DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 138 Lunes, 21 de julio de 2025 Pág. 40677

III. Otras disposiciones

Consellería de Sanidad

RESOLUCIÓN de 10 de julio de 2025 por la que se da publicidad a la encomienda de gestión a Galaria, Empresa Pública de Servicios Sanitarios, S.A., para la realización de las actuaciones necesarias para la planificación, coordinación y gestión del Plan de dotación del Nuevo Montecelo.

De conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, se da publicidad a la encomienda a Galaria, Empresa Pública de Servicios Sanitarios, S.A., de la realización de las actuaciones necesarias para la planificación, coordinación y gestión del Plan de dotación del Nuevo Montecelo.

1. Actividades: la realización de las actuaciones necesarias para la planificación de las necesidades, coordinación y gestión del Plan de inversiones del Nuevo Montecelo.

El objeto comprende la coordinación de las actividades asociadas a la planificación de las licitaciones necesarias para ejecutar el Plan de inversiones del Nuevo Montecelo, según la previsión de la finalización de las obras y de ocupación de los espacios con la finalidad de la puesta en marcha del Nuevo Montecelo, así como el control de plazos de los expedientes de contratación y la gestión de los equipos de trabajo constituidos para las diferentes fases de la licitación y ejecución del Plan de inversiones, en coordinación con la Dirección General de Recursos Económicos del Servicio Gallego de Salud.

La gestión que realizará Galaria, Empresa Pública de Servicios Sanitarios, S.A., comprenderá las actuaciones materiales o jurídicas necesarias, dentro de los límites contenidos en la normativa que disciplina su actividad, aunque podrá, de conformidad con el artículo 2 de sus estatutos, contratar con terceros las actuaciones encomendadas. En este último caso, la actuación se ajustará a lo dispuesto en el artículo 32.7 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de competencias, ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del órgano encomendante dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integren las concretas actividades materiales objeto de la encomienda.

2. Naturaleza y alcance de la gestión encomendada: el artículo 9 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, regula las encomiendas de gestión intersubjetivas entre administraciones públicas y entidades públicas, contemplando entre sus supuestos habilitantes el de que la entidad que vaya a desarrollar la actividad encomendada pueda ser considerada como medio propio o servicio técnico de la entidad encomendante (artículo 9.1.b) de la Ley 16/2010). En este caso, la encomienda se instrumentará por medio de resolución de la consellería de adscripción de la entidad (artículo 9.2 de la Ley 16/2010).

El artículo 6.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, señala que quedan excluidas del ámbito de la misma las encomiendas de gestión reguladas en la legislación vigente en materia de régimen jurídico del sector público.

Además, se prevé que para la efectividad de la encomienda, el instrumento en el que se formalice deberá ser publicado en el Diario Oficial de Galicia (artículo 9.3 de la Ley 16/2010).

3. Plazo de vigencia: esta encomienda tendrá una duración de 18 meses, prorrogables hasta un máximo de 18 meses adicionales, en función de las necesidades derivadas de la aprobación del Plan de inversiones y de los plazos del traslado, ocupación y puesta en funcionamiento de los diferentes servicios en el nuevo hospital.

Santiago de Compostela, 10 de julio de 2025

Antonio Gómez Caamaño
Conselleiro de Sanidad