El Pleno del Ayuntamiento de A Guarda, en sesión extraordinaria de 28 de abril de 2025, adoptó el siguiente acuerdo:
Aprobado inicialmente el Plan especial de infraestructuras y dotaciones deportivas en A Sangriña mediante la Resolución de la Alcaldía, de 19 de mayo de 2022, mediante la Resolución de la Alcaldía 2024/441, de 25 de marzo, se adoptó el siguiente acuerdo:
«Primero. Aprobar provisionalmente el Plan especial de infraestructuras y dotaciones deportivas en A Sangriña (documento PEID SANG septiembre 2023).
Segundo. Someter el Plan especial de infraestructuras y dotaciones deportivas en A Sangriña, con el expediente completo debidamente diligenciado, al órgano autonómico competente en materia de urbanismo para su informe preceptivo, que deberá ser emitido en el plazo de dos meses, a contar desde la entrada del expediente completo en el registro de la consellería. Transcurrido este plazo sin que se comunique el informe solicitado, podrá continuarse la tramitación del plan».
Fue sometido a informe previo, preceptivo y vinculante, de la Dirección General de Urbanismo de la Xunta de Galicia, que emitió el informe en sentido favorable condicionado al cumplimiento de las condiciones que se hacían constar en el mismo.
Fue emitido informe por el arquitecto municipal en sentido favorable a la aprobación definitiva, el 27 de enero de 2025, por la Asesoría Jurídica, el 11 de marzo de 2025, y por la secretaria municipal, el 13 de marzo de 2025.
Examinada la documentación que la acompaña y de conformidad con el artículo 75.1 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, así como con el artículo 186.1 del Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, aprobado por el Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, y con el artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases del régimen local, propongo la adopción del siguiente acuerdo:
«Primero. Aprobar definitivamente el Plan especial de infraestructuras y dotaciones deportivas en A Sangriña (documento PEID SANG septiembre 2023).
Segundo. Publicar el acuerdo de aprobación definitiva del Plan especial de infraestructuras y dotaciones deportivas en A Sangriña, en el plazo de un mes desde su adopción, en el Diario Oficial de Galicia. Junto con la publicación de este acuerdo se publicará la indicación de las medidas adoptadas para el seguimiento de los efectos en el medio ambiente de la aplicación del plan y la referencia a la dirección electrónica en la que figurará el contenido íntegro del plan a disposición del público. Asimismo, estará a disposición en la sede electrónica de este ayuntamiento (http://aguarda.sedelectronica.gal).
Tercero. Proceder a la inscripción del instrumento en el Registro de Plan Urbanístico de Galicia, y simultáneamente notificar individualmente la aprobación definitiva del Plan especial a todas las personas titulares catastrales de los terrenos afectados».
A Guarda, 15 de julio de 2025
Roberto José Álvarez Carrero
Alcalde
