El 10 de enero de 2025 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 17 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas dirigidas al sector de la acuicultura para inversiones productivas y creación de empresas, inversiones para la neutralidad climática y servicios de asesoramiento, cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA), y se procede a su convocatoria para el año 2025, tramitado como expediente anticipado de gasto (código de procedimiento PE205F).
Dicha orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas destinadas a las siguientes acciones:
1. Modalidad A: ayudas destinadas a la realización de las actuaciones que tienen por objeto fomentar la competitividad y la sostenibilidad del sector de la acuicultura e impulsar el espíritu empresarial.
2. Modalidad B: ayudas destinadas a contribuir a la neutralidad climática mediante la reducción de la huella de carbono, el incremento de la eficiencia energética y la reconversión a fuentes de energía renovables.
3. Modalidad C: ayudas destinadas a mejorar el rendimiento, la competitividad y la sostenibilidad de las explotaciones acuícolas a través de los servicios de asesoramiento de carácter técnico, científico, tecnológico, jurídico o económico a las explotaciones.
La Orden de 17 de diciembre de 2024 establece en su artículo 3.2 que se podrá ampliar el importe fijado en la convocatoria en caso de que exista crédito disponible derivado de una generación, ampliación o incorporación de crédito, de remanentes de otras convocatorias o en cualquiera de los casos y con las condiciones establecidas en el apartado 2 del artículo 30 del Reglamento de la Ley de subvenciones de Galicia (Decreto 11/2009, de 8 de enero), sin que ello dé lugar a la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, salvo indicación expresa en contrario en la orden que se publique al efecto, respetando lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el 30 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de subvenciones de Galicia.
Asimismo, en el artículo 3.4 establece que la distribución de fondos establecida para cada anualidad en cada una de las aplicaciones presupuestarias podrá ajustarse, tras el análisis de las solicitudes presentadas, sin incrementar el crédito total.
Teniendo en cuenta que este año, por el número y cuantía de las ayudas correspondientes a la modalidad A, el crédito presupuestario no es suficiente para atender las solicitudes que cumplen con los requisitos, procede redistribuir el crédito presupuestario para la concesión de ayudas destinadas a la realización de las actuaciones que tienen por objeto fomentar la competitividad y la sostenibilidad del sector de la acuicultura e impulsar el espíritu empresarial.
Por todo lo anterior, y en el uso de las facultades que me fueron conferidas,
DISPONGO:
Artículo único
Primero. Se modifica el crédito destinado a las ayudas convocadas en la Orden de 17 de diciembre de 2024, redistribuyendo lo previsto en dicha orden entre las diferentes modalidades de ayuda:
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Aplicación de origen |
Proyecto de origen |
Aplicación de destino |
Proyecto de destino |
Importe 2026 |
Importe 2027 |
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16.02.723A.771.0 |
2024 00151 |
16.02.723A.770.4 |
2023 00190 |
1.241.226,57 € |
1.250.000,00 € |
Segundo. Las ayudas correspondientes a la Orden de 17 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas dirigidas al sector de la acuicultura para inversiones productivas y creación de empresas, inversiones para la neutralidad climática y servicios de asesoramiento, cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA), y se procede a su convocatoria para el año 2025, tramitado como expediente anticipado de gasto (código de procedimiento PE205F), se concederán con cargo a las aplicaciones presupuestarias que figuran en el cuadro que se inserta dotadas en la Ley 4/2024, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2025. Los importes máximos que se concedan en dicho ejercicio presupuestario ascenderán a las siguientes cuantías:
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Crédito |
Modalidad de ayuda |
Aplicación presupuestaria |
Proyecto |
Año 2026 |
Año 2027 |
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Inicial |
A |
16.02.723A.770.4 |
2023 00190 |
25.000.000,00 € |
20.000.000,00 € |
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Modificado |
A |
16.02.723A.770.4 |
2023 00190 |
26.241.226,57 € |
21.250.000,00 € |
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Inicial |
B |
16.02.723A.771.0 |
2024 00151 |
1.250.000,00 € |
1.250.000,00 € |
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Modificado |
B |
16.02.723A.771.0 |
2024 00151 |
8.773,43 € |
0,00 € |
Tercero. La publicación de esta orden no supone la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.
Disposición final
Esta orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 11 de septiembre de 2025
Marta Villaverde Acuña
Conselleira del Mar
