DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 150 Jueves, 7 de agosto de 2025 Pág. 42964

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

ANUNCIO de 31 de julio de 2025, de la Secretaría General de Industria y Desarrollo Energético, por el que se notifica a varias personas solicitantes la resolución de desistimiento de la solicitud de reconocimiento como persona interesada en el expediente de aprobación del proyecto de una planta de producción de fibras textiles a base de celulosa en Palas de Rei (Lugo), promovida por Greenfiber, S.L.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, cuando sea necesario practicar una notificación y se ignore el lugar de notificación o bien, intentada esta, no se hubiese podido practicar, la notificación se hará por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

En la tramitación del expediente de aprobación del proyecto de una planta de producción de fibras textiles a base de celulosa en Palas de Rei (Lugo), promovida por Greenfiber, S.L., se han recibido solicitudes por parte de personas que solicitan que se les reconozca como parte interesada en el procedimiento. En algunos de los casos, o bien no se ha indicado adecuadamente el lugar de notificación, o bien no ha sido posible practicarla, por lo que, por medio de este anuncio, y de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, se procede a la siguiente notificación:

Las personas relacionadas en el anexo I presentaron un escrito de alegaciones durante la fase de infomación pública del proyecto de una planta de producción de fibras textiles a base de celulosa en Palas de Rei (Lugo), promovida por Greenfiber, S.L., declarado proyecto industrial estratégico (PIE) por el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 29 de diciembre de 2022.

En el mismo escrito de alegaciones, las personas relacionadas en el anexo I solicitaban su reconocimiento como personas interesadas en el expediente en tramitación.

Consta en el expediente un requerimiento de enmienda de su solicitud efectuado por el Servicio de Coordinación Administrativa que le fue oportunamente notificado. En esa comunicación se le requería que acreditase, en el plazo de diez (10) días hábiles, mediante cualquier medio válido en derecho, su condición de persona interesada en el procedimiento.

En dicho requerimiento se le advertía expresamente «de acuerdo con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de no darse cumplimiento a este requerimiento, se le tendrá por desistido de su petición».

Vencido dicho plazo, no se presentó la documentación requerida y, por lo tanto, no se acreditó ante esta secretaría general la condición de persona interesada en el procedimiento.

Consideraciones legales y técnicas:

1. La condición de persona interesada en un procedimiento viene regulada por el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

2. De acuerdo con el artículo 4.1 de dicha norma, se consideran personas interesadas en el procedimiento administrativo:

«a) Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos.

b) Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte.

c) Aquellos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento en tanto no haya recaído resolución definitiva».

3. El artículo 68.1 de la misma ley dispone que «si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo 66, y, en su caso, los que señala el artículo 67 u otros exigidos por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez (10) días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21».

4. El mencionado artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, establece la obligación para la Administración de «dictar resolución expresa y a notificarla en todos los procedimientos cualquiera que sea su forma de iniciación».

A la vista de lo anterior,

RESUELVO:

1. Declarar el desistimiento de su solicitud de reconocimiento como persona interesada en el procedimiento relativo al proyecto de una planta de producción de fibras textiles a base de celulosa en Palas de Rei (Lugo), promovida por Greenfiber, S.L., declarado proyecto industrial estratégico (PIE) por el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 29 de diciembre de 2022, y declarar concluso el procedimiento iniciado con la presentación de dicha solicitud.

2. Que se le notifique esta resolución a la persona solicitante, según lo establecido en los artículos 40 y 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consellería de Economía e Industria, en el plazo de un (1) mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, en los términos establecidos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La eficacia de este anuncio queda supeditada a su publicación en el tablón edictal único del Boletín Oficial del Estado.

Santiago de Compostela, 31 de julio de 2025

Nicolás Vázquez Iglesias
Secretario general de Industria y Desarrollo Energético

ANEXO I

Expediente

Nombre y apellidos

2024/006184

Andrea Mahía Martínez

2024/006017

Armando Filippo Amodia López

2024/005711

Carmen Pello Besteiro

2024/006066

Catuxa Magariños Barreiro

2024/005736

Claudia Rodríguez Almón

2024/003788

Cristina Cancelo Naveiro

2024/005841

Elsa Diéguez Lamela

2024/001607

Estela Arrigoni Rodríguez

2024/005703

Hipólito Cienfuegos Palacios

2024/005714

Hortensia

2024/003825

Jesús Manuel Contreras Martínez

2024/000419

José Luis Bernardo Delgado

2024/001685

José Luis Fernández Guerra

2024/003679

José Varela Bujeiro

2024/002940

Juan Carlos Díaz Cabeza

2024/005812

Laura Cuba Orosa

2024/005375

Lidia Bugallo Nieto

2024/000222

Lucía Pérez Fontao

2024/005196

Mª dos Anxos Cabada Rodríguez

2024/000082

Manuel Otero Outeiral

2024/005739

Marco Marian

2024/003782

María África Méndez Perera

2024/000597

Montserrat Elía Carneiro Freire

2024/006155

Pablo Domínguez Torres

2024/005720

Pedro Santín

2024/002946

Ramón Varela

2024/005830

Roberto Araújo Zorrilla

2024/000470

Sandra Chaves Eijo

2024/002843

Santiago Bas López

2024/001859

Santiago Méndez Vázquez

2024/000160

Silvia Sarandeses Caamaño

2024/003874

Verónica Baleato Castro

2024/005927

Xiana Magariños Barreiro