Expediente: IN407A 2022/377-1.
Promotor: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Instalación: LMTS, CT y RBT Osedo.
Ayuntamiento: Sada.
Hechos:
1. El día 9.11.2022, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica mencionada.
2. El 13.7.2023 la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía, Industria e Innovación dictó resolución por la que se concedió autorización administrativa previa y de construcción y declaración de utilidad pública del proyecto LMTS, CT y RBTS Osedo.
3. El 3.6.2024 la empresa promotora presenta solicitud de modificación de la declaración de utilidad pública al detectarse un error en la superficie necesaria de acceso a la nueva instalación eléctrica cuya construcción fue autorizada. La empresa promotora aportó, con la documentación de la solicitud de modificación de la declaración de la utilidad pública, una nueva relación de bienes y derechos afectados.
4. El 8.5.2025 el Departamento Territorial de A Coruña acuerda someter a información pública la modificación de la declaración de utilidad pública de la instalación autorizada el 13.7.2023, que fue publicado en los siguientes medios:
– Portal de la Transparencia y Gobierno abierta de la Consellería de Economía e Innovación de 20.6.2025 hasta el 5.8.2025.
– DOG de 19.6.2025.
– BOP de 14.5.2025.
– Periódico La Voz de Galicia de 26.5.2025.
– Tablón de anuncios del ayuntamiento, según certificado municipal de 22.8.2025.
5. Durante el período en que el proyecto se sometió al trámite de información pública no se presentó ninguna alegación, reclamación ni sugerencia relacionada con la documentación objeto de publicación.
6. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, el 8.5.2025 se solicitó el informe preceptivo al Ayuntamiento de Sada sin que se recibiera respuesta de este organismo.
Consideraciones legales y técnicas:
1. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia; el Decreto 59/2023, de 14 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia; el Decreto 79/2023, de 22 de junio, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia; y en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación, modificado por el Decreto 49/2023, de 19 de mayo (DOG núm. 98, de 25 de maio).
2. Legislación de aplicación:
– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).
– Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).
Conforme con todo lo señalado,
RESUELVO:
Modificar la declaración de utilidad pública de dicha instalación de distribución eléctrica según los datos que constan en el anexo a esta resolución.
La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.
Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de dicha Ley 39/2015, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren apropiado.
Mediante este documento se les notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015.
A Coruña, 26 de agosto de 2025
El director territorial de A Coruña
P.A. (Artículo 40 del Decreto 140/2024, de 20 de mayo)
Lourdes Fernández Parajes
Jefa del Servicio de Industria de A Coruña
ANEXO
Relación de propietarias/os, bienes y derechos afectados
Expediente: IN407A 2022/377-1.
Promotor: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Instalación: LMTS, CT y RBT Osedo.
Ayuntamiento: Sada.
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Predio proyecto |
Persona propietaria/titular |
Referencia catastral |
Paraje |
Afección de suelo pleno dominio |
Afección de suelo por servidumbre de paso de energía eléctrica |
Naturaleza del terreno |
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Apoyo núm. |
Superficie (m2) |
Longitud (m) |
Superficie (m2) |
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1 |
José Manuel Riveiro Pérez |
8291806NH5989N0001SY |
Lg. Osedo |
CT. |
24.93 |
Urbano. Suelo sin edificar |
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