Examinada la solicitud de revisión de esbozo formulada por los representantes del MVMC Monte de San Mamede, perteneciente a la CMVMC de Rebordechau, en el ayuntamiento de Vilar de Barrio, resultan los siguientes
Hechos:
Primero. El 21.4.2025 la CMVMC de Rebordechau presentó una solicitud (Rexel núm. 2025/1116758) de revisión de esbozo del MVMC Monte de San Mamede, en el ayuntamiento de Vilar de Barrio.
Con la solicitud presentaron la siguiente documentación:
– Certificación del Acuerdo de la Asamblea General de 16 de marzo de 2025.
– Memoria y planos.
– Archivos geográficos en formato vectorial.
Segundo. El Servicio de Montes del Departamento Territorial de Ourense emitió un informe favorable el día 29 de abril de 2025 en relación con la citada solicitud. El perímetro objeto de revisión incluye las partes colindantes con particulares, con la reserva de un tramo que atraviesa la R.C. 32090A04100846, y con la excepción general del tramo colindante con la finca privada A Edreira.
A pesar de lo anterior, sí que incluye un pequeño tramo del perímetro colindante con A Edreira, en concreto, se trata del subtramo Portela de Millarós-Alto da Cerdeiriña.
La superficie del MVMC Monte de San Mamede sería de 1.865,40 ha frente a las 1.928 ha del acuerdo de clasificación, lo que supone una reducción del 3,2 %.
Teniendo en cuenta lo anterior, se informa favorablemente la revisión del esbozo del MVMC Monte de San Mamede, de manera que el perímetro quedaría revisado en los límites con el grueso de los propietarios particulares (con la excepción del tramo que atraviesa la R.C. 32090A04100846) y en un pequeño tramo colindante con la finca privada A Edreira comprendido entre Portela de Millarós o Alto dos Curas y Alto da Cerdeiriña.
Consideraciones legales y técnicas:
Única. La Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, en su disposición transitoria decimotercera, establece el procedimiento de revisión de esbozos de montes vecinales en mano común.
De acuerdo con la misma, los esbozos de montes vecinales integrados en un expediente que, por su antigüedad no reúnan las características de fiabilidad y precisión que exigen las nuevas técnicas topográficas podrán ser objeto de revisión ajustándose y completándose con aquellos datos y documentos que se consideren necesarios, en particular los requeridos para su inmatriculación en el Registro de la Propiedad.
De acuerdo con los hechos y fundamentos de derecho expuestos, y teniendo en cuenta el informe favorable del Servicio de Montes del día 29 de abril de 2025, el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común acordó por unanimidad el día 7 de julio de 2025:
Aprobar la propuesta de revisión de esbozo del MVMC Monte de San Mamede, perteneciente a la CMVMC de Rebordechau, en el ayuntamiento de Vilar de Barrio.
Contra esta resolución, que pone fin la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 de la citada Ley 13/1989, en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Ourense, 9 de septiembre de 2025
José Antonio Armada Pérez
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense
