El Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra resolvió, en su reunión de 23.7.2025 aprobar el deslinde parcial entre las comunidades de montes vecinales en mano común (CMVMC) de Roca y Rebordelo (Ponte Caldelas), en base a los siguientes hechos y consideraciones técnicas.
Antecedentes y consideraciones técnicas:
Primero. El 26.9.2022 el presidente de la CMVMC de Roca presenta una solicitud de deslinde entre la CMVMC de Roca y la CMVMC de Rebordelo, ambas en el ayuntamiento de Ponte Caldelas.
Los montes vecinales en mano común (en adelante, MVMC) afectados por este deslinde son:
– MVMC de Roca (ID: 3053) de la CMVMC de Roca.
– MVMC de Rebordelo (ID: 3051) de la CMVMC de Rebordelo.
Consta en el expediente la siguiente documentación del deslinde conforme al artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia (LMG):
– Acta del apeo del deslinde de 19.9.2022.
– Acta de conciliación número 56/2022 entre las comunidades en el Juzgado de Paz de Ponte Caldelas de 6.10.2022.
– Certificado de 21.3.2024 de la secretaria de la CMVMC de Roca, con la conformidad del presidente de la aprobación en Asamblea General de 5.2.2022.
– Certificado de 21.3.2024 de la secretaria de la CMVMC de Rebordelo con la conformidad del presidente de la aprobación en Asamblea General de 20.8.2022.
– Memoria descriptiva con el plano de deslinde y cartografía en formato digital en el datum ETRS89/UTM zona 29N EPSG: 25829. Firmado el 26.9.2022 por la ingeniera de montes colegiada núm. 2275.
– Informes de validación gráfica catastral con CSV: BN3951HNBV8CJPEN.
Segundo. La línea de deslinde propuesta tiene una longitud de 649 metros, y está compuesta por los siguientes puntos:
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Punto |
X |
Y |
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Punto 1. Lomba do Couto Vello |
540.979,91 |
4.690.352,90 |
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Punto 2. Torreta LAT |
540.889,78 |
4.690.682,94 |
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Punto 3. Costa |
540.909,01 |
4.690.845,22 |
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Punto 4. Encuentro de la pista |
540.895,84 |
4.690.988,22 |
El deslinde entre ambos montes vecinales forma un tramo único.
Revisada la cartografía de las resoluciones de clasificación de ambos MVMC se detecta que existe colindancia entre ambos y se considera que no afecta a terceros propietarios.
La CMVMC de Roca tiene el expediente de deslinde DC22139 con la CMVMC de Barbudo y el expediente de deslinde DC20003 con la CMVMC de Insua. El deslinde actual se complementa de manera perfecta con los antedichos deslindes.
La línea del deslinde produce modificaciones en la cartografía de los croquis de clasificación de las siguientes comunidades:
– CMVMC de Roca: tiene el expediente de revisión de croquis RE22029, que ya contempla el deslinde actual.
– CMVMC de Rebordelo: presenta un ajuste para enlazar el tramo deslindado con el resto del croquis.
El Servicio de Montes considera que la solicitud se ajusta a lo establecido en el artículo 53 de la LMG, por lo que propone la aprobación por el Jurado del deslinde según la línea presentada.
Tercero. El artículo 53 de la LMG establece que el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra, previo examen de la documentación presentada, dictará resolución, que será publicada en el Diario Oficial de Galicia y notificada a las comunidades interesadas.
A la vista de lo expuesto, este jurado
RESUELVE:
Aprobar el deslinde parcial entre las CMVMC de Roca y Rebordelo, ambas en el ayuntamiento de Ponte Caldelas, en los términos antes indicados.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra en el plazo de un mes de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la LPAC; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la LGCA.
Pontevedra, 3 de septiembre de 2025
Antonio Crespo Iglesias
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra
