BDNS (Identif.): 851150.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS):
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/851150
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/851324 (minimis agrícola)
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/851325 (minimis pesca)
Los códigos asignados por la BDNS corresponden a un mismo texto de convocatoria.
Primero. Personas beneficiarias
Los empresarios individuales y personas jurídicas que tengan la condición de empresa, con independencia de su tamaño, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener domicilio social o un centro de trabajo en Galicia en el que se desarrolle la actuación subvencionada.
b) Encontrarse válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud.
c) Estar al corriente en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como no tener pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia.
d) No estar incursas en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 y 3 de la Ley 9/2007, o que incumplan las obligaciones del artículo 11 de la citada ley.
Segundo. Objeto
Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia no competitiva y tienen por objeto mejorar la preparación digital frente a amenazas cibernéticas en las empresas gallegas, mediante la adopción de medidas de ciberseguridad que les permitan reforzar la protección de sus activos críticos, reducir el riesgo de incidentes y mejorar su capacidad de prevención, detección y respuesta ante amenazas en el entorno digital.
La finalidad de estas ayudas es facilitar a las empresas gallegas la evaluación de los riesgos de ciberseguridad a los que están expuestas, la implementación de servicios técnicos especializados y la incorporación de prácticas que mejoren su madurez en materia de seguridad digital. Este apoyo contribuirá a fortalecer su continuidad operativa, competitividad y posicionamiento estratégico en un mercado creciente en exigencias de seguridad.
Las ayudas se destinarán a financiar el acceso a servicios de ciberseguridad prestados por entidades proveedoras homologadas, que podrán abarcar:
• La realización de un diagnóstico inicial de madurez y riesgos, cuando la empresa beneficiaria lo considere necesario, especialmente en los casos en los que no disponga de un diagnóstico reciente conforme a estándares reconocidos.
• Acceso a servicios especializados en pago por uso durante 12 meses, adaptados a las necesidades detectadas, que podrán incluir la migración segura de infraestructuras a entornos cloud (IaaS), la operación segura de infraestructuras TI (ITaaS) o la protección de entornos industriales OT (OTaaS).
• La ejecución de actuaciones complementarias de refuerzo, tales como pruebas de hacking ético, acciones de concienciación y sensibilización o la implantación de políticas de seguridad basadas en estándares reconocidos como ESO/IEC 27001, el Esquema Nacional de Seguridad (ENS) o la Directiva NIS2, así como servicios de acompañamiento estratégico tipo CISO as a Service, orientados a la definición, seguimiento y supervisión del plan de ciberseguridad de la empresa.
Tercero. Bases reguladoras
Resolución por la que se da publicidad del acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para mejorar la preparación digital frente a amenazas cibernéticas en las empresas gallegas, programa Empresa Cibersegura 2025, y se procede a su convocatoria para el año 2025 en régimen de concurrencia no competitiva (código de procedimiento IG408O).
Cuarto. Importe
Los créditos disponibles para concesiones en esta convocatoria se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 09.A1.741.A.7700 y por los siguientes importes y distribución plurianual: 350.000 € en el año 2025 y 1.150.000 € en el año 2026.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda comenzará a contar el sexto día hábil posterior al de la publicación de la Resolución de homologación de entidades proveedoras en el Diario Oficial de Galicia a las 9.00 horas y finalizará el 15 de noviembre de 2025 a las 14.00 horas, excepto que antes de esa fecha se produzca el agotamiento del crédito.
Santiago de Compostela, 30 de julio de 2025
Patricia Villajos Grande
Gerente del Instituto Gallego de Promoción Económica
