En sesión celebrada el 1 de septiembre de 2025, la comisión designada para juzgar el proceso para la adquisición de la condición de personal funcionario de carrera del cuerpo de auxiliar de la Administración general y del cuerpo auxiliar de carácter técnico de Administración especial, subgrupo C2, del personal laboral fijo de diversas categorías y puestos pertenecientes al grupo IV y V del V Convenio colectivo del personal laboral de la Xunta de Galicia, mediante su cambio de vínculo jurídico, convocado por Resolución de 15 de diciembre de 2023 (Diario Oficial de Galicia núm. 243, de 26 de diciembre),
ACORDÓ:
Primero. Elevar a definitivas las calificaciones obtenidas por las personas aspirantes en la prueba tipo test, hechas públicas por Resolución de 11 de junio de 2025 (Diario Oficial de Galicia núm. 116, de 19 de junio).
Segundo. Hacer pública, de conformidad con lo dispuesto en la base II.2, la baremación provisional del concurso de méritos en el portal web de la Xunta de Galicia funcionpublica.xunta.gal, al que se podrá acceder a través de la siguiente dirección:
https://www.xunta.gal/funcion-publica/funcionarizacion/convocatorias
Conforme a lo recogido en la base II.2.2, el concurso de méritos será calificado como apto o no apto, y para superarlo será necesario alcanzar una puntuación mínima de 6 puntos entre todos los apartados del baremo puntuables.
Contra la baremación provisional se podrá presentar reclamación, ante la propia comisión de funcionarización, en el plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Tercero. De conformidad con lo dispuesto en la base III.9 de convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Hacienda y Administración Pública, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 1 de septiembre de 2025
Rubén Plaza Martínez
Presidente de la Comisión
