DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 153 Martes, 12 de agosto de 2025 Pág. 43761

III. Otras disposiciones

Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras

DECRETO 72/2025, de 4 de agosto, por el que se aprueba el cambio de titularidad, a favor del Ayuntamiento de Poio, del tramo inicial de la PO-308 (pp.kk. 0+000 al 0+320) con su dominio público viario (DPV) y el dominio público viario de los márgenes de la PO-308 (pp.kk. 0+320 al 0+480), excepto la calzada y las aceras.

Según el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de las carreteras o tramos de estas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de estas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras, previo acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone en el artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán comprender carreteras, tramos de estas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

El Ayuntamiento de Poio y la Agencia Gallega de Infraestructuras firmaron, el 28.1.2025, un convenio de colaboración para la humanización de la carretera autonómica PO-308 a su paso por el ayuntamiento de Poio. 1ª fase.

La firma de este convenio supone el acuerdo entre las dos administraciones para la tramitación del expediente de cambio de titularidad, en que el Ayuntamiento se obliga a aceptar la transferencia de titularidad de todo el dominio público viario del tramo inicial de la PO-308 entre Ponte da Barca y la PO-310, pp.kk. 0+000 y 0+320, respectivamente, y todo el dominio público viario asociado en el tramo de carretera PO-308 a partir del punto kilométrico 0+320 y hasta el final del tramo afectado por la ejecución de las obras descritas en el convenio, excepto la calzada y las aceras.

La Agencia Gallega de Infraestructuras, de acuerdo con los informes emitidos por los servicios competentes, formula la propuesta favorable a la transferencia de titularidad de los tramos que se definen en el artículo 1.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Vivienda y Planificación de Infraestructuras, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día cuatro de agosto de dos mil veinticinco,

DISPONGO:

Artículo 1

Aprobar el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Poio de:

Clave

A transferir

PKi

Coordenadas UTM (ETRS89 huso 29)

PKf

Coordenadas UTM (ETRS89 huso 29)

Long. (m)

PO-308

Tramo inicial PO-308 más su DPV

(de Int. PO-531 hasta la int. con la PO-310)

0+000

x= 528.419

y= 4.698.028

0+320

x= 528.186

y= 4.698.039

320

PO-308

DPV de los márgenes de la PO-308, excepto calzada y aceras

0+320

x= 528.186

y= 4.698.039

0+480

x= 528.056

y= 4.697.991

-

Modificar, en aplicación del artículo 10.6. a) de la LCG, el Catálogo de la Red autonómica de carreteras de Galicia aprobado por el Decreto 100/2021, de 24 de junio, en el sentido de reflejar este cambio de titularidad, que quedaría de la siguiente forma:

Clave

Denominación

Tramo

PKi

PKf

Longitud

tramo (km)

Longitud total (km)

Categoría

funcional

Clase de carretera

Provincia

PO-308

Poio (PO-310) – A Lanzada (PO-550)

Poio (PO-310)

A Seara –

(PO-535)

0+320

3+460

3,14

28,16

Local

Carretera

convencional

Pontevedra

PO-308

Poio (PO-310) – A Lanzada (PO-550)

A Seara

(PO-535) –

Sanxenxo

(PO-504)

3+460

17+360

13,90

28,16

Complementaria

Carretera

convencional

Pontevedra

PO-308

Poio (PO-310) – A Lanzada (PO-550)

Sanxenxo

(PO-504) –

A Lanzada (VG-4.1)

17+360

28+040

10,68

28,16

Local

Carretera

convencional

Pontevedra

PO-308

Poio (PO-310) – A Lanzada (PO-550)

A Lanzada (VG-4.1) –

A Lanzada (PO-550)

28+040

28+480

0,44

28,16

Estructurante

Carretera

convencional

Pontevedra

El documento del Catálogo y sus modificaciones pueden consultarse en la página web de la Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras:

https://vivendaeinfraestruturas.xunta.gal/estradas/rede-autonomica/raega

Artículo 2

En aplicación de los apartados 4 y 6 del artículo 10 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el Ayuntamiento de Poio deberá modificar su catálogo de carreteras para incluir los cambios de titularidad a los que se refiere este decreto.

Artículo 3

De acuerdo con lo establecido en el artigo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo al día siguiente al de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los tres meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.

Esta acta de entrega y sus planos se podrán consultar en la página web de la Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras:

https://vivendaeinfraestruturas.xunta.gal/estradas/rede-autonomica/raega

Artículo 4

Corresponde al Ayuntamiento de Poio, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación de los bienes transferidos, así como el ejercicio de las funciones de disciplina vial y cualquiera otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular.

Disposición final

Este decreto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, cuatro de agosto de dos mil veinticinco

Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente

María Martínez Allegue
Conselleira de Vivienda y Planificación de Infraestructuras