El Real decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras, establece en su artículo 40 que, cuando una instalación de residuos mineros sea clasificada como A, la autoridad competente elaborará un Plan de emergencia exterior especificando las medidas que deban tomarse fuera del área de explotación y sus instalaciones y servicios anexos en caso de accidente.
El Decreto 136/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, señala en el artículo 39 que corresponde a la Dirección General de Emergencias e Interior la planificación y la coordinación de las políticas de protección civil y emergencias, en el marco de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia.
La Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia, establece en el artículo 31 que los planes especiales establecen las medidas necesarias para afrontar emergencias que por su naturaleza requieran unos métodos científicos o técnicos adecuados para su evaluación y tratamiento, y en el artículo 33, relativo al procedimiento de aprobación y publicación, indica que corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, con el informe previo de la Comisión Gallega de Protección Civil, la aprobación de los planes especiales. Todos los planes de emergencias deben ser objeto de publicación en los diarios oficiales pertinentes. Asimismo, el artículo 13.b) señala que la persona titular de la consellería competente en materia de protección civil y gestión de emergencias será la encargada de proponer al Consello de la Xunta de Galicia, para su aprobación, los planes especiales.
Mediante Decreto 87/2012, de 23 de febrero (DOG núm. 50, de 12 de marzo), se aprobó el Plan de emergencia exterior del depósito de lodos rojos de Alcoa en Xove.
Atendiendo a la documentación remitida por la industria Alúmina Española, S.A. a través del Departamento Territorial de Lugo de la Consellería de Economía e Industria, la Dirección General de Emergencias e Interior revisó el Plan de emergencia exterior del depósito de barros rojos de Alcoa en Xove.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 6 del Real decreto 975/2009, de 12 de junio, la revisión del plan se sometió a trámite de información pública, mediante Resolución de 3 de abril de 2025, publicada en el DOG núm. 74, de 16 de abril.
En fecha 17 de junio de 2025, la Comisión Técnica Permanente de la Comisión Gallega de Protección Civil acordó la presentación del Plan de emergencia exterior del depósito de lodos rojos en Xove al Pleno de la Comisión Gallega de Protección Civil, y esta, en el Pleno del día 2 de julio de 2025, informó favorablemente dicho plan.
En su virtud, a propuesta del conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día uno de septiembre de dos mil veinticinco,
DISPONGO:
Artículo 1
1. Aprobar la revisión del Plan de emergencia exterior del depósito de lodos rojos de Alcoa en Xove, que pasa a denominarse Plan de emergencia exterior del depósito de barros rojos de Alcoa en Xove.
2. Este plan de emergencia exterior se encontrará a disposición del público en la sede de la Dirección General de Emergencias e Interior de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes (calle Roma 25-27, Santiago de Compostela), en su página web, así como en los correspondientes servicios provinciales de emergencias.
Artículo 2
Dejar sin efecto el Plan de emergencia exterior del depósito de lodos rojos de Alcoa en Xove, aprobado por Decreto 87/2012, de 23 de febrero (DOG núm. 50, de 12 de marzo).
Disposición final. Entrada en vigor
Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, uno de septiembre de dos mil veinticinco
Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente
Diego Calvo Pouso
Conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes
