DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 187 Lunes, 29 de septiembre de 2025 Pág. 51298

III. Otras disposiciones

Consellería del Mar

ORDEN de 24 de septiembre de 2025 por la que se acuerda la ampliación de los plazos para la presentación de solicitudes y de los períodos de embarque objeto de subvención de la Orden de 1 de agosto de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras generales y se convocan para el año 2025, en régimen de concurrencia no competitiva, ayudas para fomentar el relevo generacional en el sector pesquero, financiadas por el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA) (código de procedimiento PE610C).

El día 14 de agosto de 2025 se publicó en el DOG núm. 155 la Orden de 1 de agosto de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras generales y se convocan para el año 2025, en régimen de concurrencia no competitiva, ayudas para fomentar el relevo generacional en el sector pesquero, financiadas por el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA) (código de procedimiento PE610C).

Según lo establecido en el artículo 6.2, los períodos de embarque debían estar comprendidos entre el 1 de enero de 2025, y el 31 de agosto de 2025, y según lo establecido en el artículo 8, el plazo de presentación de solicitudes finalizaría cuando se produzca la primera de las siguientes circunstancias:

a) Que conforme a las solicitudes recibidas, se hubiese agotado el crédito presupuestario, lo que sería objeto de publicación en el Diario Oficial de Galicia y en la página web de la Consellería del Mar, con el fin de cerrar anticipadamente el plazo de presentación de solicitudes.

b) El 30 de septiembre de 2025.

El artículo 4 de la convocatoria establece que podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas físicas o jurídicas, armadoras de buques pesqueros inscritos en el Registro de Buques Pesqueros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Teniendo en cuenta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y que algunas de las personas destinatarias están en la actualidad realizando campañas de pesca fuera de España, resulta aconsejable, para promover y facilitar su participación en este procedimiento, ampliar el plazo de presentación de solicitudes y el período de embarque subvencionable establecidos en la convocatoria.

Por lo expuesto,

DISPONGO:

Artículo único. Ampliación de plazos

1. Ampliar el plazo de presentación de solicitudes establecido en el artículo 8 hasta el día 17 de octubre de 2025.

2. Ampliar los períodos de embarque objeto de subvención que deben estar comprendidos entre el 1 de enero de 2025 y el 17 de octubre de 2025.

Disposición final única

Esta orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 24 de septiembre de 2025

Marta Villaverde Acuña
Consellería del Mar