DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 185 Jueves, 25 de septiembre de 2025 Pág. 51036

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 8 de septiembre de 2025, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra, por el que se publica la resolución por la que se aprueba el deslinde parcial realizado entre las comunidades de montes vecinales en mano común (CMVMC) de Gradín y Cuñas (Ponte Caldelas) (expediente DC22141).

El Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra resolvió en su reunión de 23.7.2025 aprobar el deslinde parcial entre las comunidades de montes vecinales en mano común (CMVMC) de Gradín y Cuñas (Ponte Caldelas), con base en los siguientes hechos y consideraciones técnicas.

Antecedentes y consideraciones técnicas:

Primero. El 30.9.2022 el presidente de la CMVMC de Gradín, presenta solicitud de deslinde entre la CMVMC de Gradín y la CMVMC de Cuñas, ambas en el ayuntamiento de Ponte Caldelas.

Los montes vecinales en mano común (en adelante, MVMC) afectados por este deslinde son:

– MVMC de Gradín (ID Monte: 3060) de la CMVMC de Gradín.

– MVMC de Cuñas (ID Monte: 3059) de la CMVMC de Cuñas.

Segundo. Consta en el expediente la siguiente documentación del deslinde conforme el artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia (LMG):

• Acta del apeo del deslinde de 19.2.2022.

• Acta de conciliación número 67/2022, de 14.10.2022, del Juzgado de Paz/Registro Civil de Ponte Caldelas.

• Certificado del secretario de 22.2.2024 de la CMVMC de Gradín con la conformidad del presidente de la aprobación en la Asamblea General de 13.11.2022.

• Certificado del secretario de 15.4.2024 de la CMVMC de Cuñas con la conformidad del presidente de la aprobación en la Asamblea General de 28.2.2024.

• Memoria descriptiva con el plano de deslinde y cartografía en formato digital en el datum ETRS89/UTM zona 29N EPSG: 25829. Firmado el 23.9.2022 por la ingeniera técnica forestal colegiada número 954 del COITF de Galicia.

• Informe de validación gráfica catastral con CSV: 0N9AVRN9TX2B1QBJ.

Tercero. La línea de deslinde propuesta tiene una longitud de 2.771 metros, y está compuesta por los siguientes puntos:

1 540.902,45 4.697.005,92

2 540.768,10 4.696.381,85

3 540.613,08 4.695.959,85

4 540.679,88 4.695.567,84

5 540.725,04 4.695.338,21

6 540.581,22 4.694.700,96

7 540.603,00 4.694.532,10

8 540.605,75 4.694.481,44

9 540.607,64 4.694.453,40

10 540.614,84 4.694.373,98

Revisada la cartografía de las resoluciones de clasificación de ambos MVMC se detecta que existe colindancia entre ambos y se considera que no afecta a terceros propietarios.

La línea de deslinde produce modificaciones en la cartografía de los croquis de clasificación. La CMVMC de Gradín recoge en el expediente de revisión de croquis RE22068 el deslinde con la CMVMC de Cuñas y con la CMVMC de Paradela. Se aporta un ajuste para continuar los puntos de inicio y fin del deslinde con el resto del croquis de la CMVMC de Cuñas.

El Servicio de Montes considera que la solicitud se ajusta a lo establecido en el artículo 53 de la LMG, por lo que propone la aprobación por el Jurado del deslinde según la línea presentada.

Cuarto. El artículo 53 de la LMG establece que el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común, después del examen de la documentación presentada, dictará resolución que será publicada en el Diario Oficial de Galicia y notificada a las comunidades interesadas.

A la vista de lo expuesto, este jurado

RESUELVE:

Aprobar el deslinde parcial entre las CMVMC de Gradín y Cuñas, ambas en el ayuntamiento de Ponte Caldelas, en los términos antes indicados.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra en el plazo de un mes de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la LPAC; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la LJCA.

Pontevedra, 8 de septiembre de 2025

Antonio Crespo Iglesias
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra