Expediente: IN407A 2024/312-1.
Promotora: Unión Distribuidores Electricidad, S.A. (UDESA).
Denominación del proyecto: Retranqueo LMT Casa Grande de Xanceda.
Ayuntamiento: Mesía.
Hechos:
1. El día 14.10.2024, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada. Con el objeto de realizar las obras necesarias para retirar un tramo de línea de media tensión aérea, para liberar la parcela sobre la que discurre actualmente (obra financiada por terceros).
Conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, entregan el proyecto que incluye memoria, planos y presupuesto, y que comprende los siguientes documentos:
– Proyecto de ejecución denominado Retranqueo LMT Casa Grande de Xanceda, firmado el día 7.10.2024 por Antonio Javier Sabín Vázquez, ingeniero técnico industrial eléctrico, nº de colegiado 2.233.
– Contestación al requerimiento de enmienda de la solicitud del Servicio de Energía de A Coruña para el proyecto, firmado el día 8.4.2025 por Antonio Javier Sabín Vázquez, ingeniero técnico industrial eléctrico, nº de colegiado 2.233.
2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).
3. Conforme el artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo a las distintas entidades afectadas: Medio Rural (no contestó), Medio Ambiente y Cambio Climático (informe favorable y condicionados aceptados por el promotor), Agencia Gallega de Infraestructuras (informe favorable y condicionado aceptados por el promotor), Ayuntamiento de Mesía (informe favorable y condicionado aceptados por el promotor) y Patrimonio Cultural (informe favorable y condicionados aceptados por el promotor).
También la Sección de Minas emitió informe favorable por la afección a derechos mineros.
4. El día 16.7.2025 se emitió el informe técnico.
Consideraciones legales y técnicas:
Primera. El director territorial es competente para resolver este expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG núm. 101, de 27 de mayo).
Segunda. Legislación de aplicación:
– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.
– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.
– Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.
– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).
Tercera. Características técnicas:
Las instalaciones objeto de este expediente están situadas en A Casa Grande, en el ayuntamiento de Mesía, y sus características técnicas son las siguientes:
Retranqueo de un tramo de la LMT de 15 kV derivación CT Arousa (IN407A 1999/184):
– Desmantelamiento de 277 m de la LMTA de 15 kV derivación CT Arousa, conductor LA 30. Instalación de un nuevo apoyo nº 11-1 proyectado de tipo HVH 13/2500 que sustituye al existente. Instalación de un nuevo apoyo nº 11-3 proyectado de tipo HVH 13/2500 que sustituye al existente.
– LMTS de 425 m de longitud, conductor RHZ1-2OL-12/20 kV 3(1x240) de 20/15 kV, con origen en celda de línea existente en el CS Casa Grande y final en PAS a realizar en el apoyo 11-3 en el nuevo apoyo proyectado.
Cuarta. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.
De acuerdo con todo lo expuesto,
RESUELVO:
1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la instalación de distribución eléctrica indicada.
2. La instalación se ejecutará en el plazo de dos años, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. En todo caso, deberán respetarse los plazos establecidos en el artículo 13.9 del Reglamento (UE) 2024/573 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de febrero de 2024, sobre los gases fluorados de efecto invernadero, por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937, y se deroga el Reglamento (UE) nº 517/2014 (DOUE nº 573, de 20 de febrero de 2024), sobre prohibiciones para la puesta en funcionamiento de aparamenta eléctrica que emplee gases fluorados de efecto invernadero, o cuyo funcionamiento dependa de ellos, en un medio aislante o de rotura.
3. Para la puesta en explotación de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:
– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.
– Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.
– Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.
4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo la ordenación del territorio y al medio ambiente.
El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta resolución o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, previa de audiencia al interesado, según lo establecido en el artículo 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.
Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.
A Coruña, 23 de julio de 2025
Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña
