DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 146 Viernes, 1 de agosto de 2025 Pág. 42243

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

RESOLUCIÓN de 30 de julio de 2025 por la que se da publicidad a la resolución de concesión de las ayudas para la mejora de la capacidad de innovación de las empresas en Galicia, a través de la financiación de actividades integradas en planes de diseño e innovación (programa Igape Innova) para el año 2025 (código de procedimiento IG408L).

Mediante la Resolución de 13 de enero de 2025 (DOG núm. 8, de 14 de enero), se publicaron las bases reguladoras de las ayudas para la mejora de la capacidad de la innovación de las empresas en Galicia, a través de la financiación de las actividades integradas en planes de diseño e innovación (programa Igape Innova) y para proceder a su convocatoria para el año 2025, en régimen de concurrencia competitiva (código de procedimiento IG408L).

Dichas bases establecen en su artículo 16.4 que el anuncio de la publicación del texto completo de la resolución definitiva en la web de Igape será objeto de publicación en el Diario Oficial de Galicia de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

En su virtud y de conformidad con las facultades que tengo conferidas,

RESUELVO:

Primero. Anunciar la publicación del texto completo de la resolución definitiva de fecha 30 de julio de 2025 de concesión de las ayudas para la mejora de la capacidad de la innovación de las empresas en Galicia, a través de la financiación de las actividades integradas en planes de diseño e innovación (programa Igape Innova) en la dirección https://www.igape.gal/es/resoluciones-definitivas y https://spiga-sed.igape.es

El texto completo no se publica en el DOG en su integridad en virtud de la cautela prevista en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Se habilita un plazo de 10 días naturales para que las personas interesadas accedan a la oficina virtual del Igape, en la dirección https://spiga-sed.igape.es/publicaciones, utilizando su NIF, para descargar su resolución individual. Transcurrido dicho plazo desde la puesta a disposición de la resolución individual sin que se acceda a su contenido, se entenderá rechazada.

Segundo. Las resoluciones individuales, según lo establecido en el punto primero, agotan la vía administrativa y contra ellas podrán interponerse recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Santiago de Compostela, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al acceso a la resolución individual, o desde que se entienda rechazada por el transcurso diez días naturales desde su puesta a disposición sin que se hubiera accedido a su contenido. No obstante, previamente podrá interponer un recurso de reposición ante la persona titular de la Dirección General del Igape, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al acceso a la resolución individual, o desde que se entienda rechazada por el transcurso de diez días naturales desde su puesta a disposición sin que se hubiera accedido a su contenido.

Santiago de Compostela, 30 de julio de 2025

Covadonga Toca Carús
Directora general del Instituto Gallego de Promoción Económica