El director de la Agencia Gallega de Infraestructuras, por delegación de la conselleira de Vivienda y Planificación de Infraestructuras (Orden de 7 de septiembre de 2017; Diario Oficial de Galicia de 20 de septiembre), vista la documentación recibida durante el trámite de información pública, dictó el 9 de septiembre de 2025 la siguiente resolución:
«Resolución por la que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de trazado de los trabajos de minoración de la generación de efluentes ácidos en el entorno del desmonte de Os Airíos y el viaducto del Eume, de clave AC/22/108.09.
Antecedentes de hecho:
Primero. El objeto de la actuación es la justificación y definición de las obras a realizar para minorar la generación de efluentes ácidos en el entorno del desmonte de Os Airíos y del viaducto del Eume, a la altura del punto quilométrico (p.k.) 35+500 de la AG-64, a su paso por el término municipal de As Pontes de García Rodríguez. Estas aguas acidificadas desembocan en el río Eume, por lo que la finalidad de la actuación es reducir estas en su origen, e implantar un tratamiento pasivo para minimizar la gestión a largo plazo de estos caudales ácidos y evitar problemas medioambientales.
Segundo. En el Diario Oficial de Galicia (DOG) núm. 127, de 4 de julio de 2025, se publicó el Anuncio de 17 de junio de 2025 por el que se somete al trámite de información pública el proyecto de trazado de los trabajos de minoración de la generación de efluentes ácidos en el entorno del desmonte de Os Airíos y el viaducto del Eume, de clave AC/22/108.09, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto.
Tercero. Durante el período de información pública y petición de informes a las administraciones afectadas, no se recibieron ni alegaciones de particulares ni informes de las administraciones consultadas. La dirección del proyecto, con el visto bueno del Área de Diseño de Infraestructuras, emite, el 9 de septiembre de 2025, el informe de respuesta a las alegaciones y la propuesta de resolución para la aprobación definitiva del expediente de información pública y del proyecto de trazado.
Fundamentos de derecho:
Primero. La conselleira de Vivienda y Planificación de Infraestructuras es competente para resolver los expedientes de información pública en materia de carreteras e informes de las administraciones afectadas, de acuerdo con el Decreto 118/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la consellería. Esta competencia se encuentra delegada en la persona titular de la dirección de la Agencia Gallega de Infraestructuras, según el artículo 8.1.b) de la Orden de 7 de septiembre de 2017 sobre delegación de competencias en el secretario general técnico y en otros órganos y entidades públicas adscritos a esta consellería (DOG núm. 179, de 20 de septiembre).
Segundo. Se sometió al trámite de información pública la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por la realización de la obra, durante un período de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio en el DOG, a los efectos previstos en el artículo 56.1 del Reglamento de expropiación forzosa.
De acuerdo con todo lo expuesto, y tras el informe emitido y los certificados presentados,
RESUELVO:
Primero. Aprobar el expediente de información pública de los trabajos de minoración de la generación de efluentes ácidos en el entorno del desmonte de Os Airíos y el viaducto del Eume, de clave AC/22/108.09.
Segundo. Aprobar definitivamente el proyecto de trazado de los trabajos de minoración de la generación de efluentes ácidos en el entorno del desmonte de Os Airíos y el viaducto del Eume, de clave AC/22/108.09, sin modificaciones respecto a la relación de bienes y derechos afectados recogidos en el documento sometido a información pública.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos (2) meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG, de conformidad con lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa; sin perjuicio de que con carácter previo y potestativo se pueda formular un recurso de reposición en el plazo de un (1) mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En el caso de ser un sujeto obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración para la interposición del recurso de reposición deberá emplear el modelo IF321B de recurso en materia de infraestructuras disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia en la dirección https://sede.xunta.gal/ ante la conselleira de Vivienda y Planificación de Infraestructuras».
Lo que se hace público para general conocimiento.
Santiago de Compostela, 11 de septiembre de 2025
Carlos Lefler Gullón
Jefe del Área de Diseño de Infraestructuras
