
El 11.4.2025 se publicó en el Diario Oficial de Galicia (DOG núm. 71, de 11 de abril) la Resolución de 28 de marzo de 2025 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la ejecución de actuaciones para minimizar las pérdidas de agua en ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria para el año 2025 con carácter plurianual (código de procedimiento AU301E), en adelante, resolución de convocatoria.
El artículo 5 de la resolución de convocatoria establece que las subvenciones reguladas al amparo de esta resolución se financiarán con cargo a la cuenta financiera 6566 (subvenciones de capital a corporaciones locales) de la entidad pública empresarial Augas de Galicia, por un importe de un millón de euros (1.000.000,00 €) con cargo a la anualidad 2025, y un millón quinientos mil euros (1.500.000,00 €) con cargo a la anualidad 2026, con fondos procedentes del MRR, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la UE-NextGenerationEU.
El artículo 6 de la resolución de convocatoria prevé la posibilidad de ampliar el crédito en las circunstancias previstas en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. La ampliación de crédito queda condicionada a la declaración de disponibilidad de crédito y, en su caso, a la aprobación de la modificación presupuestaria que proceda.
Actualmente en la aplicación presupuestaria correspondiente existe crédito disponible por lo que se considera oportuno ampliar la dotación presupuestaria consignada inicialmente e incrementar el importe total de la convocatoria de subvenciones.
De acuerdo con lo anterior, una vez declarada la disponibilidad de crédito, vista la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 30.2 del Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero,
RESUELVO:
Artículo único. Ampliación del crédito presupuestario
Ampliar en un millón ochocientos cincuenta mil euros (1.850.000 €) el importe del crédito inicialmente previsto en la Resolución de 28 de marzo de 2025 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la ejecución de actuaciones para minimizar las pérdidas de agua en ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria para el año 2025 con carácter plurianual (código de procedimiento AU301E) de acuerdo con la siguiente distribución de la financiación por anualidades:
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Anualidades |
Crédito inicial |
Ampliación de crédito |
Total |
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2025 |
1.000.000 € |
350.000 € |
1.350.000 € |
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2026 |
1.500.000 € |
1.500.000 € |
3.000.000 € |
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Total |
2.500.000 € |
1.850.000 € |
4.350.000 € |
En la siguiente tabla se detalla el crédito definitivo:
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Crédito |
Cuenta financiera |
Importe |
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Inicial |
6566 (subvenciones de capital a corporaciones locales) |
2.500.000 € |
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Ampliación |
6566 (subvenciones de capital a corporaciones locales) |
1.850.000 € |
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Total |
4.350.000 € |
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Esta resolución producirá efectos conforme a lo previsto en el artículo 39.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 27 de agosto de 2025
La presidenta de Augas de Galicia
P.D. (Disposición adicional segunda de la Resolución de 28.3.2025;
DOG núm. 71, de 11 de abril)
Roi Fernández Añón
Director de Augas de Galicia
