DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 187 Lunes, 29 de septiembre de 2025 Pág. 51296

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

EXTRACTO de la Orden de 18 de septiembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las organizaciones profesionales agrarias y asociaciones agrarias para la realización de actividades de interés agrario, y se convocan para el año 2025 (código de procedimiento MR321A).

BDNS (Identif.): 858070.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/858070

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las ayudas que se regulan en esta orden las siguientes entidades:

1. Las organizaciones profesionales agrarias.

2. Las asociaciones agrarias.

Segundo. Objeto

El objeto de este orden es establecer las bases reguladoras para conceder ayudas, en régimen de concurrencia por el sistema de rateo, para realizar actividades de interés agrario (código de procedimiento MR321A), y convocarlas para el ejercicio presupuestario 2025.

Tercero. Bases reguladoras

Estas ayudas se otorgarán al amparo de lo dispuesto en la Orden de 18 de septiembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las organizaciones profesionales agrarias y asociaciones agrarias para la realización de actividades de interés agrario, y se convocan para el año 2025 (código de procedimiento MR321A).

Cuarto. Actividades subvencionables

Serán subvencionables los costes derivados de las siguientes actividades realizadas entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025:

a) Funciones y actuaciones que les son propias con arreglo a la normativa legal.

b) Funciones ordinarias de gestión interna.

c) Representación ante las instituciones.

d) Participación en los órganos colegiados constituidos por la Administración gallega para la defensa de los intereses de sus representados (mesas, comisiones, etc.).

e) Formación de los asociados y de sus familiares en actividades agrarias o en el sector agroalimentario.

f) Fomento del asociacionismo agrario.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, que se contará desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 18 de septiembre de 2025

María José Gómez Rodríguez
Conselleira del Medio Rural