modificación en el Boletín Oficial del Estado, en el Diario Oficial de Galicia y en la página web de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, área temática de patrimonio, anuncios, que se puede consultar en el siguiente enlace: http://www.conselleriadefacenda.es/areas-tematicas/patrimonio/anuncios
Una copia de esta resolución será remitida para su exposición pública, por plazo no inferior a treinta días, en los tablones de anuncios de los ayuntamientos de Vedra y Oleiros.
Esta resolución podrá ser recurrida por infracción de las normas sobre competencia y procedimiento mediante recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el conselleiro de Hacienda y Administración Pública, de conformidad con los artículos 112.1, 114 y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los que se consideren perjudicados por esta resolución en sus derechos de carácter civil, podrán ejercer las acciones pertinentes ante el órgano de la jurisdicción civil correspondiente.
Santiago de Compostela, 7 de julio de 2025
José María Barreiro Díaz
Director general de Simplificación Administrativa y del Patrimonio
